|
VISTOS
El Decreto N° 100 de 2005, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile, el Decreto con Fuerza de Ley Nº1/19653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2006, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley Nº19.378 Estatuto de Atención Primaria de Salud; la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de 2003, del Ministerio de Hacienda, Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el Decreto N°661 de 03 de junio de 2024 del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones, que aprobó el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda; el Decreto N°4943 de fecha 06 de diciembre de 2024 que nombra Alcalde Titular; el Decreto N°1657 de fecha 01 de abril de 2025 que nombra Administrador Municipal Titular; el Decreto N°6219 de fecha 01 de diciembre de 2010 que nombra Secretaria Municipal Titular.
|
|
CONSIDERANDO
a) Que, el Departamento de Salud Vicuña convocó el proceso de licitación pública identificada en el portal www.mercadopublico bajo la ID 3614-4-LE26, denominada “ADQUISICIÓN DE INSUMOS MÉDICOS”, la cual se rigió por las bases administrativas, especificaciones técnicas y sus anexos aprobados mediante Decreto N°994 de fecha 27 de marzo de 2026.
b) Que, mediante Decreto N°1369 de fecha 28 de abril de 2026 se resolvió el proceso licitatorio indicado en el considerando precedente, adjudicando de la siguiente forma las siguientes líneas:
• Línea N° 3 GEL CONDUCTOR FRASCO 250 CC PARA ULTRASONIDO, al proveedor SERVICIOS Y ASESORÍAS HEALTHSTORE SPA, RUT 78.838.070-4, por un monto de $ 66.402 (sesenta y seis mil cuatrocientos dos pesos) IVA incluido.
• Línea N° 26 ALCOHOL ISOPROPILICO 70% TOALLA SACHET 3 CMS 5X5, al proveedor SERVICIOS Y ASESORÍAS HEALTHSTORE SPA, RUT 78.838.070-4, por un monto de $21.420 (veintiún mil cuatrocientos veinte pesos) IVA incluido.
• Línea N° 28 ANTIPARA USO CLÍNICO, al proveedor DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DE LABORATORIO DIPROLAB, RUT 78.027.120-5, por un monto de $75.268 (setenta y cinco mil doscientos sesenta y ocho pesos) IVA incluido.
• Línea N° 31 PECHERA PLÁSTICA DESECHABLE CON MANGAS Y OJAL, al proveedor INGENIERÍA, SOPORTE Y CADENA DE SUMINISTRO SPA, RUT 77.025.316-0, por un monto de $54.740 (cincuenta y cuatro mil setecientos cuarenta pesos) IVA incluido.
c) Que, una vez adjudicada la licitación 3614-4-LE26, con fecha 30 de abril de 2026 para las líneas 3 y 26, mediante correo electrónico el proveedor SERVICIOS Y ASESORÍAS HEALTHSTORE SPA, RUT 78.838.070-4 informa que “el monto de despacho mínimo para la zona de Vicuña por punto de distribución es de $100.000. Adjunto Anexo Económico de respaldo. Agradeceré por favor readecuar el monto de la OC para proceder con el despacho a la brevedad.”
d) Que, una vez adjudicada la licitación 3614-4-LE26, con fecha 30 de abril de 2026 mediante correo electrónico el proveedor DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DE LABORATORIO DIPROLAB, RUT 78.027.120-5 informa que “podemos hacer el envío, pero con flete por pagar, ya que no cumple con el monto mínimo para despachar con flete pagado que es sobre los $ 150.000 netos”.
e) Que, una vez adjudicada la licitación 3614-4-LE26, con fecha 4 de mayo de 2026 mediante correo electrónico el proveedor INGENIERÍA, SOPORTE Y CADENA DE SUMINISTRO SPA, RUT 77.025.316-0 informa que “las pecheras con mangas y ojal se encuentran con quiebre sin fecha de reposición”.
f) Que, según lo dispuesto en el punto 33 de las bases, así como lo dispuesto en el artículo 58 del Decreto N°661/2025 que aprueba el reglamento de la Ley 19.886: “Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original”.
g) Que, según Acta de Evaluación de fecha 23 de abril de 2026, emitido por la comisión evaluadora los puntajes obtenidos por los proveedores evaluados para las líneas N°3,26,28 y 31 fueron los siguientes:
h) Que, por lo tanto, para la línea N°3 corresponde Readjudicar al segundo proveedor mejor evaluado, siendo este SOCIEDAD INMOBILIARIA Y PRESTADORA DE SERVICIOS MÉDICOS VIVIRSALUD LIMITADA, RUT 76.209.015-5, por un monto de $ 75.684 (setenta y cinco mil seiscientos ochenta y cuatro pesos).
i) Que, por lo tanto, para la línea N°26 corresponde Readjudicar al segundo proveedor mejor evaluado, siendo este, JFV SPA, RUT 77.561.431-5, por un monto de $ 21.420 (veintiún mil cuatrocientos veinte pesos).
