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a) Lo establecido en el DFL Nº 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
b) Lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
c) Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento contenido en Decreto Supremo (H) Nº 661 del año 2004.
d) Lo preceptuado en la Ley Nº 16.752, que Fija Organización y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil.
e) Lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 28, de fecha 16 de enero de 2024, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que pone término y nombra en cargo a Oficiales de la Fuerza Aérea de Chile que señala.
f) La Resolución Nº 36, del año 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
g) El PRO-LOG 01, que regula el procedimiento de Adquisición de Bienes Muebles, Contratación de Servicios y Gestión de Contratos de la DGAC.
h) La Resolución Exenta Nº 1718, de fecha 14 de agosto de 2025, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que dispuso el llamado a licitación pública ID 2563-13-LR25, para la adquisición de equipos de comunicaciones para redes informáticas y licencias de software, aprobó bases de licitación, texto de contrato tipo y nombró comisión evaluadora.
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a) Que, ante la necesidad de la Dirección General de Aeronáutica Civil (en adelante Dirección General o “DGAC”) de adquirir equipos de comunicaciones para redes informáticas y licencias de software, se inició el proceso de propuesta pública identificada con el ID 2563-13-LR25 regulado por el pliego de condiciones aprobado por la resolución citada en el literal h) de los Vistos, publicada en el Portal Mercado Público con fecha 14 de agosto de 2025.
b) Que, con fecha 25 de agosto del mismo año, finalizó el plazo con que contaban los interesados para efectuar consultas y/o aclaraciones a las bases de licitación, a través del portal Mercado Público, habiéndose recibido consultas dentro de dicho período, las que fueron debidamente contestadas y publicadas en el referido portal con fecha 04 de septiembre de 2025.
c) Que, con fecha 16 de septiembre de 2025, se realizó el acto de apertura electrónica de la referida propuesta pública, instancia en la que se recibieron y aceptaron las ofertas presentadas por:
- NET TRUST SERVICIOS Y CONSULTORÍA SpA., RUT 76.335.493-8.
- NTT CHILE SpA., RUT 96.522.300-2.
- RICOH CHILE S.A., RUT 96.513.980-K.
- UTP SERVICIOS Y SOLUCIONES TECNOLÓGICAS S.A., RUT 96.710.390-K & IT-EXPERIENCE SpA., RUT 76.386.084-1.
- TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S.A., RUT 78.703.410-1.
d) Que, la comisión evaluadora nominada mediante la resolución señalada en el literal h) de los Vistos, procedió a realizar la evaluación de las ofertas citadas en el Considerando precedente, evaluación que consta en el informe de evaluación de ofertas de fecha 30 de septiembre de 2025, del departamento Tecnología de la Información y Comunicaciones, del cual se desprende el siguiente resumen que refleja el resultado de la aplicación de los criterios de evaluación contemplados en las bases de licitación:
A. Resumen cumplimiento de aspectos excluyentes:
REQUISITOS EXCLUYENTES REFERENCIA CUMPLIMIENTO
TELEFÓNICA NTT CHILE SPA RICOH TEC NET TRUST
El oferente deberá realizar su propuesta por el total de los productos demandados y cuyas características se exponen en el capítulo IV de las Bases Técnicas. En caso contrario, la oferta quedará fuera del proceso de evaluación. Capítulo III, Letra A, bases técnicas. Cumple No Cumple Cumple No Cumple Cumple
El plazo máximo de entrega a ofertar de los equipos Switch Core no puede superar los 65 días corridos. El oferente que no presente plazo de entrega de los equipos Switch Core, u oferte un plazo mayor al antes mencionado, quedará fuera del proceso de evaluación, facultando a la comisión evaluadora a sugerir su inadmisibilidad. Dicho plazo será computado desde la emisión de la Orden de Compra. Capítulo III, Letra C, bases técnicas. No Cumple No Cumple Cumple Cumple Cumple
Todo equipamiento ofertado debe ser nuevo, no reciclado o refaccionado. Para tal efecto, deberá presentar carta del fabricante que certifique la condición de nuevo. Capítulo III, Letra E, bases técnicas. Cumple Cumple Cumple Cumple Cumple
El contratista deberá efectuar, dentro del plazo de entrega de los equipos, una "Habilitación técnica oficial del fabricante" en un Centro de Entrenamiento certificado por la marca ofertada, para tres (3) profesionales DGAC, fecha y hora previa coordinación con la Inspección Fiscal, en las habilitaciones fundamentales para la configuración y administración en completa armonía conforme a la solución oferta, equivalente a las habilitaciones de Switching Fundamentals. Capítulo III, Letra F, bases técnicas. No Cumple No Cumple Cumple Cumple Cumple
Características técnicas y estructurales de los equipamientos requeridos. Capítulo IV, bases técnicas. Cumple No Cumple Cumple No Cumple Cumple
PRONUNCIAMIENTO:
Los siguientes oferentes no superaron los parámetros invalidantes, debido a que no cumple con algunos de los criterios que en cada caso se señalan, por lo que su oferta no califica para ser evaluada y será desestimada:
RUT PROVEEDOR RAZÓN SOCIAL REFERENCIA (EVIDENCIA)
78.703.410-1 TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S.A. Capítulo III, Letra C y F, bases técnicas.
