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Lo dispuesto en el Decreto Ley N°1.224 de 1975, que Crea el Servicio Nacional de Turismo; en la Ley N°20.423, Del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en la Ley N°21.796 De Presupuesto del Sector Público para el año 2026; en el D.F.L. N°1/19.653 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento aprobado mediante Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda; en la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°19.799, Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma y su Reglamento aprobado por Decreto N°181 de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el Decreto Exento N°225 de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprobó Convenio de Firma
Electrónica Avanzada Para Autoridades y Funcionarios suscrito entre ese Ministerio y el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en la Resolución Exenta Nº 533 del 28 noviembre 2023 que Actualiza Delegación de Facultades en los Directores Regionales de Turismo, la Resolución Exenta N°394, de fecha 11 de octubre de 2024, que designa a los subrogantes del cargo de directores regionales, ambas del Servicio Nacional de Turismo, ambas del Servicio Nacional de Turismo; en la Resolución Afecta N°85 de fecha 26 de mayo de 2025, del Gobierno Regional de Aysén, que aprueba programa FNDR “Transferencia Fortalecimiento para la Competitividad del destino Aysén Patagonia”, Código BIP N°40068489-0; en la Resolución Exenta N°20 de fecha 12 de junio de 2025, de esta Dirección Regional, que aprueba dicho Convenio; en la Resolución N°36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y
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1. Que, con fecha 17 de abril de 2025, el Gobierno Regional (GORE) de la región de Aysén y esta Dirección Regional de Turismo, suscribieron un convenio de transferencia de recursos para financiar el Programa “Transferencia Fortalecimiento para la Competitividad del destino Aysén Patagonia” Código BIP N°40068489-0, el que fue aprobado por Resolución Afecta N°85 de fecha 26 de mayo de 2025 y por Resolución Exenta N°20 de fecha 12 de junio de 2025 de esta Dirección Regional; teniendo un plazo de ejecución de 24 meses y de vigencia hasta el integro cumplimiento de las obligaciones, encontrándose actualmente vigente. Que, el plazo de ejecución de dicho convenio es de 24 meses, contados desde la total tramitación del último acto administrativo que apruebe el mismo y, el plazo de vigencia, hasta el cumplimiento íntegro de las obligaciones financieras que de él se deriven.
2. Que, con el fin de cumplir los objetivos de dicho Convenio, en particular el Componente N°4 “Planificación Turística”, específicamente en la Línea 4.2 “Instrumentos de Planificación y/o Estudios” que considera la acción de “Desarrollar estudios de gestión turística”, y sus funciones asignadas por ley y los objetivos estratégicos, esta Dirección Regional requirió contratar los servicios de “ELABORACIÓN PLADETUR COMUNA DE RÍO IBÁÑEZ”, los cuales no estaban disponibles en Convenio Marco; por lo cual, mediante Resolución Exenta Nº15, de fecha 31 de marzo de 2026, se aprobaron las Bases de Licitación administrativas y técnicas y sus correspondientes anexos, para la contratación del servicio denominado “ELABORACIÓN PLADETUR COMUNA DE RÍO IBÁÑEZ”, proceso identificado en el portal www.mercadopublico.cl con el ID N°1332-3-LE26.
3. Que, por medio de Resolución Exenta N°17, de fecha 13 de abril de 2026, de esta Dirección Regional de Turismo, se aprobaron respuestas a preguntas presentadas en la licitación pública denominada “ELABORACIÓN PLADETUR COMUNA DE RÍO IBÁÑEZ”, ID N°1332-3-LE26.
4. Que, la Comisión Evaluadora de las ofertas, fue designada mediante Resolución Exenta Nº15, de fecha 31 de marzo de 2026, quedando conformada por los/as siguientes profesionales de esta Dirección Regional: Karen Calderón Sandoval, Ejecutiva de Gobernanza - Programa FNDR “Transferencia Fortalecimiento para la Competitividad del destino Aysén Patagonia” Código BIP N°40068489-0, Diego Cárcamo Pérez, Encargado de Sección Turismo Interno y Fernando Ojeda Muñoz, Analista de la Unidad de Desarrollo, en reemplazo de Sandra Navarro Oyarzún, quien se encontraba al momento de la evaluación desempeñando funciones como Directora Regional (S), suscribiendo todos los integrantes sus respectivas declaraciones juradas de Ausencia de Conflictos de Interés para evaluar las ofertas presentadas al proceso de licitación pública en comento, entre las fechas 10 y 24 de abril de 2026, con el objeto de cumplir con el requisito establecido en el artículo 35° nonies de la Ley N°19.886.
