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° Que, la Dirección de Compras y Contratación Pública –en adelante también “DCCP” o
“Dirección ChileCompra” –, en virtud de lo establecido en el artículo 30, letra e), de la
Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de
servicios, tiene, entre sus funciones, el representar o actuar como mandatario de uno
o más organismos públicos a que se refiere esa ley, en procedimientos señalados en
el literal a), y numerales 3, 5, 6 y 7 del literal d) del artículo 7° en la forma que establezca
el reglamento.
2° Que, a su vez, el Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de
la citada ley, en su artículo 35 señala que, las Entidades podrán ser representadas por
la Dirección de Compras en licitaciones públicas, Grandes Compras de Convenios
Marco, Diálogos Competitivos de innovación y Subasta Inversa Electrónica. Para ello,
y en cada caso, las Entidades comunicarán su solicitud de representación a la
Dirección de Compras, especificando la forma y alcance de la representación
requerida. La Dirección de Compras comunicará su aceptación a la Entidad, previa
evaluación de la oportunidad y conveniencia del requerimiento.
3° Que, en virtud de lo dispuesto en el considerando anterior, los servicios públicos que
se indican a continuación han oficiado a esta Dirección para solicitar que, en su nombre
y representación, efectúe un proceso de licitación pública a fin de adjudicar la
adquisición del “Suministro de insumos para determinación de glicemia” con el objeto
Folio: 26
Santiago, 18-06-2026
TOMADO DE RAZÓN
POR ORDEN DE LA CONTRALORA GENERAL DE LA
REPÚBLICA
Fecha: 20/07/2026
VICTOR HUGO MERINO ROJAS
Subcontralor General
de que, producto de la agregación de demanda, se pueda disponer de mejores
condiciones en la contratación que las que podría lograr cada uno de los organismos
indicados al realizar dicha contratación de forma independiente, dejando constancia
que la suscripción y operación de los respectivos contratos será responsabilidad de
cada uno de los organismos mandantes. Dichos organismos públicos y los respectivos
oficios comunicando su solicitud de representación a la Dirección ChileCompra se
especifican a continuación:
N° Rut mandante Entidad pública mandante Organismo representado N° oficio
Fecha del
oficio
1 61.606.604-8 Hospital de Quilpué Sin representación de
otros 636 29/07/25
2 61.608.406-2
Servicio de Salud Oriente
Hospital de El Salvador
Sin representación de
otros 690 17/07/25
3 61.607.100-9 Servicio de Salud Concepción Hospital San Agustín de
Florida 2709 23/07/25
4 61.602.280-6 Hospital Regional de Coyhaique Sin representación de
otros 1129 22/07/25
5 61.606.404-5 Hospital Provincial de Ovalle Sin representación de
otros 2588;202 23/07/25
6 61.607.500-4 Servicio de Salud Los Ríos
Por sí y Hospital de Corral
- Hospital La Unión -
Hospital Río Bueno -
Hospital Paillaco - Hospital
Los Lagos - Hospital Lanco
- Hospital Mariquina -
Consultorio Externo
919 29/07/25
7 61.606.900-4 Servicio de Salud Maule Hospital de Curepto 3119 08/09/24
8 61.608.500-K
Servicio de Salud Metropolitano
Sur Oriente
Por sí y en representación
de Hospital San José de
Maipo
940;943 23/07/25
9 61.608.408-9 Hospital Calvo Mackenna Sin representación de
otros 727 25/07/25
10 61.606.800-8 Servicio de Salud O'Higgins Hospital San Vicente de
Tagua Tagua 1911 25/07/25
11 61.607.300-1 Servicio de Salud Biobío Sin representación de
otros 1130 24/07/25
12 61.608.400-3
Servicio de Salud Metropolitano
Oriente
Por sí y en representación
de Hospital Hanga Roa 1187;1188 29/07/25
13 61.608.600-6
Servicio de Salud Metropolitano
Central
Centro Metropolitano de
Atención Prehospitalaria 797 29/07/25
14 61.608.602-2
Hospital de Urgencia Asistencia
Pública
Sin representación de
otros 587 11/09/25
15 61.953.200-7
Centro de Referencia de Salud
(CRS) de Peñalolén Cordillera
Oriente
Sin representación de
otros 328 26/09/25
4° Que, con fecha 05 de diciembre del 2025, la Dirección ChileCompra, mediante Oficio
Ordinario N°2303 de 27 de noviembre de 2025, comunicó a los organismos
individualizados en el considerando precedente la aceptación de la solicitud efectuada
por éstos, con la finalidad de realizar un procedimiento licitatorio en su representación
que adjudique el servicio de “Suministro de insumos para determinación de glicemia”
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Subcontralor General
en virtud de las necesidades de cada organismo, en los términos y condiciones
establecidas en estas bases de licitación.
5° Que, la adquisición objeto de la presente licitación no se encuentra en el catálogo de
productos y servicios licitados por esta Dirección a través del mecanismo de convenios
marco y tampoco en la Plataforma de Economía Circular.
6° Que, de acuerdo con los montos estimados de los contratos que emanen de este
proceso licitatorio se constata que el presente acto administrativo se encuentra afecto
al trámite de Toma de Razón, por cuanto se prevé la existencia de contratos que al
momento de ser adjudicados superarán el umbral definido por Resolución N°36, de
2024, de la Contraloría General de la República.
7° Que, en virtud de lo anterior, mediante la Resolución N° 14, de 18 de marzo de 2026,
de la Dirección ChileCompra, se aprobaron las bases administrativas, bases técnicas y
anexos de la licitación pública para la contratación del “Suministro de insumos para la
determinación de glicemia” para abastecer la demanda de los organismos públicos
que allí se indican. Dicho acto administrativo fue tomado de razón con alcances por la
Contraloría General de la República el 10 de abril de 2026, y posteriormente publicado
en el Sistema de Información el 13 de abril del mismo año, bajo el ID N° 1122317-7-
LR26.
