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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1962-5-LE26
Adjudicación Informada en portal el
25/5/2026 10:00
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En
La Serena,
22-05-2026
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Nro de
Resolución
509
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Vistos
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Estos antecedentes, y teniendo presente: 1) Lo dispuesto en La Ley N° 21.796 de fecha 12/12/2025, que aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2026; 2) Lo establecido en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado a través del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en su artículo 9°; 3) Las normas de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el D.S. (H) N° 661, de 2024; 4) La facultad que me confiere el artículo 12 letras a) y b), en relación con el artículo 6 N°s 1,10, 11,14, y 18 del D.L. N° 2.859, de 1979, del Ministerio de Justicia, que fijó la Ley Orgánica que crea Gendarmería de Chile; 5) Lo establecido en la Resolución Exenta N° 2.947, de fecha 2 de Noviembre de 2001, que delega atribuciones en los Directores Regionales de la Institución; 6) Lo establecido en la Resolución Exenta N° 5.297, de fecha 23 de agosto de 2022, que modifica el artículo 1° de la Res. Ex. N° 2.947 de fecha 02/11/2001, modificada por Resolución Exenta N° 603 de fecha 25 de enero de 2023, en materias que se indican; 7) Las normas de la Resoluciones N° 8, de 2019, N° 8 y N° 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón y determinan los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda; 8) Lo dispuesto en la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos del Estado; 9) Lo dispuesto en la Ley 20.285, Sobre Transparencia de la Función Pública y del Acceso a la Información de la Administración del Estado; 10) La Resolución Exenta RA N° 142/2933/2025 de fecha 04/08/2025 de la Dirección Nacional de la Institución que designa al Director Regional Coquimbo; 11)El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 02 del 18/03/2026; 12) El Certificado N° 02 del 18/03/2026 emitido por la Jefa Administrativa del C.R.S. Ovalle, que indica que los productos no se encuentran en Catálogo Convenio Marco y/o de Economía Circular; 13) La Resolución Exenta N° 372 de fecha 14/04/2026 que dispone el llamado a licitación pública.
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Considerando
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PRIMERO: La personería del Director Regional de Gendarmería de Chile, Región de Coquimbo, consta en la Resolución Exenta RA N° 142/2933/2025 de fecha 04/08/2025, de La Dirección Nacional que designa para asumir el cargo de Director Regional.
SEGUNDO: Que, mediante la Resolución Exenta N° 372, de fecha 14 de abril del 2026, el Servicio Dispone el llamado a Licitación Pública y aprueba Bases Administrativas y Técnicas para la contratación del “Servicio de Aseo para dependencias del C.R.S. de Ovalle”, publicándose en el portal www.mercadopublico.cl con fecha 14/04/2026, con el ID N° 1962-5-LE26.
TERCERO: Que, según consta en Acta de Apertura N° 2, de fecha 29/04/2026, se presentó los siguientes proveedores:
N° Rut Proveedor Estado
1 76.639.262-8 INGENIERIA DE RECURSOS HUMANOS FABIOLA CASTILLO HONORES EIRL ACEPTADA
CUARTO: Que el artículo 9° de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, establece que: “El órgano contratante declara inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases.
Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En este caso, el órgano contratante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, sólo la oferta más conveniente, según se haya establecido en las bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.
Para estos efectos, se entenderá que dos o más oferentes, cualquiera sea su naturaleza jurídica, son del mismo grupo empresarial cuando respecto de éstos concurran alguna de las siguientes circunstancias:
a) Una sociedad y su controlador.
b) Todas las sociedades que tienen un controlador común, y este último.
Para estos efectos es controlador toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, participa en su propiedad y tiene poder para realizar alguna de las siguientes actuaciones:
1. Asegurar la mayoría de los votos en las juntas de accionistas y elegir a la mayoría de los directores tratándose de sociedades anónimas, o asegurar la mayoría de los votos en las asambleas o reuniones de sus miembros y designar al
administrador o representante legal o a la mayoría de ellos, en otro tipo de sociedades, o
2. Influir decisivamente en la administración de la sociedad. Se entiende que una persona o grupo de personas influye decisivamente en la administración de la sociedad cuando directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas controla al menos el 25 por ciento del capital con derecho a voto de una sociedad o del capital de ella.