5. Que, con fecha 10 de abril de 2026 se realizó el cierre de la recepción de ofertas y, según consta en el acta de evaluación de las ofertas de fecha 24 de abril de 2026, instrumento que se entiende formar parte integrante del presente acto; también con fecha 10 de abril de 2026 se procedió a efectuar el acto de apertura electrónica de las ofertas, constatándose la recepción de dieciséis (16) ofertas, de los siguientes proveedores:
N° RAZÓN SOCIAL RUT
1 ABYA YALA CONSULTORES 76.835.116-3
2 AMUY 77.181.443-3
3 ASESORIAS MAPOCHO SOCIEDAD 77.711.273-2
4 BALLOON LATINOAMERICA SPA 76.453.366-6
5 BECKENCONSULTORES LIMITADA 76.687.735-4
6 CHILE CONSULTOR 76.097.242-8
7 ESTRATEGIA CONSULTORES SPA 76.334.863-6
8 GABRIEL ANDRÉS INOSTROZA 12.858.182-0
9 IDEAS CONSULTORES LIMITADA 76.684.115-5
10 INGENIERIA SUSTENTABLE SPA 76.303.416-K
11 ONG REGENERA 65.112.955-9
12 REDDERSEN & BECERRA INGENIERÍA 76.090.658-1
13 RIO SUR CONSULTORA LIMITADA 77.367.387-K
14 SERVICIOS PROFESIONALES HERNANDEZ Y ASOCIADOS 77.707.015-0
15 SOC DE CONSULTORES EN DESARROLLO TURISTICO SOSTENIBLE 76.009.090-5
16 TORRES Y POZO CONSULTORES LIMITADA 78.156.896-1
6. Que, según consta en Acta de Evaluación, la Comisión procedió a revisar que las ofertas recibidas hubiesen cumplido con la presentación de los requisitos de admisibilidad de las ofertas, declarando inadmisible la oferta de BALLOON LATINOAMÉRICA SPA, RUT N°76.453.366-6, por tratarse de una propuesta incompleta al no contemplar la entrega de todos los bienes y servicios mínimos requeridos en el numeral 3) de las “Bases Técnicas”. Lo anterior en relación con las bases técnicas y en específico luego de analizar contenidos del Anexo N°4 y, luego de lo cual se constata que el oferente no cumple con los requisitos mínimos de la oferta técnica, puntualmente este oferente no incluye los siguientes elementos requeridos: Propuesta de actualización del PLADETUR, resumen ejecutivo (10 ejemplares impresos), presentación ejecutiva, registro de talleres, 10 ejemplares impresos del PLADETUR final, servicio de café para cada uno de los talleres por localidad, coffee break para el hito de cierre, así como los materiales y equipamiento necesarios para su realización. Según se aprecia en el siguiente cuadro resumen:
N° OFERENTES ANEXO Nº1 ANEXO Nº2 ANEXO Nº3 ANEXO Nº4 DECLARACION JURADA EN LINEA
1 ABYA YALA CONSULTORES SI SI SI SI SI
2 AMUY SI SI SI SI SI
3 ASESORÍAS MAPOCHO SOCIEDAD SI SI SI SI SI
4 BALLOON LATINOAMERICA SPA SI SI SI NO SI
5 BECKENCONSULTORES LIMITADA SI SI SI SI SI
6 CHILE CONSULTOR SI SI SI SI SI
7 ESTRATEGIA CONSULTORES SPA SI SI SI SI SI
8 GABRIEL ANDRÉS INOSTROZA SI SI SI SI SI
9 IDEAS CONSULTORES LIMITADA SI SI SI SI SI
10 INGENIERIA SUSTENTABLE SPA SI SI SI SI SI
11 ONG REGENERA SI SI SI SI SI
12 REDDERSEN & BECERRA INGENIERÍA SI SI SI SI SI
13 RIO SUR CONSULTORA LIMITADA SI SI SI SI SI
14 SERVICIOS PROFESIONALES HERNANDEZ Y ASOCIADOS SI SI SI SI SI
15 SOC DE CONSULTORES EN DESARROLLO TURISTICO SOSTENIBLE SI SI SI SI SI
16 TORRES Y POZO CONSULTORES LIMITADA SI SI SI SI SI
