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1. Que, el Centro de Investigación, Desarrollo e Innovación de Estructuras y Materiales, en adelante IDIEM, es un centro tecnológico
dependiente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, orientado a la resolución de problemas de
alta complejidad en la cadena de valor de la industria de la construcción, ingeniería y minería, a través de ensayos, estudios técnicos
y peritaje.
2. Que, mediante Resolución Exenta N°E0299 de 2025, se autorizó el llamado a Licitación Pública y se aprobaron las Bases
Administrativas, Técnicas y Anexos destinado a regir la contratación del Servicio de Catering para Zona Norte, Centro y Sur, por un
período de 36 meses o hasta la total utilización de los recursos asignados, cualquiera de las circunstancias que se verifique primero.
3. Que, el proceso concursal contempló tres líneas, las cuales se detallan a continuación:
-Línea Nº1: Servicio de Catering Zona Norte.
-Línea Nº2: Servicio de Catering Zona Centro.
-Línea Nº3: Servicio de Catering Zona Sur.
4. Que, con fecha 30 de mayo de 2025, se publicaron en el portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID 5520-32-LE25, las Bases de
licitación aprobadas e individualizada en el considerando precedente, dando inicio al periodo de presentación de ofertas.
5. Que, entre los días 30 de mayo y el 03 de junio de 2025, ambas fechas inclusive, se recibió 1 pregunta en el foro de consultas
habilitado en el Sistema de Información del módulo dispuesto por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
6. Que, una vez cumplido el plazo de cierre de recepción de ofertas, se constató el ingreso de 6 ofertas, correspondiente a los
siguientes proveedores:
-ARCOFFE SERVICIOS DE CATERING SPA, RUT: 77.710.745-3, POSTULA A LÍNEAS 1, 2 Y 3.
- BREAK LIMITADA, RUT: 77.030.208-0, POSTULA A LÍNEA 2.
-EFEZETA ASESORIAS Y PRODUCCIONES SPA, RUT: 77.018.148-8, POSTULA A LÍNEAS 1, 2 Y 3.
-ELGUETA OYANEDEL Y COMPAÑIA LIMITADA ,RUT: 77.779.420-5, POSTULA A LÍNEA 2.
-JOKER SERVICIOS SPA (CON UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES), RUT: 76.938.028-0, POSTULA A LÍNEA 2.
-MARIA DORIS PINCHEIRA FIGUEROA, RUT: 5.937.695-0, POSTULA A LÍNEA 2.
7. Que, según lo dispuesto en el numeral 10 de las Bases Administrativas, y previo a evaluar las propuestas recibidas, se verificó el
cumplimiento de los requisitos mínimos de admisibilidad, estableciéndose que las ofertas de BREAK LIMITADA, RUT: 77.030.208-0,
EFEZETA ASESORIAS Y PRODUCCIONES SPA, RUT: 77.018.148-8 y MARIA DORIS PINCHEIRA FIGUEROA, RUT: 5.937.695-0
no cumplen con los requisitos mínimos de admisibilidad al no presentar la Resolución Sanitaria de funcionamiento vigente quedando
inadmisibles en el proceso, mientras que las demás ofertas presentaron la totalidad de la documentación solicitada.
8. Que, conforme lo establecido en las bases de licitación, se procedió a verificar que la oferta haya sido siguiendo las indicaciones de
estas, y que no exista ninguna deficiencia de presentación que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes o las
condiciones esenciales que permitan seleccionar la oferta más ventajosa, por lo que se pudo comprobar que la oferta de JOKER
SERVICIOS SPA (CON UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES), RUT: 76.938.028-0 no da cumplimiento a lo dispuesto en la letra
c) del artículo 180 del Decreto Supremo Nº661 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886, el cual
indica que la UTP se debe constituir exclusivamente para un proceso de compra en particular, por lo tanto, la oferta es declarada
inadmisible.