Se entenderá para efectos de la evaluación que dos o más oferentes son empresas o personas relacionadas en los siguientes casos:
i. Entidades que pertenecen a un mismo grupo empresarial, cualquiera sea su calidad o estructura jurídica.
ii. Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad con las definiciones contenidas en la ley N° 18.046, sobre sociedades anónimas.
iii. Una sociedad y sus directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores de la sociedad, y sus cónyuges, convivientes civiles o sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, así como toda entidad controlada, directamente o a través de otras personas, por cualquiera de ellos.
iv. Una sociedad y toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación conjunta, pueda designar al menos un miembro de la administración de la sociedad o controle un 10 por ciento o más del capital o del capital con derecho a voto si se trata de una sociedad por acciones.
v. El cónyuge, conviviente civil y los parientes, ascendientes o descendientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. vi. Todas aquellas empresas que tengan la misma persona beneficiaria final, según los términos señalados en el artículo 16.
Asimismo, se declarará desierto el procedimiento de contratación, cuando no se presenten ofertas, o cuando las ofertas presentadas no fueran convenientes a los intereses de la entidad licitante. En todos los casos señalados en el presente artículo, la resolución del organismo del Estado deberá ser fundada”
QUINTO: Que, el Artículo 10° inciso tercero de la Ley N° 19.886 de bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, establece que: “los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción de los participantes y de la entidad licitantes, a las bases administrativas y técnicas que la regulen…”
SEXTO: Que, con fecha 05 de mayo del 2026, según se consigna en Acta de Evaluación N° 2, la Comisión Evaluadora, luego de analizar la oferta económica y técnica, antecedentes presentado por el oferente en el Portal Mercado Público cuya oferta fue aceptada, Acta de Apertura N° 2 de fecha 29/04/2026, cuadro comparativo de fecha 04/05/2026 y presupuesto estimado PROPONE por unanimidad ADJUDICAR, La Licitación Pública ID N°1962-5-LE26, correspondiente a la contratación de “Servicio de Aseo para dependencias del C.R.S. de Ovalle”, al proveedor INGENIERIA DE RECURSOS HUMANOS FABIOLA CASTILLO HONORES EIRL, RUT: 76.639.262-8, al cumplir con los requerimientos establecidos en las bases de licitación y ser conveniente para los intereses institucionales su contratación, por un valor mensual de $ 578.340.- (quinientos setenta y ocho mil trescientos cuarenta pesos, Impuesto incluido), Monto Total $13.880.160.- (Trece millones ochocientos ochenta mil ciento sesenta
pesos, Impuesto incluido), por 24 meses a contar de la aceptación de la orden de compra, mientras no supere las 1.000 UTM.
SEPTIMO: Que la referida sugerencia ha tenido como base al análisis de los Anexos Administrativos, Técnicos y ofertas Económicas, que de acuerdo a los criterios de evaluación contemplados en las Bases Administrativas, debieron ser ponderados por la institución, obteniendo el proveedor indicado el puntaje que le permite ser adjudicado.
OCTAVO: Que, habida consideración de lo anterior y en mérito de lo dispuesto en el artículo 58° del D.S. (H) Nº 661, de 2024, que fija el Reglamento de la Ley Nº 19.886, así como en las Bases Administrativas que regularon la presente licitación, resulta procedente adjudicar la propuesta ID N° 1962-5-LE26, al proveedor INGENIERIA DE RECURSOS HUMANOS FABIOLA CASTILLO HONORES EIRL, RUT: 76.639.262-8, de acuerdo a las condiciones y características señaladas en las Bases Administrativas y Técnicas. Los servicios que se adquieren deberán cumplir fielmente con los requerimientos contenidos en las Bases Técnicas elaboradas por el Servicio y deberán corresponder exactamente, en cuanto a dichas características.
NOVENO: Conforme a lo anterior, con fecha 05 de mayo del 2026, se verificó, se verificó a través de Chilecompra la habilidad del proveedor seleccionado, el cual tiene contrato vigente con el registro de proveedores.
DECIMO: En consecuencia con el mérito de lo expuesto y disposiciones legales y reglamentarias citadas.
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Resuelvo
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I.- ADJUDÍCASE la propuesta Pública ID N° 1962-5-LE26, destinada a la contratación “SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DEL C.R.S. DE OVALLE”, al proveedor INGENIERIA DE RECURSOS HUMANOS FABIOLA CASTILLO HONORES EIRL RUT N° 76.639.262-8, al obtener un porcentaje de 100 por ciento, de acuerdo a los criterios de evaluación y por tanto ser conveniente para los intereses institucionales su contratación. La entrega del servicio deberá cumplir fielmente con los requerimientos contenidos en las Bases Técnicas elaboradas por el Servicio y deberán corresponder exactamente, en cuanto a dichas características, por un valor mensual de $578.340.- (Quinientos setenta y ocho mil trescientos cuarenta pesos, Impuesto incluido), Total $13.880.160.- (Trece millones ochocientos ochenta mil ciento sesenta pesos, Impuesto incluido), por 24 meses a contar de la aceptación de la orden de compra, mientras no supere las 1.000 UTM.