7. Que, la Comisión Evaluadora procedió a evaluar las quince (15) propuestas declaradas admisibles, de acuerdo con los criterios de la cláusula decimoquinta de las bases de licitación, que a continuación se detallan:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN NOTA OBTENIDA PONDERACIÓN PUNTAJE TOTAL PONDERADO
Criterio N°1: “Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta” 0,0 a 5,0 10% 0,5
Criterio N°2: “Programa de Integridad”. 0,0 a 5,0 15% 0,75
Criterio N°3: “Sello Empresa Mujer”. 0,0 a 5,0 5% 0,25
Criterio N°4: “Oferta económica o precio”. 0,0 a 5,0 5% 0,25
Criterio N°5: “Experiencia del Oferente” 0,0 a 5,0 30% 1,5
Criterio N°6: “Experiencia del equipo de trabajo”. 0,0 a 5,0 15% 0,75
Criterio N°7: “Mejoras a la propuesta técnica”. 0,0 a 5,0 20% 1,0
100% 5,0
8. Que, aplicados los criterios de evaluación señalados, las ofertas declaradas admisibles fueron evaluadas, dejando constancia de ello en el Acta de Evaluación, y el puntaje final (ponderación económica + ponderación técnica) obtenido por los oferentes evaluados fue el siguiente:
Oferente Rut Oferente Puntaje ponderado oferta administrativa Puntaje ponderado oferta económica Puntaje ponderado oferta técnica Descuento por sanciones Puntaje Final
CHILE CONSULTOR 76.097.242-8 1 0,43 3,50 0 4,93
SOC DE CONSULTORES EN DESARROLLO TURISTICO SOSTENIBLE 76.009.090-5 1 0,42 3,50 0 4,92
INGENIERIA SUSTENTABLE SPA 76.303.416-K 0,75 0,50 3,50 0 4,75
TORRES Y POZO CONSULTORES LIMITADA 78.156.896-1 0,75 0,47 3,50 0 4,72
BECKEN CONSULTORES LIMITADA 76.687.735-4 1 0,43 3 0 4,43
RIO SUR CONSULTORA LIMITADA 77.367.387-K 0,50 0,42 3,50 0 4,42
ASESORIAS MAPOCHO SOCIEDAD 77.711.273 -2 0,75 0,44 3 0 4,19
GABRIEL ANDRÉS INOSTROZA 12.858.182-0 0,75 0,43 3 0 4,18
ONG REGENERA 65.112.955-9 0,75 0,42 3 0 4,17
AMUY 77.181.443-3 0,75 0,42 3 0 4,17
ABYA YALA CONSULTORES 76.835.116-3 1 0,45 3,50 -1 3,95
IDEAS CONSULTORES LIMITADA 76.684.115-5 0,75 0,50 3,50 -1 3,75
REDDERSEN & BECERRA INGENIERIA 76.090.658-1 0,75 0,42 3,50 -1 3,67
ESTRATEGIA CONSULTORES SPA 76.334.863-6 1 0,46 2 0 3,46
SERVICIOS PROFESIONALES HERNANDEZ Y ASOCIADOS 77.707.015-0 0,75 0,42 3,50 -2 2,67
BALLOON LATINOAMERICA SPA 76.453.366-6 0 0 0 0 0,00
9. Que, en relación con la revisión del “Comportamiento Contractual Anterior”, la comisión verificó en el registro de proveedores de mercado público, lo siguiente:
Oferente N° Sanciones Descuento aplicado
ABYA YALA CONSULTORES 1 -1 punto
IDEAS CONSULTORES LIMITADA 1 -1 punto
REDDERSEN & BECERRA INGENIERÍA 1 -1 punto
SERVICIOS PROFESIONALES HERNANDEZ Y ASOCIADOS 2 -2 puntos
10. Que, habiéndose aplicado los criterios de evaluación, y teniendo en consideración el puntaje final obtenido por los oferentes, la Comisión Evaluadora sugirió adjudicar la presente licitación al oferente CHILE CONSULTOR, RUT N°76.097.242-8, por un monto total de $28.900.000.- (Veintiocho millones novecientos mil pesos), impuestos incluidos si los hubiere, cuya propuesta obtuvo la nota final de 4,93 puntos de un total de 5,00 según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas ya referida, la que resulta ser la más ventajosa a los intereses de este Servicio, teniendo en cuenta las condiciones y criterios de evaluación objetivos dispuestos en éstas.