9. Que, conforme lo establecido en las bases de licitación, se procedió a verificar que la oferta haya sido siguiendo las indicaciones de
estas, y que no exista ninguna deficiencia de presentación que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes o las
condiciones esenciales que permitan seleccionar la oferta más ventajosa, por lo que se pudo comprobar que las ofertas de ARCOFFE
SERVICIOS DE CATERING SPA, RUT: 77.710.745-3 y ELGUETA OYANEDEL Y COMPAÑIA LIMITADA ,RUT: 77.779.420-5 no
presentan deficiencias, lo cual permitió continuar con la evaluación.
10. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en las Bases Administrativas de Licitación y conforme al procedimiento de evaluación allí
establecido, la Comisión Evaluadora analizó las ofertas que avanzaron a la etapa de evaluación técnica y económica, aplicando de
manera estricta los criterios de evaluación definidos en el numeral 11 del referido documento. Estos criterios corresponden a: Precio
(50%), Plazo de Ejecución del Servicio (25%), Experiencia de la Empresa (20%), Criterio de sustentabilidad (2%), Cumplimiento del
programa de integridad (2%) y Cumplimiento de requisitos formales (1%). La evaluación fue desarrollada de acuerdo con los principios
de objetividad, transparencia y estricta sujeción a las disposiciones contenidas en las bases, garantizando la correcta aplicación de los
factores ponderados y asegurando la selección de la oferta más ventajosa para los fines institucionales.
11. Que, conforme a los criterios establecidos en el considerando anterior, la Comisión Evaluadora ha propuesto adjudicar la presente
licitación a la oferta presentada por el proponente ARCOFFE SERVICIOS DE CATERING SPA, RUT: 77.710.745-3, para las líneas
Nº1 y 3 Servicio de Catering Zona Norte y Sur respectivamente, en atención al puntaje total obtenido de un 76% en el proceso de
evaluación en cada línea, el cual se desglosa de la siguiente manera: Precio (50%), Plazo de Ejecución del Servicio (25%),
Experiencia de la Empresa (0%), Criterio de sustentabilidad (0%), Cumplimiento del programa de integridad (0%) y Cumplimiento de
requisitos formales (1%). La propuesta se ajusta cabalmente a los requerimientos técnicos, económicos y administrativos establecidos
por IDIEM, según consta en el informe emitido por la Comisión Evaluadora que se adjunta al presente acto administrativo.
12. Que, conforme a los criterios establecidos en el considerando anterior, la Comisión Evaluadora ha propuesto adjudicar la presente
licitación a la oferta presentada por el proponente ELGUETA OYANEDEL Y COMPAÑIA LIMITADA ,RUT: 77.779.420-5, para la línea
Nº2 Servicio de Catering Zona Centro, en atención al puntaje total obtenido de un 94,9% en el proceso de evaluación en cada línea, el
cual se desglosa de la siguiente manera: Precio (46,9%), Plazo de Ejecución del Servicio (25%), Experiencia de la Empresa (20%),
Criterio de sustentabilidad (0%), Cumplimiento del programa de integridad (2%) y Cumplimiento de requisitos formales (1%). La
propuesta se ajusta cabalmente a los requerimientos técnicos, económicos y administrativos establecidos por IDIEM, según consta en
el informe emitido por la Comisión Evaluadora que se adjunta al presente acto administrativo.
13. Que, IDIEM cuenta con disponibilidad presupuestaria para poder adjudicar la presente licitación por el total del presupuesto
disponible según la Resolución Exenta N°E0299 de 2025, según consta de certificado de disponibilidad presupuestaria adjunto.
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1. APRUÉBESE el Informe de Evaluación de la licitación pública ID N° 5520-32-LE25, suscrito por la Comisión Evaluadora, integrada
por: María Jesús Nazal Nazal, Jefe de Sección Gestión de Personas, Camila Guerra Muñoz, Profesional de Gestión de Personas y
Karina Maldonado Villarroel, Profesional de Gestión de Personas.
