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1. Lo dispuesto en el DFL N.°1/19.653, de 2011 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N.°18.575 “Orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado y probidad administrativa aplicable”.
2. La Ley N.°18.928 “Fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas” y su reglamento de aplicación.
3. La Ley N.°19.799 “Sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma”.
4. La Ley N.°19.880 “Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
5. La Ley N.º 21.796 “Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2026”.
6. La Ley N.°19.886 “Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios”.
7. La Ley N.°21.634 “Moderniza la Ley N.°19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del Gasto Público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado”.
8. El Decreto N.°661 de la Ley N.°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, del Ministerio de Hacienda.
9. La Ley CIMI N.º18.723 “Otorga atribuciones que indica al Comando de Industria Militar e Ingeniería del Ejército”.
10. La Resolución N.°36 de la Contraloría General de la República de 23DIC2024 “Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón”.
11. La Ley N.º21.131 “Establece pago a 30 días”.
12. El DL N.º825 de 1974 “Ley sobre impuesto a las ventas y servicios”.
13. La Ley N.º20.285 “Sobre acceso a la información pública”.
14. Lo dispuesto en la Resolución Exenta CGGERM-CIMI AS JUR (R) N.º 6000/6/44 del 07ENE2026 del Comandante de Industria Militar e Ingeniería, que delega facultades al Director del IDIC.
15. Lo dispuesto en Decreto Exento RA N.°118406/1124/2025 del 06MAY2025 de la SSFAs, que encomienda funciones directivas al CRL LEONARDO ALBORNOZ SALINAS, para ejercer funciones de Director del Instituto de Investigaciones y Control a contar del 29NOV2024.
16. Certificado de Búsqueda de Economía Circular de fecha 06ABR2026.
17. Los Certificados de Búsqueda de Convenio Marco con fecha 25MAR2026.
18. La Solicitud de Adquisición SAB N.º84, de fecha 25MAR2026, presentada por el Jefe Escalón Soporte de la Sección Informática y Computación del IDIC, para la adquisición de insumos para impresoras.
19. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N.°83, de fecha 19MAR2026, el cual autoriza los fondos para el presente año 2026.
20. Resolución Exenta Aprueba Bases IDIC SD SAB (P) N.°4182/363000/2038/EXENTA de fecha 17ABR2026.
21. Publicación de Licitación en el Sistema de Información Mercado Público con ID N.º3654-13-LE26 con fecha 21ABR2026.
22. Foro de preguntas y respuestas del proceso de licitación ID N.°3654-13-LE26, realizadas en Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
23. Aclaraciones de ofertas realizadas en Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl del proceso ID N.°3654-13-LE26.
24. Cuadro Comparativo del proceso licitatorio ID N.°3654-13-LE26.
25. Matriz de Decisión del proceso licitatorio ID N.°3654-13-LE26.
26. Evaluaciones de Especificación Técnica, de fecha 11MAR2026.
27. Declaración Jurada de Ausencia de Conflictos de Intereses y de Confidencialidad del proceso licitatorio ID N.°3654-13-LE26.
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1. Que, mediante Decreto de “VISTO N.°15” se designa al CRL LEONARDO ALBORNOZ SALINAS, como Director del Instituto de Investigaciones y Control a contar del 29NOV2024.
2. Que, mediante la Resolución de “VISTO N.º14” se delegan facultades al Director del IDIC, para contratar mediante Licitación Pública la Adquisición de Insumos para Impresoras con el fin de abastecer la Bodega Central del Instituto de Investigaciones y Control, que se encuentran contemplados en la partida 11 del presupuesto el Sector Público para el año 2026.
3. Que, el bien y sus características técnicas, no se encuentra disponible en el Catálogo de Economía Circular del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el cual fue revisado previo a esta compra indicado en “VISTO N.°16”.
4. Que, el bien y sus características técnicas, no se encuentran disponibles en el Catálogo de Convenio Marco, indicado en “VISTO N.°17”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89, del Decreto N.°661 de la Ley N.º21.634, resultando aplicable el procedimiento de Licitación Pública o Contratación Directa conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
5. Que, el Jefe Escalón Soporte de la Sección Informática y Computación del IDIC, solicita la Adquisición de Insumos para Impresoras con el fin de abastecer la Bodega Central del Instituto de Investigaciones y Control, de “VISTO N.°18”.
