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1. Que, la Unidad de Administración y Finanzas del SAG RM, mediante Solicitud de Compra N° 392 ha
solicitado la contratación de los Servicios de Mantención, Reparación, Provisión e instalación de equipos
de Aire acondicionado, bajo la modalidad de suministro para un periodo de 36 meses, para ser utilizado
la sede Regional y oficinas sectoriales del SAG RM.
2. Que, mediante Resolución Exenta Nº 4762 de fecha 14 de noviembre 2025, se aprobó las Bases
Administrativas, Técnicas, sus Anexo y la ficha de Licitación, para el proceso de licitación ID 1157-8-
LE25, para la contratación de los Servicios de Mantención, Reparación, Provisión e Instalación de
Equipos de Aire Acondicionado, bajo la modalidad de suministro para un periodo de 36 meses, para ser
utilizado la sede Regional y oficinas Sectoriales del SAG RM.
3. El llamado a participar en la Licitación Pública efectuada en el portal www.mercadopublico.cl, de fecha
17 de noviembre del 2025, licitación N° 1157-8-LE25.
4. Que, según el Acta de Apertura electrónica de la Licitación de fecha 27 de noviembre de 2025, se indica
que se han presentado 12 ofertas a la respectiva licitación, las que corresponden a los siguientes
proveedores:
N° NOMBRE DEL OFERENTE RUT
1 AIR COLD SPA 76.583.192-K
2 AMADIS SPA 77.920.461-8
3 CLIMATIZACION Y MANTENCION SPA 76.183.919-5
4 CLIMAESTABLE SERVICIOS SPA 77.191.908-1
5 COMERCIALIZADORA LH SPA 77.798.989-8
6 ENAUTA SPA 77.555.194-1
7 INGENERIA Y PROYECTOS FRIMASTER
SPA 77.846.658-9
8 JDM CLIMATIZACION SPA 77.049.372-2
9 JR CLIMATIZACION 76.471.401-6
10 MORETO CLIMA LIMITADA 76.344.054-0
11 SERVICIOS INDUSTRIALES REFRYELECT
SPA 77.551.932-0
12 SOCIEDAD COMERCIAL MORA SPA 76.751.352-6
5. Que la oferta del proveedor JR CLIMATIZACION Rut 76.471.401-6, fue rechazada en el acto de apertura
debido a que el oferente no adjunto anexos, ni información solicitada como obligatoria.
6. Que las demas ofertas fueron revisadas evidenciando la falta de antecentes por lo cual se propone
declararlas inadmisibles por las razones que se indican a continuación:
Nombre del Proveedor RUT Motivo del Rechazo
AIR COLD SPA 76.583.192-K
NO adjunta Anexo N° 2 o datos que se
solicitan en este anexo, requisito obligatorio,
oferta inadmisible por no ajustarse a lo
solicitado según se indica en los puntos 5,4;
5,5 y 5,6 de las bases administrativas y el
punto 9,2 de las bases técnicas
COMERCIALIZADORA LH
SPA 77.798.989-8
NO presenta información respecto a
experiencia, oferta inadmisible según lo
indicado en el punto 9.2 de las Bases
Técnicas
JDM CLIMATIZACION SPA 77.049.372-2
NO presenta documentación para acreditar
experiencia informada en anexo N° 2, oferta
inadmimisible según lo indicado en el punto
9.2 de las Bases Técnicas
AMADIS SPA 77.920.461-8
No adjunta titulo de personal Técnico, no
incluye datos del responsable de la
coordinacion de las labores, ambos solicitado
en las bases técnicas punto N° 4 “requisitos
esenciales". El punto N° 13,5 de las bases
administrativas establecen " La omisión,
distorsión o falsificación de cualquier
antecedente requerido en las Bases
Administrativas o Técnicas de Licitación, será
causal suficiente para rechazar la propuesta
presentada, en cualquier etapa del proceso
de licitación." Al ser requisito esencial no
puede ser solicitado por foro de aclaraciones
según lo indicado en el punto 15.5 de las
Bases Administrativas
CLIMATIZACION Y
MANTENCION SPA 76.183.919-5
No incluye datos del responsable de la
coordinacion de las labores, solicitado en las
bases técnicas punto N° 4 “requisitos
esenciales". El punto N° 13,5 de las bases
administrativas establecen " La omisión,
distorsión o falsificación de cualquier
antecedente requerido en las Bases
Administrativas o Técnicas de Licitación, será
causal suficiente para rechazar la propuesta
presentada, en cualquier etapa del proceso
de licitación.". Al ser requisito esencial no
puede ser solicitado por foro de aclaraciones
según lo indicado en el punto 15.5 de las
Bases Administrativas
CLIMAESTABLE SERVICIOS
SPA 77.191.908-1
Adjunta titulos de personal Técnico, pero no
del área de climatización o similar, No
incluye datos del responsable de la
coordinacion de las labores, ambos solicitado
en las bases técnicas punto N° 4 “requisitos
esenciales". El punto N° 13,5 de las bases
administrativas establecen " La omisión,
