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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1036569-23-LE24
Adjudicación Informada en portal el
23/9/2024 15:55
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En
Chillán,
12-09-2024
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Nro de
Resolución
733
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Vistos
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1. Lo dispuesto en los artículos, 1, 6, 7, 11,100, 111, 36 N°6, 41 y 32 N°5 de la Constitución Política de la
República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por Decreto Supremo N° 100 de
17 de septiembre de 2005, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
2. La Ley Nº19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y sus
modificaciones posteriores;
3. La Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y sus
modificaciones;
4. Ley N°21.640, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024;
5. La Ley N°19.886 y su Reglamento, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestaciones
de servicios, y sus modificaciones posteriores;
6. La Ley N°19.880, de 2003, que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos
de los Órganos de la Administración del Estado, y sus modificaciones posteriores;
7. Lo dispuesto por la Ley N° 19.653, sobre probidad administrativa aplicable de los Órganos de la
Administración del Estado.
8. Resolución Exenta N° 412, de fecha 14 de junio del año 2024, se aprueban las Bases Administrativas
Generales y Técnicas, se convoca a Licitación Pública para el proyecto denominado “Conservación
Sector Ex Corte de Apelaciones Chillán” y se nombra al efecto una comisión de evaluación.
9. El acta de visita a terreno de la licitación pública ID 1036569-14-LE24.
10. Lo indicado en el acta de apertura y evaluación de la licitación pública ID 1036569-14-LE24, suscrita por
los profesionales que indica.
11. La Resolución Exenta N° 576, de fecha 30 de julio del año 2024, que aprueba acta de apertura, declara
inadmisibles las ofertas que se indican y desierta la licitación pública ID 1036569-14-LE24
correspondiente al proyecto “Conservación sector ex Corte de Apelaciones Chillán”
12. Lo previsto en la Resolución Exenta N° 611, de 08 de agosto de 2024, que dispone llamado a licitación
pública, aprueba bases administrativas generales y técnicas del proyecto “conservación sector ex corte
de apelaciones Chillán”, nombra miembros integrantes de la comisión que indica y dispone designación
de ITO. ID 1036569-23-LE24.
13. El acta de visita a terreno de la licitación pública ID 1036569-23-LE24.
14. El acta de apertura y evaluación de ofertas de la licitación pública ID 1036569-23-LE24, suscrita por sus
respectivos integrantes.
15. La Sentencia de Calificación y Proclamación, Segunda Votación de la Elección de Gobernadores
Regionales Cuadrienio 2021-2025, de fecha 09 de julio de 2021, del Tribunal Calificador de Elecciones,
publicada en el Diario Oficial con fecha 14 de julio de 2021.
16. La Resolución Exenta Nº358 del 14 de julio de 2021 que resuelve la asunción del cargo de Gobernador
Regional de Ñuble al Sr. Óscar Crisóstomo Llanos.
17. La Resolución Exenta Nº257 del 25 de mayo de 2021 que delega en la jefatura de la división de
administración y finanzas la facultad de dictar resoluciones y firmar documentos que digan relación con
los siguientes procesos de compras: “Procedimientos de licitación pública, licitación privada, trato o
contratación directa regulados por la Ley 19.886 sobre contratación administración de suministro y
prestación de servicio y que se ejecutan a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
respecto de contrataciones que sean inferiores a 1000 UTM”
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Considerando
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1.- Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 del DFL 1-19175 que fija el texto refundido, coordinado,
sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración
Regional, la administración superior de cada región del país estará radicada en un gobierno regional, que tendrá
por objeto el desarrollo social, cultural y económico de ella. Los gobiernos regionales gozarán de personalidad
jurídica de derecho público, tendrán patrimonio propio y ejercerán las funciones y atribuciones que la ley les
confiere. Podrán desarrollar sus competencias directamente o con la colaboración de otros órganos de la
Administración del Estado.
2.- A su turno el inciso 2° del artículo 14, del aludido cuerpo normativo, dispone que, en el ejercicio de sus
funciones, -los Gobiernos Regionales- deberán inspirarse en principios de equidad, eficiencia y eficacia en la
asignación y utilización de recursos públicos y en la prestación de servicios; en la efectiva participación de la
comunidad regional y en la preservación y mejoramiento del medio ambiente, así como en los principios
establecidos por el artículo 30 de la Ley N° 18.575.
