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Estos antecedentes, y teniendo presente: 1) Lo dispuesto en la Ley N° 21.796, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2026; 2) Lo establecido en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado a través del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, en su artículo 9°; 3) Las normas de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones y el Decreto N° 661/2024, que Aprueba el Reglamento de la Ley y deja sin efecto el D.S.(H) N° 250, de 2004; 4) Lo dispuesto en la Ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado 5) Las facultades conferidas al Director Nacional de Gendarmería de Chile establecidas en el artículo 6°, N°s 3 letra i) 12° y 22° del D.L. Nº 2.859, de 1979, del Ministerio de Justicia, que fijó la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; 6) Lo señalado en la Ley N° 20.285 sobre Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado; 7) Las atribuciones delegadas mediante la Resolución Exenta N° 2947 de fecha 02 de noviembre 2001, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de las normas sobre delegación de facultades en los Directores Regionales; 8) La Resolución Ex. N° 5297 de fecha 23 de agosto del año 2022, que Delega Atribuciones en los Directores Regionales, Subdirector de y Jefe del Departamento de Logística, en materias que indica; 9) La Resolución Ex. N° 603, de fecha 25 de enero del 2023, que modifica Resolución Ex. N° 5.297, del 23.08.2022; 10) La Resolución Ex. N° 3.870/2013, que Aprueba Manual de Procedimientos de Adquisiciones de Gendarmería de Chile; 11) La Resolución Exenta N° 2043 de fecha 02/04/2026 de Gendarmería de Chile, cambia destinación a Oficiales y Designa cargos que indica; 12) El Formulario de adquisiciones N° 42 de fecha 05-03-2025, del Encargado de la Flota Vehicular, Región de Atacama Regional; 13) La Resolución Exenta N° 185 del 17 de abril del 2026, que dispone el llamado a Licitación y Aprueba Bases Administrativas y Técnicas; 14) El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria del 10 de abril del 2026; 14) El acta de la comisión evaluadora del 06 de mayo del 2026.
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PRIMERO. Que, Gendarmería de Chile, Región de Atacama, cuenta con un total de 13 vehículos fiscales para el traslado de internos y personal, entre los cuales se encuentran: un camión fotón, dos camionetas Chevrolet Dmax, dos camioneta JMC, 8 furgones Sprinter modelos 316, 515, 516 y 517, para los cuales se requiere LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENCIÓN, RECARGA Y REPACIÓN, DE AIRE ACONDICIONADO, PARA LOS VEHÍCULOS DE GENDARMERÍA DE CHILE, REGIÓN DE ATACAMA, POR LÍNEAS CON ADJUDICACIÓN MÚLTIPLE, POR UN PERÍODO DE 12 MESES. Cabe destacar que la cantidad de vehículos pertenecientes a Gendarmería de Chile Región de Atacama, que requieran el servicio señalado, puede eventualmente variar en razón de ser sacados de circulación o bien, se pueden producir nuevas asignaciones de vehículos a la Región de Atacama.
SEGUNDO. Que, mediante la Resolución
Exenta N° 185 de fecha 17 de abril de 2026, el Servicio aprobó las Bases Administrativas y Técnicas que regularon el llamado a propuesta Pública para el PARA LA CONTRATACIÓN POR LÍNEAS CON ADJUDICACIÓN MÚLTIPLE DEL SERVICIO DE MANTENCIÓN, RECARGA Y REPACIÓN, DE AIRE ACONDICIONADO, PARA LOS VEHÍCULOS DE GENDARMERÍA DE CHILE, REGIÓN DE ATACAMA, POR UN PERÍODO DE 12 MESES.
