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1. D.F.L. Nº 1/2005 del Ministerio de Salud, que aprobó el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L.
Nº 2763/1979, leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.
2. D.S. Nº 140/2004 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.
3. Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
4. D.S. Nº 661/2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886.
5. Ley N°20.128 sobre responsabilidad fiscal, artículo 14.
6. Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares.
7. Ley N° 21.796, que aprueba presupuesto del sector público año 2026.
8. Resolución Nº 36/2024 de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite
de toma de razón.
9. Resolución Exenta N°459 del 09.02.2024 que encomienda funciones de Director del Hospital San Agustín de
Collipulli a don Pablo Andrés González Stuardo.
10.Resolución exenta N°1254 del 16.12.2025 que designa orden de subrogancia para el cargo de director del Hospital San Agustín de Collipulli en primer orden a Don Javier Arias Navarrete.
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1.La necesidad de adquirir compra servicio de movilización para programa de salud mapuche, durante 8 meses para el Hospital San Agustín de Collipulli, según especificaciones técnicas adjuntas.
2.Formulario solicitud de adquisición N°57/21.04.2026, proveniente de Claudia Cayul Namoncura, Encargada de Programa de Salud Mapuche Hospital san Agustín de Collipulli, donde solicita adquirir convenio para dicha unidad.
3.Que, en virtud de lo señalado en el considerando anterior, el Hospital San Agustín de Collipulli requiere llamar
a licitación pública denominada COMPRA SERVICIO DE MOVILIZACIÓN PARA PROGRAMA DE SALUD MAPUCHE, HOSPITAL SAN AGUSTÍN DE COLLIPULLI, ID: 1057387-15-LE26.
4.Resolución Exenta N°384 de fecha 28 de abril del 2026, que autoriza el llamado a propuesta publica para la materialización de licitación denominada “SERVICIO DE MOVILIZACIÓN PARA PROGRAMA DE SALUD MAPUCHE HOSPITAL SAN AGUSTÍN DE COLLIPULLI”, ID 1057387-15-LE26
5.Acta de apertura electrónica de la licitación denominada “SERVICIO DE MOVILIZACIÓN PARA PROGRAMA DE SALUD MAPUCHE HOSPITAL SAN AGUSTÍN DE COLLIPULLI”, ID 1057387-15-LE26 de fecha 13 de mayo de 2026, en la cual se establece que a dicha licitación se presentaron cuatro ofertas a través del portalwww.mercadopublico.cl: 1) CALICAR LTDA, Rut 76.827.597-1; 2) DIEGO FARIAS, Rut 76.595.092-9; 3)TRANSPORTES C&M LIMITADA, Rut 78.057.899-8; 4) TRANSPORTES MARDONES Rut 9.246.636-1 solo una oferta se declaró admisible quedando fuera los siguientes proveedores 1) CALIR LTDA; No presenta respaldos fotográficos de EPP, silla o alzadores, y accesorios de seguridad, no presenta datos del conductor (factor excluyente), 2) DIEGO FARIAS; No presenta respaldos fotográficos de EPP, silla o alzadores, y accesorios de seguridad (factor excluyente), 3) TRANSPORTES CYM LIMITADA; No presenta respaldos fotográficos de EPP, silla o alzadores, y accesorios de seguridad (factor excluyente), no hubo observaciones a la apertura.
6.Informe de la Comisión Evaluadora de la licitación denominada “SERVICIO DE MOVILIZACIÓN PARA PROGRAMA DE SALUD MAPUCHE, HOSPITAL SAN AGUSTÍN DE COLLIPULLI” ID 1057387-15-LE26, de fecha 14 de mayo de 2026, mediante el cual se establece que, a dicha licitación, compuesta de 1 línea de licitación: Servicio de movilización para programa de salud mapuche, Hospital San Agustín de Collipulli. El mencionado informe establece: 1) El oferente que presento su oferta y cumplió con el requisito de apertura es la siguiente: TRANSPORTES MARDONES, Rut 9.246.636-1, 2) No hubo ofertas rechazadas al momento de la apertura electrónica. 3) Si hubo foro de preguntas y respuestas. 4) No hubo foro inverso. 5) Los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación. 6) El resultado final de la evaluación según la metodología establecida en las respectivas bases administrativas. 7) Propuesta de la comisión de evaluación: De acuerdo con los antecedentes señalados, esta comisión propone al Director del Hospital San Agustín de Collipulli, adjudicar a la licitación denominada “SERVICIO DE MOVILIZACIÓN PARA PROGRAMA DE SALUD MAPUCHE, HOSPITAL SAN AGUSTÍN DE COLLIPULLI” ID 1057387- 15-LE26, al proveedor HECTOR FERNANDO MARDONES ANABALON. Rut 9.246.636-1, razón social HECTOR FERNANDO MARDONES ANABALON, por un monto total, de $30.000.000.- (treinta millones) IVA incluido, por el periodo de 8 meses, por ser la mejor alternativa según bases técnica y administrativa del proceso, validando conveniencia para el servicio.
7.Declaración de ausencia de conflictos de intereses y confidencialidad de la comisión que procedió a firmar el acta de evaluación individualizada precedentemente. Se firmó por tres miembros tal como lo exigido en bases.
8.Certificado de estado de inscripción en Chile proveedores, de fecha 14 de mayo del 2026, en que se certifica que el proveedor HECTOR FERNANDO MARDONES ANABALON. Rut 9.246.636-1, figura con la calidad de “hábil”, al cumplir con los requisitos de inscripción en el Registro electrónico Oficial de proveedores del estado de Chile.
9.De los antecedentes señalados en los considerandos, se establece que a denominada licitación “SERVICIO DE MOVILIZACIÓN PARA PROGRAMA DE SALUD MAPUCHE, HOSPITAL SAN AGUSTÍN DE COLLIPULLI” ID 1057387-15-LE26, para que la institución cuente con dichos servicios, se presentó una oferta, cumpliendo con los requisitos establecidos en las bases y por tanto se declara admisible, procediéndose por tanto, a ser evaluada según lo establecidos en los criterios de evaluación de cuyo resultado se colige que resulta ser adjudicado el proveedor HECTOR FERNANDO MARDONES ANABALON, Rut 9.246.636-1
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