j) Que, por lo tanto, para la línea N°28 corresponde Dejarla desierta, puesto que de las dos ofertas recibidas una no cumple con las EE.TT. y la otra tiene un monto mínimo de despacho superior al monto adjudicado.
k) Que, por lo tanto, para la línea N°31 corresponde Readjudicar al segundo proveedor mejor evaluado, siendo este, NEMO CHILE, RUT 76.215.260-6 por un monto de $ 304.640 (trescientos cuatro mil seiscientos cuarenta pesos).
|
|
DECRETO
1) DÉJESE SIN EFECTO la adjudicación de las líneas N° 3 GEL CONDUCTOR FRASCO 250 CC PARA ULTRASONIDO y N°26 ALCOHOL ISOPROPILICO 70% TOALLA SACHET 3 CMS 5X5 en licitación pública 3614-4-LE26 autorizada mediante Decreto N°1369 de fecha 28 de abril de 2026, al proveedor SERVICIOS Y ASESORÍAS HEALTHSTORE SPA, RUT 78.838.070-4, por un monto de $ 87.822 (ochenta y siete mil ochocientos veinte y dos pesos) IVA incluido.
2) DÉJESE SIN EFECTO la adjudicación de la línea N° 28 línea N° 28 ANTIPARA USO CLÍNICO en licitación pública 3614-4-LE26 autorizada mediante Decreto N°1369 de fecha 28 de abril de 2026, al proveedor DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DE LABORATORIO DIPROLAB, RUT 78.027.120-5, por un monto de $75.268 (setenta y cinco mil doscientos sesenta y ocho pesos) IVA incluido.
3) DÉJESE SIN EFECTO la adjudicación de la línea N° 31 PECHERA PLÁSTICA DESECHABLE CON MANGAS Y OJAL en licitación pública 3614-4-LE26 autorizada mediante Decreto N°1369 de fecha 28 de abril de 2026, al proveedor INGENIERÍA, SOPORTE Y CADENA DE SUMINISTRO SPA, RUT 77.025.316-0, por un monto de $54.740 (cincuenta y cuatro mil setecientos cuarenta pesos) IVA incluido.
4) RE ADJUDÍQUESE la línea N° 3 GEL CONDUCTOR FRASCO 250 CC PARA ULTRASONIDO en licitación pública 3614-4-LE26 al proveedor SOCIEDAD INMOBILIARIA Y PRESTADORA DE SERVICIOS MÉDICOS VIVIRSALUD LIMITADA, RUT 76.209.015-5, por un monto de $ 75.684 (setenta y cinco mil seiscientos ochenta y cuatro pesos).
5) RE ADJUDÍQUESE la línea N° 26 ALCOHOL ISOPROPILICO 70% TOALLA SACHET 3 CMS 5X5 en licitación pública 3614-4-LE26 al proveedor JFV SPA, RUT 77.561.431-5, por un monto de $ 21.420 (veintiún mil cuatrocientos veinte pesos).
6) DECLÁRESE DESIERTA la línea N° 28 ANTIPARA USO CLÍNICO en licitación pública 3614-4-LE26 puesto que de las dos ofertas recibidas ninguna resulta conveniente para este departamento.
7) RE ADJUDÍQUESE la línea N° 31 PECHERA PLÁSTICA DESECHABLE CON MANGAS Y OJAL en licitación pública 3614-4-LE26 al proveedor NEMO CHILE, RUT 76.215.260-6 por un monto de $ 304.640 (trescientos cuatro mil seiscientos cuarenta pesos).
8) EMÍTASE las respectivas órdenes de compra a través del portal www.mercadopublico.cl y PÁGUESE a los proveedores– previa recepción conforme – las sumas referidas en las órdenes de compra.
9) DÉJESE establecido que todo lo no modificado por el presente decreto continua vigente el Decreto N°1369 de fecha 28 de abril de 2026.
10) ENTIÉNDASE el presente decreto como parte integrante del Decreto N°1369 de fecha 28 de abril de 2026.
11) IMPÚTESE el gasto que irroga la presenta adquisición al presupuesto disponible de esta anualidad del Departamento de Salud Municipal, cuenta contable 2152204005 denominada “materiales y útiles quirúrgicos”.
12) EXÍMASE, de la obligación de realizar contrato de suministro, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 117 del Reglamento de la Ley de Compras que indica que las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor. De la misma forma, podrán formalizarse las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación.
13) PUBLÍQUESE el contenido del presenta acto administrativo mediante su inserción en el Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones Públicas, www.mercadopublico.cl, conforme a lo previsto en la Ley N°19.886.
ANÓTESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y ARCHÍVESE.
SECRETARÍA MUNICIPAL ADMINISTRADOR MUNICIPAL
ECC/RRL/LMR/krr.
Distribución:
- Secretaría Municipal (1)
- Departamento de Salud (1)
|