6. Que, mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de “VISTO N.°19” y en conformidad a la autorización otorgada por la Ley N.°21.796, sobre presupuesto para el Sector Público correspondiente al año 2026, el Jefe del Departamento de Finanzas del Instituto de Investigaciones y Control del Ejército, certifica que a esta fecha el IDIC, cuenta con la disponibilidad de fondos, para financiar la Adquisición de Insumos para Impresoras con el fin de abastecer la Bodega Central del Instituto de Investigaciones y Control, por un valor total de hasta $13.478.026.- (trece millones cuatrocientos setenta y ocho mil veintiséis pesos) IVA incluido, con cargo a la cuenta N.°22.04.009 “Insumos, Repuestos y Accesorios Computacionales” Centro Financiero 741500, para fines de respaldo del proceso de compras pertinente.
7. Que, con fecha 05MAY2026, el Jefe Escalón Soporte de la Sección Informática y Computación del IDIC, firma la correspondiente Declaración de Ausencia de Conflictos de Intereses y Confidencialidad, del proceso licitatorio ID N.°3654-13-LE26, de “VISTO N.°27”.
8. Que, conforme a resolución indicada en “VISTO N.°20”, el Instituto de Investigaciones y Control, aprueba Bases Administrativas y Técnicas y realiza un llamado a Licitación Pública con el ID N.°3654-13-LE26, para la Adquisición de Insumos para Impresoras con el fin de abastecer la Bodega Central del Instituto de Investigaciones y Control.
9. Que, en el aludido proceso licitatorio para la Adquisición de Insumos para Impresoras con el fin de abastecer la Bodega Central del Instituto de Investigaciones y Control, con ID N.°3654-13-LE26, se presentaron las siguientes empresas:
PROVEEDOR N° EMPRESA RUT
1 INTELPRINT CHILE SPA
(INTELPRINT) 76.908.814-8
2 SOCIEDAD COMERCIAL ALCA LIMITADA
(ALCA LTDA) 76.596.570-5
3 IMPORTADORA INTERNATIONAL TECHNICS GRAPHICS LIMITADA
(IMPORTADORA ITG LTDA) 76.493.820-8
4 COMERCIALIZADORA DE INSUMOS COMPUTACIONALES SERGIO ESPINA VALENZUELA E.I.R.L
(DGA INSUMOS) 77.185.217-3
5 FAMA STORE LIMITADA
(FAMA-STORE) 78.128.416-5
10. Que, de acuerdo a las ofertas recibidas y a los resultados de la evaluación administrativa, económica y técnica realizada y entregada por el Jefe Escalón Soporte de la Sección Informática y Computación del IDIC y conforme al resultado de la Matriz de Decisión indicada en “VISTO N.°25”, se acepta la oferta correspondiente al Proveedor N.°4 “COMERCIALIZADORA DE INSUMOS COMPUTACIONALES SERGIO ESPINA VALENZUELA E.I.R.L.”, RUT N.°77.185.217-3, para la Adquisición de Insumos para Impresoras con el fin de abastecer la Bodega Central del Instituto de Investigaciones y Control, debido a que cumple satisfactoriamente con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos del proceso de licitación, obteniendo un porcentaje en la Matriz de Decisión de 99,20%.
11. Que, se desestima y no es evaluada la oferta del proveedor N.º1 “INTELPRINT CHILE SPA”, RUT N.º76.908.814-8, conforme a la evaluación realizada y entregada por el Jefe Escalón Soporte de la Sección Informática y Computación del IDIC, el cual indica que el proveedor no cumple con los siguientes puntos de la “Especificación Técnica”, requisito de carácter excluyente según lo indicado en la respectiva resolución de bases de licitación, Numeral 5 “ASPECTOS GENERALES”, donde indica que “Los antecedentes solicitados en la especificación técnica son de carácter excluyentes y su incumplimiento será causal de desestimación inmediata de su oferta”. El proveedor no presentó certificado solicitado: Certificado de distribuidor Autorizado de la marca HP o Membresía Business Partner.
12. Que, se desestima la oferta del proveedor N.º2 “SOCIEDAD COMERCIAL ALCA LIMITADA”, RUT N.º76.596.570-5, conforme a la evaluación realizada y entregada por el Jefe Escalón Soporte de la Sección Informática y Computación del IDIC, por obtener una menor ponderación en la Matriz de Decisión en el Factor Económico: precio, obteniendo un 95,10%.
