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1. La Ley Nº 18.575, de 05.12.86., Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
2. La Ley N° 19.886, de 30.07.2003, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
3. Ley N° 21.289 - Ley de Presupuestos del Sector Publico año 2021.
4. El Decreto Supremo N° 1.312 de 1999 y el Decreto Supremo N° 826 de 2002.
5. El Decreto Supremo N° 181 del 14 de julio de 2021 que designa a la Delegada Presidencial Provincial de Última Esperanza.
6. La Resolución Exenta N° 218 de fecha 01.03.2016 que delega facultades al Gobernador Provincial de Última Esperanza.
7. La Resolución Exenta N° 88 de fecha 08.01.2021, que aprueba presupuestos iniciales de ingresos y gastos de la intendencia regionales, gobernaciones provinciales y del nivel central del servicio de gobierno interior año 2021.
8. La Resolución Exenta N° 64 de fecha 28.01.2021, que aprueba distribución Presupuesto 2021 de la Gobernación de Ultima Esperanza.
9. La Resolución N° 7 y 8 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
10 El Oficio Circular N° 50 de 04.10.01 del Ministerio del Interior y Ministerio de Hacienda
11. La Circular Nº 4 (H) del 20.01.03, que instruye sobre transparencia en las contrataciones públicas.
12. Otros antecedentes que acompañan a este acto administrativo.
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1. El suplemento autorizado para el ítem presupuestario 22.06.001, Mantención y Reparación de Edificios, comunicado mediante oficio N° 19.876, de fecha 21 de septiembre de 2021.
2. Que, existe la necesidad de contratar los servicios para ejecutar el Proyecto: Mantención y Reparación de Edificios, DPP UE 2021.
2. Que, efectuadas las búsquedas en el catálogo electrónico de bienes y servicios de la plataforma www.mercadopublico.cl el requerimiento no se encuentra disponible en ese catálogo.
3. La Resolución Exenta N° 703 de fecha 21 de octubre de 2021, que aprueba las bases y llama a un proceso de licitación pública para la contratación del servicio de Mantención y Reparación de Edificios, DPP UE 2021, bajo el ID 2019-10-LE21.
4. Que, en virtud del considerando precedente se dictó la Resolución Exenta N° 708 de 22 de octubre de 2021, Designa Integrantes De Comisión Evaluadora En Licitación Pública ID 2019-10-LE21.
5. Los siguientes criterios de evaluación fueron establecidos en las bases de licitación:
ÍTEM
PORCENTAJE
Oferta Económica
59%
Oferta Técnica
39%
Cumplimiento de los Requisitos Formales
02%
5.1) Oferta Económica (59%)
Para realizar la evaluación económica se realizará de acuerdo a la información proporcionada en el Anexo N° 2 para ello se utilizará una escala de puntajes de 0 a 100, asignando el puntaje más alto (100 puntos) a la oferta económica de menor valor que cumpla con los requerimientos definidos en las bases técnicas. Los siguientes puntajes se asignarán en función de la diferencia entre cada propuesta y el valor de la menor propuesta económica en su conjunto.
PUNTAJE = Precio oferta mínima ($) X 100
OFERENTE Precio oferta evaluado ($)
El valor del precio unitario debe considerar todos los costos asociados a la prestación del servicio, su personal, traslados y otros según corresponda.
5.2) Oferta Técnica (39%)
A. Experiencia del Proponente
La experiencia del proponente, se obtendrá de la cantidad de contratos de similar naturaleza y magnitud a la que se presenta en estas Bases de licitación, por ello, se evaluará al proponente con un puntaje de 0 a 90 en base al total de contrataciones, debidamente acreditadas, de similar naturaleza y magnitud de la que se está licitando, ya sea contrataciones con entidades públicas y/o privadas en la prestación de servicios de construcción y reparación de edificaciones en el periodo de tiempo del 1 de enero de 2019 al 31 de agosto de 2021.
Para acreditar la experiencia el proponente deberá adjuntar o anexar a su oferta, copia de facturas, órdenes de compra, actas de entrega, contratos, debidamente firmados o cualquier otro documento que valide su experiencia en servicios de construcción, mantención y reparación de edificaciones y/o viviendas.
Experiencia / Cantidad de Contratos
Puntaje
Menos de 5 contrataciones afines.