3.- Que, en este orden de consideraciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 19.175,
corresponderá al gobernador regional: letra l) Administrar, en los casos que determine la ley, los bienes
nacionales de uso público, letra m) Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios
públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo. Asimismo, el gobernador regional
podrá convocar a las secretarías regionales ministeriales y/o a las direcciones regionales de los servicios públicos
para tratar sus políticas, estrategias, planes, programas y proyectos, que contribuyan al cumplimiento de los
objetivos de la estrategia regional de desarrollo.
4.- Que, ante el traslado de la Iltma. Corte de Apelaciones al nuevo edificio del Poder Judicial en Ñuble, las
dependencias son puestas a disposición del Gobierno Regional de Ñuble.
5.- Que mediante Memo Interno N°30 del Encargado de Servicios, se procede a solicitar la habilitación de las
instalaciones para lo que se le encarga al jefe de División de Planificación y Desarrollo (DIPLADE) constituir la
unidad técnica para la ejecución del proyecto “Conservación sector ex Corte de Apelaciones”.
6.- Que, el monto total del proyecto es de M$18.000.000.- (dieciocho millones de pesos), el gasto se imputo a
través del subtitulo 22, Ítem 06, asignación 001; Mantención y Reparación de Edificaciones.
7.- Precisado lo anterior, por razones de mérito, conveniencia y oportunidad la autoridad administrativa
encomienda a la División de Infraestructura y Transporte del Gobierno Regional de Ñuble, la ejecución técnica y
administrativa del Proyecto denominado "Conservación Sector Ex Corte de Apelaciones Chillán", ID 1036569-
14-LE24", relativo a la función operativa en el portal de Mercado Público, que será efectuado por la División de
Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Ñuble.
8.- En este contexto, en virtud de la Resolución Exenta N° 412, de fecha 14 de junio de esta anualidad, este
servicio administrativo aprobó las Bases Administrativas Generales y Técnicas, convocó a Licitación Pública para
el proyecto denominado “Conservación Sector Ex Corte de Apelaciones Chillán”, se nombró al efecto una
comisión de evaluación y se nombró inspectores técnicos.
9.- Luego, en virtud de la Resolución Exenta N° 576, de fecha 30 de julio del año 2024, se aprueba el acta de
apertura y evaluación y se declara inadmisibles las ofertas que se indican y desierta la licitación pública ID
1036569-14-LE24 correspondiente al proyecto “Conservación sector ex Corte de Apelaciones Chillán”, en
atención a los fundamentos descritos en el aludido acto administrativo.
10.- Que, debido a que persiste la necesidad por parte de este Gobierno Regional, de ejecutar el proyecto de
“Conservación sector ex Corte de Apelaciones Chillán”, y habiéndose realizado un primer llamado a licitación
pública, la que se declaró desierta, se realizó un nuevo proceso de contratación, el que se efectuó por la
plataforma de compras públicas.
11.- Que, habida consideración a lo expuesto precedentemente se sanciona la Resolución Exenta N° 611, de 08
de agosto de 2024, del Gobernador Regional, que dispone nuevo llamado a licitación pública
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Resuelvo
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1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 1036569-23-LE24, CONSERVACIÓN SECTOR EX CORTE DE APELACIONES, El Gobierno Regional de Ñuble, ha dispuesto la Licitación Pública
para la contratación “Conservación sector ex corte de apelaciones”
de acuerdo a las exigencias de las presentes Bases
Administrativas, Especificaciones Técnicas, anexos y demás
antecedentes.
PROGRAMA DE FUNCIONAMIENTO
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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GOBIERNO REGIONAL DE ÑUBLE
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Unidad de Compra
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División de Administración y Finanzas
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R.U.T.
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62.000.390-5
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Dirección
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Av Libertad S/N 3er piso
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Comuna
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Chillán
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región del Ñuble
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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ROBERTO ESCOBAR PEREZ
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Cargo
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Adquisiciones y Presupuesto
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Teléfono
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56-42-2451042
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1036569-23-LE24
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Nombre de Adquisición
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CONSERVACIÓN SECTOR EX CORTE DE APELACIONES
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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El Gobierno Regional de Ñuble, ha dispuesto la Licitación Pública
para la contratación “Conservación sector ex corte de apelaciones”
de acuerdo a las exigencias de las presentes Bases
Administrativas, Especificaciones Técnicas, anexos y demás
antecedentes.
PROGRAMA DE FUNCIONAMIENTO
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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8/8/2024 16:06
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Fecha de Cierre
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19/8/2024 17:24
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 15.102.375
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 15.102.375
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Resultado de la Adjudicación
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