|
Resolución de Acta de Adjudicación
|
Adquisición Nº
1609-43-LQ24
Adjudicación Informada en portal el
31/1/2025 17:18
|
|
|
En
Punta Arenas,
29-01-2025
|
|
Nro de
Resolución
50
|
|
|
|
|
Vistos
|
|
1. Los artículos 6, 7 y 110 y siguientes de la Constitución Política de la República de Chile;
2. El D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
3. El Decreto Ley N° 1.263 de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado;
4. El D.F.L. Nº 1/19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno Administración Regional;
5. La Ley Nº 19.886, que establece las Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios del Estado;
6. El D.S. 250, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento a la Ley Nº 19.886 de Bases sobre contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios;
7. La Resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
8. La Resolución Nº 14 del 29.12.2022, de la Contraloría General de la República, que determina los montos en unidades tributarias mensuales a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda;
9. La sentencia del Tribunal Calificador de Elecciones de fecha 31.05.2021 que proclamó a don Jorge Flies Añón como Gobernador Regional de la Región de Magallanes y Antártica Chilena;
10. El Oficio Ord. (DPIR) N° 967 del 4.8.2022 que ingresa la iniciativa denominada “Reposición y Ampliación Pasarelas Sector Alto, Puerto Edén, Natales”, código BIP 40036441, etapa de ejecución, al Ministerio de Desarrollo Social y Familia ingresando la iniciativa al Sistema Nacional de Inversiones;
11. El resultado del análisis técnico económico del Ministerio de Desarrollo Social y Familia de fecha 7.9.2022, cuya Recomendación Satisfactoria consta en la ficha IDI código 40036441-0;
12. El Of. Ord. N°154 AC/2022 de fecha 13.09.2022, del Sr. Gobernador Regional y Presidente del Consejo Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena que informa aprobación de la moción N°144, relacionada con el financiamiento del proyecto denominado “Reposición y Ampliación Pasarelas Sector Alto, Puerto Edén, Natales”, etapa de ejecución, código BIP N°40036441-0;
13. La Resolución Ex. (DPIR) N° 569 del 2.11.2022 que asigna y establece funciones de la DPIR y de la DIT, para la iniciativa identificada;
14. La Ley Nº 21.640, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2024;
15. Los procesos de Licitación Pública ID 1609 – 16 – LQ23; 1609 – 17 – LQ23 y 1609 – 20 – LQ23 mediante los cuales se adquirieron las maderas nativas y materiales y elementos para la construcción de las pasarelas peatonales;
16. La Resolución Ex. (G.R.) N° 28 del 25.1.2024 que Aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos de la Licitación “Reposición y Ampliación Pasarelas Sector Alto, Puerto Edén, Natales” – Contratación Mano de Obra, código BIP 40036441.
17. El proceso de Licitación Pública ID 1609 – 2 – LQ24;
18. El Informe de Evaluación 1609 – 2 – LQ24;
19. La Resolución Ex. (G.R.) N° 75 del 27.2.2024 que declaró desierta la Licitación Pública 1609 – 2 – LQ24;
20. La Resolución Ex. (G.R.) N° 565 del 9.12.2024 que Aprueba Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos de la Licitación “Reposición y Ampliación Pasarelas Sector Alto, Puerto Edén, Natales” – Contratación Mano de Obra - Segundo Llamado, código BIP 40036441;
21. El proceso de Licitación Pública 1609-43-LQ24;
22. La Resolución Ex. (G.R.) N° 13 del 10.1.2024 que modificó calendario de la licitación 1609-43-LQ24;
23. La Resolución Ex. (G.R.) N° 38 del 24.1.2024 que aprobó 2da modificación al calendario de la licitación 1609-43-LQ24;
24. El Informe de Evaluación 1609-43-LQ24 de la Comisión Evaluadora de las ofertas;
25. Los antecedentes tenidos a la vista y;
|
|
Considerando
|
|
1. Que, efectuada la Licitación Pública ID 1609-43-LQ24, se recibieron a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, las ofertas Técnicas y Económicas de nueve proponentes;
2. Que, analizadas las Ofertas por la Comisión de Evaluación creada para tales efectos, se cumplen las condiciones técnicas y económicas que permiten adjudicar la Licitación Pública, al tener propuestas con calificación técnica suficiente y ofertas económicas dentro del presupuesto;
3. Que, la Comisión de Evaluación mediante el Informe de Evaluación 1609-43-LQ24, evaluó y
propuso la adjudicación de la licitación
|
|
Resuelvo
|
|
1. APRUÉBASE, la serie de preguntas y respuestas de fecha 21.12.2024, que pasarán a formar parte del pliego de condiciones que regirán los respectivos contratos;
2. APRUÉBASE, el Informe de Evaluación 1609-43-LQ24 preparado por la Comisión Evaluadora de las ofertas;
3. RECHÁZASE, las ofertas del proponente Sr. Carlos Negue Vera, RUT 13.971.306-0 a los ítems 1 y 3 por incumplimiento del Art. 27 de Causales de Inadmisibilidad, letra d) de las Bases Administrativas de Licitación, que expresamente señala "En ningún caso se podrá rectificar la Oferta Económica entregada", dicha situación constituye una causal que no puede ser subsanada;