TERCERO. Que, con fecha 06 de mayo del año 2026, según consta en el Acta de la Comisión Evaluadora de la Licitación ID 1376-12-LE26, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, sus evaluaciones y por ser las empresas que obtuvieron un puntaje que les permite ser adjudicadas y además de cumplir con las bases establecidas, recomendamos adjudicar las siguientes propuestas:
• MARCELO EDUARDO AGUILERA MUÑOZ R.U.T. N° 18.710.491-2
• SERVICIOS CALI EIRL R.U.T. N° 77.154.788-5
• IMPORTACIONES ORE MEC SPA, R.U.T. N° 76.670.348-8
CUARTO. Que, habida consideración de lo anterior y en mérito de lo dispuesto en el artículo 58° del D.S. (H) Nº 661, de 2024, que fija el Reglamento de la Ley Nº 19.886, así como las Bases Administrativas que regularon la presente propuesta, resulta procedente realizar adjudicación múltiple a las siguientes Proveedores: según ID 1376-12-LE26, a los siguientes
MARCELO EDUARDO AGUILERA MUNOZ R.U.T. N° 18.710.491-2, por un valor de $5.587.050.- (Cinco millones quinientos ochenta y siete mil cincuenta pesos), I.V.A. incluido.
SERVICIOS CALI EIRL R.U.T. N° 77.154.788-5, por un valor de $26.383.765.- (Veintiséis millones trescientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y cinco pesos), I.V.A. incluido.
IMPORTACIONES ORE MEC SPA., R.U.T. N° 76.670.348-8, por un valor de $ 30.845.390.- (Treinta millones ochocientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa pesos), I.V.A. incluido.
He determinado dictar la siguiente
RESOLUCIÓN:
I. ADJUDÍCASE la propuesta pública destinada a LOS SERVICIOS DE MANTENCIÓN, RECARGA Y REPARACIÓN DEL SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO PARA LOS VEHÍCULOS DE GENDARMERÍA DE CHILE, REGIÓN DE ATACAMA, POR UN PERÍODO DE 12 MESES, ID 1376-12-LE25, a los siguientes Proveedores:
MARCELO EDUARDO AGUILERA MUNOZ R.U.T. N° 18.710.491-2, por un valor de $5.587.050.- (Cinco millones quinientos ochenta y siete mil cincuenta pesos), I.V.A. incluido.
SERVICIOS CALI EIRL R.U.T. N° 77.154.788-5, por un valor de $26.383.765.- (Veintiseis millones trescientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y cinco pesos), I.V.A. incluido.
IMPORTACIONES ORE MEC SPA., R.U.T. N° 76.670.348-8, por un valor total de $ 30.845.390.- (Treinta millones ochocientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa pesos), I.V.A. incluido.
II. DÉJASE constancia que las evaluaciones de las ofertas han sido realizadas de conformidad con los criterios de evaluación y ponderaciones, previamente definidos en los artículos 6° y siguientes de las Bases Administrativas que regularon la propuesta y que son los siguientes:
CRITERIO PONDERACIÓN
Precio de la Oferta 60%
Servicios Post Venta 20%
Experiencia en Servicios similar naturaleza 10%
Cumplimientos de los requisito 05%
Pacto de integridad 05%
III. LA PRESENTE ADJUDICACIÓN se efectúa con estricta sujeción a los puntajes obtenidos por los Proveedores participante, en cada uno de los criterios de evaluación indicados y cuyos resultados constan en el correspondiente cuadro comparativo de evaluación de criterios, que se adjunta a la presente resolución y que se entiende forma parte integrante de ella para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos a que haya lugar;
IV. AUTORIZACIÓN DE PAGO. Autorizase a la Habilitada de la Dirección Regional de Atacama, para girar a los proveedores MARCELO EDUARDO AGUILERA MUNOZ R.U.T. N° 18.710.491-2, por un valor de $5.587.050.- ( Cinco millones quinientos ochenta y siete mil cincuenta pesos), I.V.A. incluido, SERVICIOS CALI EIRL R.U.T. N° 77.154.788-5, por un valor de $26.383.765.- (Veintiséis millones trescientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y cinco pesos), I.V.A. incluido, IMPORTACIONES ORE MEC SPA., R.U.T. N° 76.670.348-8, por un valor total de $ 30.845.390.- (Treinta millones ochocientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa pesos), I.V.A., según los servicios prestados en el período de doce meses.
V. FINANCIAMIENTO, el gasto que irrogue la presente resolución se imputará con cargo ITEM 22.06.002.0000 “MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE VEHÍCULOS”, que se pagará con el presupuesto asignado a la cuenta corriente de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, Región de Atacama.
VI. RENDICIÓN DE CUENTA: Ríndase cuenta documentada de la inversión de los fondos a la Contraloría General de la República de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
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