11. Que, la disponibilidad presupuestaria para financiar el pago de los servicios requeridos se encuentra certificada por Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°2026/1278 de fecha 17 de marzo de 2026, emitido por doña Roxana Salgado Ruiz, Encargada Administrativa de esta Dirección Regional, por la cantidad de $30.000.000.- (treinta millones de pesos), lo que se ajusta al monto sugerido a adjudicar.
12. Que, el proveedor seleccionado se encuentra hábil para contratar con el Estado de Chile, según consta en Certificado de Habilidad del Registro de Proveedores, número de folio: CED2026-sVEMpjKMxa, de fecha 24 de abril de 2026, por lo que,
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1° DECLÁRASE INADMISIBLE la oferta del proveedor BALLOON LATINOAMERICA SPA., RUT N°76.453.366-6, por no haber cumplido con la totalidad de los requisitos de admisibilidad exigidos en la cláusula DÉCIMA de las Bases de licitación, según lo expuesto en el considerando SEXTO de este acto administrativo y en el Acta de Evaluación de Ofertas de fecha 24 de abril de 2026.
2° ADJUDÍCASE la presente licitación al proveedor CHILE CONSULTOR, RUT N°76.097.242-8, con domicilio en SANTA MARIA N°2360, ciudad y comuna de Concepción, por la suma total y única de $28.900.000.- (veintiocho millones novecientos mil pesos), por cuanto su oferta cumple con los requerimientos técnicos y económicos solicitados en las bases, obteniendo un puntaje total ponderado de 4,93 de un total de 5,0 y su oferta resulta ser favorable a los intereses del Servicio.
3° SUSCRÍBASE el respectivo contrato, de conformidad con lo establecido en la cláusula decimonovena de las bases de licitación, previa entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y los demás antecedentes exigidos en el pliego rector del certamen.
4. EMÍTASE la orden de compra correspondiente, una vez firmado el contrato.
5° PÁGUESE en la forma señalada en la cláusula vigesimocuarta de las bases de licitación aprobadas por la Resolución Exenta Nº15, de fecha 31 de marzo de 2026, de esta Dirección Regional, contra recepción conforme de la totalidad de los bienes y servicios contratados a plena satisfacción de la Unidad requirente, la que deberá constar por escrito; previa elaboración por parte de la contraparte técnica de SERNATUR del respectivo formulario de recepción conforme de los servicios entregados por el contratado y publicación del mismo en el portal www.mercadopublico.cl.
6° IMPÚTESE el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al programa FNDR denominado “Transferencia Fortalecimiento para la Competitividad del destino Aysén Patagonia”, Código BIP N°40068489-0, de conformidad con lo indicado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°2026/1278 de fecha 17 de marzo de 2026, emitido por doña Roxana Salgado Ruiz, Encargada Administrativa de esta Dirección Regional.
7° PUBLÍQUESE E INFÓRMESE el presente acto administrativo, junto con el Acta de Evaluación de la Comisión Evaluadora de fecha 24 de abril de 2026 y los documentos que la integran, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 108° del Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley de Compras, en los antecedentes correspondientes a la licitación pública ID N°1332-3-LP26.
ANÓTESE, REFRÉNDESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
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