13. Que, se desestima y no es evaluada la oferta del proveedor N.º3 “IMPORTADORA INTERNATIONAL TECHNICS GRAPHICS LIMITADA”, RUT N.º76.493.820-8, conforme a la evaluación realizada y entregada por el Jefe Escalón Soporte de la Sección Informática y Computación del IDIC, el cual indica que el proveedor no cumple con los siguientes puntos de la “Especificación Técnica”, requisito de carácter excluyente según lo indicado en la respectiva resolución de bases de licitación, Numeral 5 “ASPECTOS GENERALES”, donde indica que “Los antecedentes solicitados en la especificación técnica son de carácter excluyentes y su incumplimiento será causal de desestimación inmediata de su oferta”. El proveedor no presentó certificado solicitado: Certificado de distribuidor Autorizado de la marca HP o Membresía Business Partner.
14. Que, se desestima y no es evaluada la oferta del proveedor N.º5 “FAMA-STORE”, RUT N.º76.128.416-5, conforme a la evaluación realizada y entregada por el Jefe Escalón Soporte de la Sección Informática y Computación del IDIC, el cual indica que el proveedor no cumple con los siguientes puntos de la “Especificación Técnica”, requisito de carácter excluyente según lo indicado en la respectiva resolución de bases de licitación, Numeral 5 “ASPECTOS GENERALES”, donde indica que “Los antecedentes solicitados en la especificación técnica son de carácter excluyentes y su incumplimiento será causal de desestimación inmediata de su oferta”. El proveedor no presentó certificado solicitado: Certificado de distribuidor Autorizado de la marca HP o Membresía Business Partner.
15. Que, el resultado de la Matriz de Decisión para la adquisición, señala que la empresa mejor evaluada obtuvo la siguiente nota en el proceso de evaluación.
PROVEEDOR ADJUDICADO NOTA OBTENIDA
“COMERCIALIZADORA DE INSUMOS COMPUTACIONALES SERGIO ESPINA VALENZUELA E.I.R.L” 4,96
16. Que, se hace presente que en el aludido proceso se recibieron cuatro (04) preguntas en el “Foro” en Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, del proceso de licitación N.°3654-13-LE26, las cuales fueron respondidas mediante este mismo medio:
• 1) Pregunta: Favor confirmar: es obligatorio ofertar todas las líneas o se puede participar de forma parcial por línea?
• Respuesta: De acuerdo con lo establecido en el numeral 8, letra f "Adjudicación", se indica explícitamente que "Esta licitación será adjudicada a un proveedor". El oferente debe ofertar todos los insumos detallados en el listado del numeral 4 "Especificación de la adquisición de bienes nuevos solicitados", dar estricta sujeción a las bases y estar dentro del presupuesto disponible.
• 2) Pregunta: La evaluación será por línea? o se adjudicará a un único proveedor?
• Respuesta: De acuerdo con lo establecido en el numeral 8, letra f "Adjudicación", se indica explícitamente que "Esta licitación será adjudicada a un proveedor" por todo lo solicitado en el numeral 4 "Especificación de la adquisición de bienes nuevos solicitados".
• 3) Pregunta: Si la evaluación es por línea, quiere decir que se pueden ofertar distintos plazos de entrega para cada línea?
• Respuesta: De acuerdo con lo establecido en el numeral 8, letra f "Adjudicación", se indica explícitamente que "Esta licitación será adjudicada a un proveedor", no por línea. Sobre el plazo de entrega es el que se detalla en las Especificaciones Técnicas, las cuales son de carácter excluyente.
• 4) Pregunta: El oferente puede definir un monto mínimo de despacho? o si adjudica una sola línea está obligado a cumplir con el despacho, independiente del monto?
• Respuesta: Conforme a Bases de licitación, en el Numeral 3 "aspectos administrativos" indica en "Presupuesto disponible" habla de un monto total de hasta por la compra, todo debe estar dentro del monto.
17. Que, no se hicieron aclaraciones en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
18. Que, el artículo N.°58 del Decreto N.°661, de la Ley N.º19.886 y sus modificaciones contempladas en la Ley N.°21.634 “Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios”, del Ministerio de Hacienda, dispone que la entidad licitante adjudicará a la o las propuestas más ventajosas, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las Bases y en este Decreto.
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