96.710.390-k/
76.386.084-1 SERVICIOS Y SOLUCIONES TECNOLÓGICAS S.A./ IT-EXPERIENCE SpA. Capítulo III, Letra A, bases técnicas y Capítulo IV.
96.522.300-2 NTT Chile SPA Capítulo III, Letra A, C y F bases técnicas y Capítulo IV.
• La oferta de TELEFÓNICA EMPRESAS CHILE S.A. no cumple con lo solicitado en las bases, ya que no entrega un plazo de entrega claro al supeditarlo a disponibilidad de stock e importaciones y, además, omite los valores de la habilitación técnica requeridos en la oferta económica.
• La oferta de NTT Chile SpA. presenta incumplimientos, al no incluir módulos SFP, plazos de entrega, habilitación técnica del proveedor de la marca ni todas las características técnicas y estructurales requeridas en las bases técnicas y administrativas.
• La oferta de Servicios y Soluciones Tecnológicas S.A./ IT-Experience SpA no cumple con las bases, ya que el producto ofrecido no es compatible con la plataforma de internet inalámbrico de la DGAC, al utilizar un controlador con características distintas.
B. Resumen evaluación de las ofertas:
En esta etapa, la comisión evaluadora dejó constancia que la oferta económica presentada por NET TRUST SERVICIOS Y CONSULTORÍA SpA carece de certeza en el precio, toda vez que los valores consignados en el formulario de presentación de oferta económica no coinciden con el total indicado, y porque en la misma propuesta se acompañó un documento de cotización con un valor distinto, lo que impide determinar con claridad el monto realmente ofertado. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886 y en el número X.4 de las bases de licitación, este tipo de discrepancias en el precio no pueden ser subsanadas ni corregidas por la comisión, al no configurarse como un vicio de forma. Por esta razón, la comisión sugirió declarar inadmisible la oferta de NET TRUST y, en consecuencia, continuar evaluando únicamente la propuesta de RICOH CHILE S.A., cuyo resultado se resume a continuación:
EVALUACIÓN FINAL: RICOH CHILE S.A.
PUNTAJE TOTAL= PET+ PEE + PCRF+ PCPI
ASPECTO TÉCNICO (57%) 57
ASPECTO ECONÓMICO (37%) 37
EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%) 5
EVALUACIÓN CRITERIO PROGRAMA DE INTEGRIDAD (1%) 1
TOTAL PUNTAJE FINAL 100
e) Que, conforme a lo expuesto, la comisión evaluadora sugirió la adjudicación de la licitación al oferente RICOH CHILE S.A., RUT 96.513.980-K, conforme al puntaje final obtenido en la evaluación de la propuesta (100 puntos), cumpliendo así con lo requerido en las bases de licitación.
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1. Decláranse inadmisibles las ofertas presentadas por los proponentes Telefónica Empresas Chile S.A., NTT Chile SpA., la Unión Temporal de Proveedores conformada por Servicios y Soluciones Tecnológicas S.A./ IT-Experience SpA., y Net Trust Servicios y Consultoría SpA., en virtud de los fundamentos consignados en los literales A y B del Considerando d) de este acto administrativo.
2. Adjudícase la licitación pública ID 2563-13-LR25, efectuada para la adquisición de equipos de comunicaciones para redes informáticas y licencias de software, al proveedor RICOH CHILE S.A., RUT 96.513.980-K, por un monto total de $300.135.869 .- (trescientos millones ciento treinta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve pesos) IVA incluido, atendido el resultado del análisis y ponderación técnico-económica contenido en el informe emitido por la comisión evaluadora, así como a la sugerencia de adjudicación formulada por dicha comisión, conforme a lo señalado en los literales d) y e) de los Considerandos de la presente resolución.
3. Notifíquese el presente acto administrativo a través la plataforma de licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl), una vez que este se encuentre totalmente tramitado.
4. Archívense los antecedentes que dieron origen a la presente Resolución, en la Sección Contratos del Subdepartamento Soporte Logístico.
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