4. RECHÁZASE, la oferta del proponente Sra. Damary Espinoza Muñoz, RUT 16.160.975-7 al ítem 3 por incumplimiento del Art. 27 de Causales de Inadmisibilidad, letra d) de las Bases Administrativas de Licitación, que expresamente señala "En ningún caso se podrá rectificar la Oferta Económica entregada", dicha situación constituye una causal que no puede ser subsanada;
5. RECHÁZASE, la oferta del proponente Sra. Damary Espinoza Muñoz, RUT 16.160.975-7 al ítem 3 por incumplimiento del Art. 27 de Causales de Inadmisibilidad, letra d) de las Bases Administrativas de Licitación, que expresamente señala "En ningún caso se podrá rectificar la Oferta Económica entregada", dicha situación constituye una causal que no puede ser subsanada;
6. RECHÁZASE, la oferta del proponente It’eria SpA, RUT 77.432.029-6 al ítem 4 por incumplimiento del Art. 27 de Causales de Inadmisibilidad, letra d) de las Bases Administrativas de Licitación, que expresamente señala "En ningún caso se podrá rectificar la Oferta Económica entregada", dicha situación constituye una causal que no puede ser subsanada;
7. RECHÁZASE, las ofertas del proponente Juan González Agüero E.I.R.L., RUT 76.785.355-6 a los ítems 1, 3 y 4 por incumplimiento del Art. 27 de Causales de Inadmisibilidad, letra d) de las Bases Administrativas de Licitación, que expresamente señala "En ningún caso se podrá rectificar la Oferta Económica entregada", dicha situación constituye una causal que no puede ser subsanada;
8. RECHÁZASE, las ofertas del proponente Tukayak SpA, RUT 77.609.724-1 a los ítems 1, 2, 3 y 4 por incumplimiento del Art. 27 de Causales de Inadmisibilidad, letra d) de las Bases Administrativas de Licitación, que expresamente señala "En ningún caso se podrá rectificar la Oferta Económica entregada", dicha situación constituye una causal que no puede ser subsanada;
9. ACÉPTASE, las ofertas del proponente Sra. Damary Espinoza Muñoz, RUT 16.160.975-7 a los ítems 1, 2 y 4;
10. ACÉPTASE, la oferta del proponente Sr. Gabriel Becerra Vidal, RUT 10.003.304-6 al ítem 4;
11. ACÉPTASE, las ofertas del proponente Constructora CGM SpA, RUT 76.360.178-1 a los ítems 1, 2, 3 y 4;
12. ACÉPTASE, las ofertas del proponente Fabián Arriagada Parra, RUT 15.516.902-8 a los ítems 1 y 4;
13. ACÉPTASE, la oferta del proponente Juan González Agüero E.I.R.L., RUT 76.785.355-6 al ítem 2;
14. ACÉPTASE, las ofertas del proponente Abel Becerra Vidal UTP, RUT 10.004.306-8 a los ítems 1, 2, 3 y 4;
15. ADJUDÍCASE, la Licitación Pública de nominada “Reposición y Ampliación Pasarelas Sector Alto, Puerto Edén, Natales” – Contratación Mano de Obra - Segundo Llamado, de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
OFERENTE RUT MONTO PLAZO
N° 1 RUTA AMARILLA DAMARY ESPINOZA MUÑOZ 16.160.975-7 $149.781.660 90
N° 2 RUTA VERDE JUAN GONZALEZ AGÜERO E.I.R.L. 76.785.355-6 $159.078.000 150
N° 3 RUTA NARANJA ABEL BECERRA VIDAL UTP 10.004.306-8 $144.746.903 150
N° 4 RUTA MAGENTA FABIAN ARRIAGADA PARRA 15.516.902-8 $139.569.150 150
16. CONSTITÚYASE, garantías de Fiel Cumplimiento de los Contratos por un monto no menor al 5% de los valores ofertados;
17. SUSCRÍBANSE, los respectivos Contratos de Obra con los proponentes adjudicados;
18. IMPÚTESE, el gasto que demande el cumplimento de la presente Resolución con cargo al Subtitulo 31, Ítem 02, Asignación 004: Obras Civiles, con cargo al FNDR 2025, asignado al Servicio de Gobierno Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena.
|
|
Acta Adjudicación
|
|
Organismo Demandante
|
|
|
|
Datos del Contacto para esta Licitación
|
|
Nombre Completo
|
Jorge Mauricio Flies Añon
|
|
Cargo
|
Jefe Servicio
|
|
Teléfono
|
56-61-2203700
|
|
Fax
|
--
|
|
E-Mail
|
|
|
|
Datos de la Adquisición
|
|
Número de Adquisición
|
1609-43-LQ24
|
|
Nombre de Adquisición
|
REP. Y AMP. PASARELAS P. EDÉN MANO DE OBRA
|
|
Tipo de Adquisición
|
Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
|
|
Descripción
|
Servicio de Construcción – Mano de Obra – de pasarelas peatonales de maderas nativas sobre terreno natural y desarme y retiro de pasarelas existentes.
|
|
Tipo de Convocatoria
|
ABIERTO
|
|
Moneda
|
Peso Chileno
|
|
Fecha de Publicación
|
20/12/2024 15:57
|
|
Fecha de Cierre
|
3/1/2025 17:00
|
|
Tipo de Adjudicación
|
Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
|
|
Monto Neto Adjudicado
|
$ 498.414.053
|
|
Monto Neto Estimado del Contrato
|
$ 498.414.053
|
|
Análisis de valores de mercado
|
Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Comisión Evaluadora
|
| 10.112.820-2 | Ricardo Rodrigo Foretich Oyarzun | Asesor |
| 15309398-9 | DANIELA ARISMENDI SALAZAR | profesional |
| 15.311.081-6 | CRISTÓBAL ALONSO VELÁSQUEZ MANCILLA | |
| 17.788.629-7 | Diego Sierpe Añasco | Director Regional |
|
|
|
|
Resultado de la Adjudicación
|
|
| |
|
|
Total Línea |
$ 125.814.000 |
|
|
|
|
|
|
|
Total Línea |
$ 133.679.000 |
|
|
|
|
|
|
|
Total Línea |
$ 121.636.053 |
|
|
|
|
|
|
|
Total Línea |
$ 117.285.000 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|