II.- DÉJASE constancia que la evaluación de la oferta ha sido realizada de conformidad con los criterios de evaluación y ponderaciones, previamente definidos en las Bases Administrativas que regularon la propuesta y que son los siguientes:
CRITERIO PONDERACIÓN
Precio 45%
Horario 20%
Experiencia en el rubro 15%
Factores inclusivos 8%
Declaración de implementación de políticas de
sustentabilidad 5%
Pacto de integridad 4%
Cumplimiento de los requisitos formales 3%
III.- LA PRESENTE ADJUDICACIÓN se efectúa con estricta sujeción a las bases que dispusieron el llamado a licitación pública, , Acta de Apertura N° 02 de fecha 29/04/2026, el Cuadro Comparativo de fecha 04/05/2026, Acta de Evaluación N° 02 de fecha 05/05/2026, que se adjunta a la presente resolución, y que se entiende forma parte integrante de ella para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos a que haya lugar.
IV.- AUTORÍZASE a la habilitada de la Dirección Regional a pagar los valores señalados en las facturas respectivas al proveedor INGENIERIA DE RECURSOS HUMANOS FABIOLA CASTILLO HONORES EIRL RUT N° 76.639.262-8 adjudicado por la contratación para “SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL C.R.S. DE OVALLE”.
Que, conforme a la circular N° 14 de fecha 08 marzo de 2023, la DIPRES, informa suspensión de plataforma de pago automatizado por 180 días corridos, contados desde el viernes 10 de marzo de 2023, debiendo los organismos públicos efectuar directamente el pago de obligaciones a sus proveedores a través de las unidades respectivas, velando siempre por dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley N° 21.131, que establece el pago a treinta días.
El pago se efectuará una vez que la factura se encuentre en estado de recepción conforme en la plataforma de mercado público, previa certificación por parte del Funcionaria Jefa del Centro de Reinserción Social de Ovalle, o quien sea designado para estos efectos y a la vez comprobado, a plena satisfacción la prestación del servicio contratado y el cumplimiento de todos los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas, y en las Bases Técnicas.
Deberá remitir o incluir la copia cedible de la factura para proceder al pago, conforme a instrucciones.
No se contempla la posibilidad de otorgar anticipо.
V.- AUTORÍZASE a la Tesorería General de la República, a contar del 06 de septiembre 2023 a para pagar los valores señalados en la factura respectiva por la contratación de “SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DEL CRS OVALLE”.
El oferente deberá hacer llegar la factura a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, de lo contrario será rechazada por la plataforma de acepta, retrasando los pagos centralizados programados por la Tesorería General de la república.
Podrán acceder directamente a consultar el estado de su pago en el siguiente link https://comprobantes.tgr.cl/
VI.- FACTURESE a nombre de:
Señor(es) GENDARMERÍA DE CHILE DIRECCION REGIONAL COQUIMBO
RUT: 61.004.012-8
Dirección: CIENFUEGOS 289 LA SERENA
Giro: Servicio Público Correo electrónico: cinthya.guerrero@gendarmeria.cl Karina.loyola@gendarmeria.cl dipresrecepcion@custodium.com
VII.- IMPÚTESE el gasto de la presente resolución al ítem 22.08.001”Servicio de Aseo”.
VIII.- VIGENCIA DEL CONTRATO La contratación se regirá conforme a las necesidades presentadas por la institución, y la oferta presentada por el oferente y comenzará a regir a contar de la fecha de Aceptación de la Orden de Compra en el Portal de Mercado Público, por parte del proveedor adjudicado, por un lapso de 24 meses, mientras no supere las 1.000 UTM.
Anótese, Comuníquese y Publíquese en el Sistema de información de Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl , una vez tramitada, y archívese.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Cinthya Andrea Guerrero Guerrero
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Cargo
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Encargada Administrativa
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Teléfono
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56-23-2467820
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1962-5-LE26
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Nombre de Adquisición
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Servicio de aseo para dependencias CRS Ovalle
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DEL C.R.S. DE OVALLE
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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14/4/2026 17:51
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Fecha de Cierre
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29/4/2026 15:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 486.000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 13.880.160
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Resultado de la Adjudicación
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