2. APRUÉBESE la consulta formulada por los proveedores y las respuestas entregadas por vuestra institución, correspondientes al
período comprendido entre el 30 de mayo y el 03 de junio de 2025, las que se entienden incorporadas como antecedentes del
proceso licitatorio.
3. DECLÁRESE inadmisible la oferta presentada por BREAK LIMITADA, RUT: 77.030.208-0, EFEZETA ASESORIAS Y
PRODUCCIONES SPA, RUT: 77.018.148-8, MARIA DORIS PINCHEIRA FIGUEROA, RUT: 5.937.695-0 y JOKER SERVICIOS SPA
(CON UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES), RUT: 76.938.028-0 de la licitación pública ID 5520-32-LE25 Servicio de Catering
para Zona Norte, Centro y Sur conforme lo señalado en el considerando séptimo y octavo de la presente resolución.
4. DECLÁRESE admisibles las ofertas de los siguientes proveedores, presentadas para la licitación pública ID N° 5520-32-LE25, de
conformidad a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
-ARCOFFE SERVICIOS DE CATERING SPA, RUT: 77.710.745-3, PARA LÍNEAS 1, 2 Y 3.
-ELGUETA OYANEDEL Y COMPAÑIA LIMITADA ,RUT: 77.779.420-5, PARA LÍNEA 2.
5. ADJUDÍQUESE la licitación pública ID N° 5520-32-LE25 para la línea Nº1 y 3 Servicio Catering para Zona Norte y Sur
respectivamente, al proveedor ARCOFFE SERVICIOS DE CATERING SPA, RUT: 77.710.745-3, por un presupuesto equivalente de
hasta $24.000.000 (veinticuatro millones de pesos) IVA incluido, según lo establecido en el numeral 2 de las Bases Administrativas de
Licitación.
6. ADJUDÍQUESE la licitación pública ID N° 5520-32-LE25 para la línea Nº2 Servicio Catering para Zona Centro, al proveedor
ELGUETA OYANEDEL Y COMPAÑIA LIMITADA ,RUT: 77.779.420-5, por un presupuesto equivalente de hasta $43.000.000
(cuarenta y tres millones de pesos) IVA incluido, según lo establecido en el numeral 2 de las Bases Administrativas de Licitación.
7. El monto total de la adjudicación que por esta Resolución Exenta se autoriza asciende a la suma de hasta $67.000.000 (sesenta y
siete millones de pesos) IVA incluido, correspondiente a la línea Nº1: Servicio de Catering Zona Norte $12.000.000 (doce millones de
pesos), línea Nº2: Servicio de Catering Zona Centro $43.000.000 (cuarenta y tres millones de pesos) y línea Nº3: Servicio de Catering
Zona Sur $12.000.000 (doce millones de pesos). El pago se realizará dentro de los 30 días contados desde la recepción de las
respectivas facturas en la Unidad Gestión de Proveedores de IDIEM, y previa recepción conforme de los productos requeridos.
8. Emítase las ordenes de compra respectiva con los oferentes ARCOFFE SERVICIOS DE CATERING SPA, RUT: 77.710.745-3 y
ELGUETA OYANEDEL Y COMPAÑIA LIMITADA ,RUT: 77.779.420-5, a efectos de formalizar la contratación, de conformidad con lo
establecido en el numeral 20 de las Bases Administrativas aprobadas mediante Resolución Exenta N°E0299 de 2025.
9. Impútese el gasto que irrogue la contratación que por esta Resolución Exenta se aprueba al Título A, Subtítulo 2, ítem 2.6 del
presupuesto vigente de esta Universidad y para el año 2026, 2027 y 2028.
10. Publíquese la presente Resolución Exenta en el Portal www.mercadopublico.cl conforme a lo establecido en el artículo 57 del Reglamento
de la Ley Nº 19.886.
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