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Lo dispuesto en el D.F.L. MOP Nº 850/97, la Ley Nº 19.886, el Decreto de Hacienda Nº 661/2024 y 662/2025, el Decreto MOP Nº 263/2016, que modifica Decretos MOP. Nº 1141/2006 y 412/2007, los antecedentes que se acompañan y en uso de las facultades delegadas por Res. Ex. D.V. N° 880 de fecha 25.04.2023 que designa Jefe Provincial de Concepción a don Mario López Reinoso, Res. Ex. D.V. 3565 de fecha 07.11.2024 que designa como Primer Subrogante de la Jefatura Provincial de Vialidad de la Provincia de Concepción a don Osvaldo Marchant Vera , la Resolución Nº 36 de 2024 y Resolución N° 8 de 2025, que fijan normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, ambas de la Contraloría General de la República.
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1. Qué, con Resolución Exenta DRV Biobío Nº 492 de fecha 11.03.2026 se APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS TIPO PARA LICITACIÓN PÚBLICA IGUAL O SUPERIOR A 100 UTM E INFERIOR A 1000 UTM (LE) PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL PÉTREO PARA OBRAS DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LAS PROVINCIAS DE BIOBÍO Y CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD REGIÓN DEL BIOBÍO Y FORMATO DE ANEXO COMPLEMENTARIO.
2. Qué, con Resolución Exenta JPVC Nº 63 de fecha 24.04.2026 se AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA SUMINISTRO MATERIAL PÉTREO EN ACOPIO RECINTO CURALÍ, SANTA JUANA, DE ACUERDO A BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS TIPO PARA LICITACIÓN PÚBLICA IGUAL O SUPERIOR A 100 UTM E INFERIOR A 1000 UTM (LE) PARA EL SUMINISTRO DE MATERIAL PÉTREO PARA OBRAS DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LAS PROVINCIAS DE ARAUCO, BIOBÍO Y CONCEPCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD REGION DEL BIOBIO APROBADAS POR RESOLUCIÓN EX. DRV REGIÓN DEL BIOBÍO N° 492 DEL 11/03/2026 Y APRUEBA ANEXO COMPLEMENTARIO
3.- Qué, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia de probidad administrativa, establecidas en los artículos 52 y 53 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y conforme a lo instruido por Ord. DV Nº 11243 de 18.12.2024 se deja constancia de que en el proceso de contratación 999-17-LE26, correspondiente a “ADQUISICIÓN DE SUMINISTRO MATERIAL PÉTREO EN ACOPIO RECINTO CURALÍ, SANTA JUANA”, los Revisores designados, Srta. Gisela Rocha Guzman, Rut. 10872319-K y Srta. Maribel Chavarria Barria Rut. 13593238-8, firmaron la Declaración Jurada de No Conflicto de Interés para Personas que Participan en Procesos de Contratación, la que se mantendrá en custodia en la Unidad Regional Gestión y Desarrollo de Personas y Administración de la Dirección de Vialidad, Región del Biobío.
4. Qué, efectuada la apertura electrónica en plataforma www.mercadopublico.cl, se recibieron 5 (cinco) ofertas y que corresponden a:
- ÁRIDOS MADESAL SPA RUT: 76.250.013-2
- SERVICIOS MACO RENTAL SPA. RUT 77.219.286-K
- ALTA RUTA INGENIERIA Y CONSTRUCCION SPA 78.256.659-8
- ARIDOS CANTARUTA LIMITADA 77.070.170-8
- TRANSPORTES FRANJA SPA 76.404.426-6
5. Qué, conforme a lo estipulado en las bases de licitación, las ofertas fueron evaluadas con los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos porcentajes, Económico 85%, Programa de Integridad y Ética Empresarial 10% y Comportamiento Contractual Anterior 5%.