distorsión o falsificación de cualquier
antecedente requerido en las Bases
Administrativas o Técnicas de Licitación, será
causal suficiente para rechazar la propuesta
presentada, en cualquier etapa del proceso
de licitación.". Al ser requisito esencial no
puede ser solicitado por foro de aclaraciones
según lo indicado en el punto 15.5 de las
Bases Administrativas
ENAUTA SPA 77.555.194-1
No adjunta titulo de personal Técnico, no
incluye datos del responsable de la
coordinacion de las labores, solicitado en las
bases técnicas punto N° 4 “requisitos
esenciales". El punto N° 13,5 de las bases
administrativas establecen " La omisión,
distorsión o falsificación de cualquier
antecedente requerido en las Bases
Administrativas o Técnicas de Licitación, será
causal suficiente para rechazar la propuesta
presentada, en cualquier etapa del proceso
de licitación." Al ser requisito esencial no
puede ser solicitado por foro de aclaraciones
según lo indicado en el punto 15.5 de las
Bases Administrativas
MORETO CLIMA LIMITADA 76.344.054-0
No adjunta titulo de personal Técnico, no
incluye datos del responsable de la
coordinacion de las labores, solicitado en las
bases técnicas punto N° 4 “requisitos
esenciales". El punto N° 13,5 de las bases
administrativas establecen " La omisión,
distorsión o falsificación de cualquier
antecedente requerido en las Bases
Administrativas o Técnicas de Licitación, será
causal suficiente para rechazar la propuesta
presentada, en cualquier etapa del proceso
de licitación." Al ser requisito esencial no
puede ser solicitado por foro de aclaraciones
según lo indicado en el punto 15.5 de las
Bases Administrativas
7. Que, se evaluaron las ofertas que cumplieron con la presentación de los antecedentes según lo
solicitado en las bases de licitación y se propone la adjudicación según el siguiente cuadro resumen:
8. Que con fecha 15 de diciembre se aprobó Adjudicación de licitación ID 1157-8-LE25, mediante
resolución exenta N° 5040, la cual contenia errores de omisión por lo cual se hace necesario su
derogación.
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1. DECLÁRENSE inadmisibles las ofertas de los proveedores indicados a continuación por las razones
indicadas en los considerandos N°5 y N°6 de la presente resolución:
Nombre del Proveedor RUT
JR CLIMATIZACION 76.471.401-6
AIR COLD SPA 76.583.192-K
COMERCIALIZADORA LH
SPA 77.798.989-8
JDM CLIMATIZACION SPA 77.049.372-2
AMADIS SPA 77.920.461-8
CLIMATIZACION Y
MANTENCION SPA 76.183.919-5
CLIMAESTABLE SERVICIOS
SPA 77.191.908-1
ENAUTA SPA 77.555.194-1
MORETO CLIMA LIMITADA 76.344.054-0
2. APRUÉBASE la adjudicación de la licitación pública ID 1157-8-LE25, para la contratación de los
Servicios de Mantención, Reparación, Provisión e instalación de equipos de Aire acondicionado, bajo la
modalidad de suministro para un periodo de 36 meses, para ser utilizado por la Sede Regional y
Oficinas Sectoriales del SAG RM., con el proveedor INGENERIA Y PROYECTOS FRIMASTER SPA Rut
77.846.658-9, por un monto total de $ 40.000.000 IVA incluído, conforme a lo indicado en la respectivas
Bases de licitación y a los montos y plazos aceptados y estipulados por el proveedor en su oferta
técnico-económica, cuyo detalle es el siguiente:
Comunas en las que se deben prestar
los servicios de Mantención.
Valor total neto por
mantención de 1 equipo.
Estación Central (Sede y oficina
metropolitana) $ 15.625
San Bernardo $ 15.625
Talagante $ 15.625
Melipilla $ 15.625
Pudahuel (Aeropuerto Arturo Merino
Benítez comercio y pasajeros) $ 15.625
3. DERÓGESE Resolución Exenta N°5040 de fecha 15 de diciembre del 2025, por errores de omisión.
4. LLÉVESE A EFECTO por parte de la Unidad Jurídica la elaboración del contrato respectivo, según lo
estipulado en el punto N° 17 “Del Contrato” y según Requerimientos Técnicos y otras cláusulas, de las
Bases de Licitación.
5. IMPÚTESE el gasto que origine la presente contratación al subtítulo 22, ítem 06, asignación 004 y
29.05 del presupuesto vigente de la Institución, y al de los años siguientes, siempre que se consulten
los recursos para ello y se cumplan las condiciones establecidas para su desembolso. En caso de
Emergencia Sanitaria declarada por Resolución Exenta del Servicio Agrícola y Ganadero, se podrá
imputar además al subtítulo 24, ítem 01, asignación 601.
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