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Lo dispuesto en el artículo 15º transitorio de la Ley Nº19.937; Lo establecido en la Ley Nº19.886 y sus modificaciones posteriores, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su correspondiente Reglamento, fijado por el D.S. Nº661/2024 del Ministerio de Hacienda; el D.F.L N°1/2005 del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L N°2.763/1979 y de las Leyes N°18.933 y N°18.469; el Decreto Exento Nº09 de fecha 01 de febrero de 2024 que modificó Resolución Nº419 de 1984 del Ministerio de Salud que determina y clasifica los Establecimientos Asistenciales del Servicios de Salud Libertador General Bernardo O`Higgins en cuanto cambia la denominación del Hospital Regional Rancagua por la de Hospital Dr. Franco Ravera Zunino; Las facultades conferidas por el Decreto N°38/2005, del Ministerio de Salud que fija el Reglamento Orgánico de los establecimientos de Salud de menor complejidad y de los establecimientos de autogestión en red; y sus modificaciones posteriores; La Ley N°21.796 de fecha 12 de diciembre de 2025 de Presupuesto del Sector Público para el año 2026; Resolución Exenta N°2.533 de fecha 19 de junio de 2025, del Servicio de Salud O´Higgins, donde se encomienda en el cargo de directora (s) del Hospital Dr. Franco Ravera Zunino; Resolución Exenta N°5016 de fecha 12 de septiembre de 2025, del Hospital Dr. Franco Ravera Zunino que designa línea de subrogancia; Lo dispuesto en el texto de la Resolución N°36 de fecha 23 de diciembre de 2024 que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos al trámite de toma de razón y controles de reemplazo cuando corresponda, Modificada y Complementada mediante la Resolución N°8, de fecha 24 de marzo de 2025, ambas de la Contraloría General de la República
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1.- Estos antecedentes; Que el Hospital Dr. Franco Ravera Zunino convocó a licitación pública de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, para la adquisición denominada “Suministro de Insumos de Aseo y Productos Desechables para el Hospital Dr. Franco Ravera Zunino”, con vigencia 12 meses, previa constatación de la no existencia de Convenio Marco para este tipo de adquisición.
2.- Que las Bases Administrativas y Técnicas del proceso licitatorio por “Suministro de Insumos de Aseo y Productos Desechables para el Hospital Dr. Franco Ravera Zunino” fueron aprobadas mediante Resolución Exenta N° 1514 con fecha 27 de marzo de 2026, Complementada y Rectificada por Resolución N° 1944 de fecha 08 de abril del 2026.
3.- Que, el citado llamado fue publicado en el Portal del Sistema de Compras y Contratación Pública con fecha 09 de abril de 2026, bajo la ID Nº 2080-86-LP26.
4.- Que, mediante el Acta de Apertura de fecha 15 de mayo de 2026, se deja constancia de las ofertas recibidas por los siguientes proponentes:
Inversiones AGR Sociedad por acciones (AGR SPA)
Comercial Jorge Cardenas Barrientos E.I.R.L. (CARE AND PROTECTION)
Importador, Exportador, Comercializadora de Productos y Servicios Pablo (COMERCIAL SAN FERNANDO)
Comercial Carlos Sedille E.I.R.L. (COMERCIAL SEDILLE)
Comercializadora D&B Sociedad por acciones
Sur Sociedad por acciones (COMFAST)
Comercializadora Pulso Sociedad por acciones (ENVASES PULSO) OFERTA 1
Comercializadora Pulso Sociedad por acciones (ENVASES PULSO) OFERTA 2
Comercial Itahua Sociedad por acciones (ITAHUA)
Maná Productos y Servicios Sociedad por acciones (MAPROSER SPA)
Insumos Desechables Marcelo Seguel Albornoz E.I.R.L. (MERIDA E.I.R.L.)
Plásticos Muñofer y Compañía Limitada (PLASTICOS ECOLOGICOS MUÑOFER)
Spartan de Chile Productos Químicos Limitada (SPARTAN DE CHILE LTDA. CASA MATRIZ)
Sur Sociedad por acciones (SUR SPA)
Transporte y Comercial Tressa Limitada (TRESSA LTDA.)
Boutique Soledad del Carmen Casanova Parra (VIVA BIO)
5.- Que, conforme lo señalado en el punto 8.2 de las Bases Administrativas del presente proceso licitatorio se estableció a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas de la Dirección de Compras y Contratación Pública periodo de consultas y respuestas, las que fueron formalizadas a través de la Resolución Exenta N°2393 del 04 de mayo de 2026, de este establecimiento.
6.- Que, en Pauta de Evaluación de fecha 15 de mayo de 2026, la Comisión evaluadora, luego de haber estudiado, analizado y evaluado todos los antecedentes técnicos y administrativos de los oferentes, realizó la aplicación de los criterios y ponderaciones respectivas conforme al siguiente detalle:
7.- Que, conforme a lo indicado en Propuesta de Adjudicación se sugiere a esta Dirección adjudicar los siguientes ítems al proveedor que a continuación se indica:
8.- Que, en atención a evaluación citada, se sugiere a esta Dirección, declarar desierta:
Desierta por Oferta Inadmisible, La Línea N° 11.
9.- Que, en atención a evaluación citada, se sugiere a esta Dirección, declarar inadmisible la siguiente oferta:
Sur Sociedad por acciones (COMFAST). Las Líneas N° 1-2-3-4-5-11-12-13-14-15-16-17 y 18, por no cumplir con los criterios obligatorios solicitados.
Jorge Cardenas Barrientos E.I.R.L. (CARE AND PROTECTION). Las Líneas N° 7-8 y 9, por no presentar Formularios N° 1 y N° 2 y Anexo N° 1.
Comercializadora D&B Sociedad por acciones. Las Líneas N° 11 y 12 por no cumplir con las características técnicas solicitadas.
Comercializadora Pulso Sociedad por acciones (ENVASES PULSO) OFERTA 1. Las Líneas N° 11-12-13 y 17. por no cumplir con las características técnicas solicitadas.
Pulso Sociedad por acciones (ENVASES PULSO) OFERTA 2. Las Líneas N° 11-12 y 13. por no cumplir con las características técnicas solicitadas.
Importador, Exportador, Comercializadora de Productos y Servicios Pablo (COMERCIAL SAN FERNANDO). Las Lineas N° 11-12-13-16 y 18, por no cumplir con los criterios obligatorios solicitados.
10.- La existencia de disponibilidad presupuestaria según da cuenta el Certificado N° 985 de fecha 18 de mayo de 2026 emitido por la Unidad de Control Presupuestario y Extrasistema.
11.- La conveniencia de aceptar lo sugerido como resultado de la evaluación efectuada, dicto la siguiente:
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