6. Qué, de acuerdo a Acta de Evaluación de fecha 11.05.2026, los Revisores concluyeron lo siguiente:
6.1 Que, Con fecha 07.05.2026, el Sub. Departamento de Medio Ambiente y Territorio se pronuncia respecto a los antecedentes medio ambientales presentados por los oferentes, de acuerdo al siguiente detalle:
De acuerdo con la revisión de los documentos ingresados para evaluación, correspondiente a la Licitación 999 17-LE26 denominada “SUMINISTRO DE MATERIAL PETREO ACOPIO CURALI, COMUNA DE SANTA JUANA, PROVINCIA DE CONCEPCION, REGION DEL BIOBIO”, este Sub. Departamento tiene el siguiente pronunciamiento:
1. Alta Ruta Ingeniería y Construcción: Prórroga del Decreto N°82, de fecha 12 de febrero de 2025, autorizada por un plazo de 4 meses desde su emisión, encontrándose a la fecha caducada. En cuanto a la patente industrial de Áridos Coihue y la patente comercial de Alta Ruta, ambas se encuentran vigentes en cumplimiento.
Respecto de la georreferenciación, la planta de áridos cumple; sin embargo, se encuentra pendiente la presentación del punto de extracción.
2. Aridos Cantaruta: La RCA, la patente industrial y la georreferenciación de la plata productora de materiales y del punto de extracción de Cantaruta, se encuentran vigentes y en cumplimiento.
3. Aridos Madesal Spa: Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°42/2015 y la Resolución del Recurso de Reclamación N°864/2015. Asimismo, la patente industrial y la georreferenciación de la planta de áridos y punto de extracción de Madesal se encuentran vigentes y en cumplimiento.
4. Servicios Maco Rental Spa: Presenta la RCA N°171/2021 (NPSH), patente industrial NPSH y patente comercial de Maco Rental. Asimismo, la georreferenciación de la planta de áridos se encuentra vigente y en cumplimiento.
5. Transportes Franjas Spa: RCA de Abratec, patente industrial de Abratec y patente comercial de Franja SpA, todas vigentes y en cumplimiento de la normativa aplicable.
No obstante, no se adjunta la georreferenciación de los puntos correspondientes a la planta productora ni del punto de extracción.
En conclusión, tras la evaluación correspondiente, se determina que los tres (3) oferentes mencionados a continuación cumplen con los requisitos establecidos en las bases técnicas de medio ambiente:
• Áridos Madesal
• Maco Rental Spa
• Áridos Cantaruta
Estos oferentes acreditan el cumplimiento de las exigencias establecidas en el punto 1.5 de los antecedentes técnicos de medio ambiente, lo que le permite continuar en el proceso de evaluación.
Se debe tener en cuenta lo siguiente:
De acuerdo con la evaluación ambiental de los proyectos con RCA Favorable o con Decretos Alcaldicios, las empresas deben comprometerse a cumplir con la normativa de vialidad (DS 158/80, DS 200/94, DFL 850/97). Por lo tanto, las empresas deberán demostrar al Inspector Fiscal del contrato que cumplen con los requisitos normativos relacionados con: Pesos por eje, Camiones encarpados, usencia de elementos adosados a la carrocería y de arrastre de material a las calzadas de caminos públicos
Las empresas que realizan compraventa de material pétreo deberán presentar la documentación necesaria que acredite el origen del material. Además, deberán cumplir con toda la normativa de transporte aplicable. Se requiere que el Inspector Fiscal verifique el cumplimiento de este punto.
En relación con el transporte por caminos bajo la tuición de la Dirección de Vialidad, las empresas deberán asegurar que sus desplazamientos se efectúen exclusivamente por puentes y rutas que garanticen la protección y conservación de la infraestructura vial.
6.2 Las Ofertas de: ARIDOS MADESAL SPA, MACO RENTAL SPA., ARIDOS CANTARUTA LIMITADA fueron evaluadas para dar cumplimiento a lo señalado en las Bases administrativas y técnicas.
6.3 Propone adjudicar a la empresa SERVICIOS MACO RENTAL SPA , Rut: 77.683.354-1, que obtiene el mejor puntaje y es conveniente a los intereses fiscales.
7.- Qué, el financiamiento fue autorizado mediante Solicitud de Presupuesto Nº GP – 9 del 13.03.2026 firmado por el Jefe Provincial de Vialidad Concepción.
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