0
Desde 5 contrataciones y menos de 10 contrataciones afines.
15
Desde 10 contrataciones y menos de 15 contrataciones afines.
30
Desde 15 contrataciones afines o más.
45
Experiencia / Monto de las Contrataciones
Puntaje
Acredita contrataciones por un monto menor a $5.000.000.-
0
Acredita contrataciones por un monto que va desde $5.000.001.- hasta los $10.000.000.-
15
Acredita contrataciones por un monto que va desde $10.000.001.- hasta los $15.000.000.-
30
Acredita contrataciones por un monto igual o superior a $15.000.001.-
45
Ante el evento que la glosa de la factura no sea clara, se permitirá presentar como antecedente complementario la orden de Compra asociada a la factura o Certificados otorgados por el Mandante que contengan información suficiente que permita a la Comisión Técnica determinar los servicios prestados y el monto facturado por ellos.
En el evento que el Oferente sea persona Jurídica, se aceptará la experiencia de sus Socios o Ejecutivos, debiendo acreditar esta calidad con copia de los documentos legales que den cuenta de dicha calidad.
B. Plazo de Ejecución
En la evaluación se considerará el tiempo de entrega de los trabajos a realizar en días corridos. El cálculo de puntaje para cada criterio de evaluación consistirá en otorgar el máximo puntaje, es decir, 10 puntos al que cumpla con el menor tiempo posible.
Valor Asignación: Plazos de entrega de los trabajos después de la fecha de adjudicación en el Portal. Los oferentes deben indicar claramente los tiempos de entrega en DIAS CORRIDOS
PUNTAJE
Menos de 40 días corridos.
10
Igual a 40 días corridos.
8
Más de 40 días corridos.
0
5.3) Cumplimiento de los Requisitos Formales (2%)
Cumplimiento de los Requisitos
Puntaje
El oferente que presenta los antecedentes, posteriores de la fecha límite o no presenta los antecedentes.
0
El oferente que presenta los antecedentes, posterior a la fecha de recepción de ofertas y antes de la fecha límite señalada en las bases.
30
El oferente que presenta todos los antecedentes, dentro del plazo de presentación de ofertas.
100
6. Que, al proceso de licitación ID 2019-10-LE21, se presentaron las siguientes ofertas:
Razón Social
RUT
1.
Asesorías Y Gestión Easylit Limitada
77.020.963-3
2.
Cesar Orlando Vidal Soto
12.346.233-5
7. Que, el acta de apertura de propuestas, recomienda considerar como admisible las siguientes ofertas:
Razón Social
RUT
1.
Cesar Orlando Vidal Soto
12.346.233-5
Por ajustarse a los requisitos o condiciones establecidas en las Bases de licitación ID 2019-10-LE21 y que a su vez considérese inadmisible la propuesta presentada por la empresa Asesorías Y Gestión Easylit Limitada, RUT 77.020.963-3, por no asistir a visita en terreno, actividad de carácter obligatorio, según bases de licitación punto 4.8.3 Visita Técnica.
8. Que, en virtud de lo anterior, la siguiente oferta fue considerada en el proceso de evaluación:
Razón Social
RUT
Observación
1.
Cesar Orlando Vidal Soto
12.346.233-5
Oferta aceptada / Es admisible.
9. Que, el cuadro comparativo resume los puntajes obtenidos en cada criterio por el proveedor, según datos ingresados en el sistema de información www.mercadopublico.cl.
FORMULA PUNTAJE PONDERADO = Oferta Económica* 0,59 + Oferta Técnica * 0,39 + Cumplimiento de los Requisitos Formales * 0,02.
Proveedor
Cantidad Ofertada
Precio Unitario
Moneda
Oferta Económica
Oferta Técnica
Cumplimiento de los Requisitos Formales
TOTAL
CESAR VIDAL SOTO
1
7.570.000
$
100
100
100
100
10. Que, por otro lado, en el citado informe de evaluación y de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación, establecidos en las bases, se recomienda la adjudicación de don Cesar Orlando Vidal Soto, RUT 12.346.233-5, por cuanto obtuvo un puntaje de 100, para la contratación y ejecución del Servicio de Mantención y Reparación de Edificios, DPP UE 2021.
11. Que, existen los recursos monetarios para financiar la presente contratación.
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