8° Que, mediante Resolución Exenta N°342-B, de 04 de mayo de 2026, de este origen, se
aprobaron las respuestas al foro de preguntas de la licitación pública de la compra
coordinada por mandato, las que se entienden formar parte integrante de las
respectivas bases de licitación, de conformidad con lo señalado en la cláusula N°5.1
de éstas. Asimismo, a través de dicho acto administrativo, se incorporaron las
aclaraciones solicitadas por la Contraloría General de la República mediante Oficio
N°OF69397, de fecha 10 de abril de 2026, que cursó, con alcances, la mencionada
Resolución Afecta N°14, de 18 de marzo de 2026, de este origen.
9° Que, de conformidad con lo indicado en el numeral 10.1 sobre “Comisión Evaluadora”
de las bases de licitación, se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora a
través de la Resolución Exenta N° 368-B, de 15 de mayo de 2026, de esta Dirección,
dejándose constancia en ella del nombramiento realizado por el Ministerio de Salud de
un funcionario de su repartición, mediante Oficio Ordinario CP N°11391/2026, de fecha
15 de mayo de 2026, suscrito por don Julio Felipe Montt Vidal, Subsecretario de Redes
Asistenciales. Los tres integrantes de la Comisión Evaluadora suscribieron las
respectivas declaraciones de ausencia de conflictos de intereses, estando toda esta
información publicada en el portal www.mercadopublico.cl bajo el ID del proceso.
10° Que, la cláusula 3, sobre “Productos Licitados”, de las bases de licitación, indica que
el objeto del proceso concursal es abastecer la demanda de 25 establecimientos de
salud, respecto de un total de 15 organismos requirentes, bajo la modalidad de compra
coordinada, por un período aproximado de 24 meses, para el suministro de insumos
para determinación de glicemia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo B “Bases
técnicas y requerimientos mínimos de los productos licitados” de estas bases de
licitación. En tal sentido, el referido anexo, en su numeral 1.1, señala que la
composición de la oferta corresponde a la siguiente:
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VICTOR HUGO MERINO ROJAS
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ITEM LÍNEA DE PRODUCTO N°1 LÍNEA DE PRODUCTO N°2
Insumos - Cintas para determinación de glicemia
- Lanceta desechable sin costo
adicional (1 lanceta por cinta)
- Cinta individual de determinación de
glicemia
- Lanceta auto descartable sin costo
adicional (1 lanceta auto descartable por
cinta)
Equipos
(sin costo
adicional)
- Lancetero (1 por dispositivo de
medición)
- Dispositivo de medición de glicemia
con su respectivo estuche y pilas
- Dispositivo de medición de glicemia con su
respectivo estuche y pilas
11° Que, la cláusula 10.1 de las bases de licitación establece que la apertura y evaluación
de ofertas será realizado en una etapa, mientras que la cláusula 10.7.1 precisa que el
procedimiento de evaluación de ofertas será precedido por la verificación del
cumplimiento de los requisitos mínimos de los productos.
12° Que, a las 15:15 horas del 15 de mayo de 2026, se efectuó el cierre del proceso de
recepción de ofertas, procediendo la Comisión Evaluadora a la apertura técnica y
económica a las 15:30 horas del mismo día, recibiéndose un total de 4 ofertas de RUTs
únicos, las que se aceptaron a través del Sistema de Información en su totalidad, por
tratarse todas de ofertas atingentes a este proceso licitatorio, y sin perjuicio del análisis
de admisibilidad a realizar posteriormente. El detalle de las ofertas ingresadas se indica
a continuación:
13° Que, la Comisión Evaluadora, con fecha 16 de junio de 2026, suscribió un informe con
la evaluación de las ofertas, el cual se acompaña a la presente resolución y que para
todos los efectos se entiende parte integrante de ésta.
14° Que, con la finalidad de determinar la admisibilidad de las ofertas recibidas, la Comisión
Evaluadora verificó que los participantes cumplieran con las condiciones para
presentar ofertas, con los requisitos mínimos para participar, con los anexos e
instrucciones para la presentación de las ofertas, con la entrega de la garantía de
seriedad de la oferta, con la verificación técnica de admisibilidad de las propuestas
según línea de producto y con los plazos máximos de entrega de los equipos e
insumos, establecidos en las cláusulas 3.1, 6, 7, 9.1, 10.7.1 y 10.7.2. letra C) en relación
con Anexo N°3 numeral 3.1, respectivamente, de las bases de licitación. El resultado
de este análisis de admisibilidad se expone en la siguiente tabla:
N° Rut Razón Social UTP
Líneas ofertadas Fecha
ingreso
oferta
Hora
ingreso
oferta
Estado
Oferta Línea 1 Línea 2
1 76.440.218-9 COMERCIAL I-SENS CHILE SpA NO SÍ SÍ 14/5/2026 14:17 Aceptada
2 82.999.400-3 ROCHE CHILE LIMITADA NO SÍ NO 15/5/2026 10:53 Aceptada
3 76.960.018-3 ECATCH SpA NO SÍ SÍ 15/5/2026 14:12 Aceptada
4 77.173.135-K
HEALTH & PARTS INVERSIONES
SpA
NO NO SÍ 15/5/2026 10:01 Aceptada
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VICTOR HUGO MERINO ROJAS
Subcontralor General
Línea Rut Oferente Estado
oferta Motivo inadmisibilidad
1
76.440.218-9
COMERCIAL I-SENS
CHILE SpA Admisible N/A
82.999.400-3
ROCHE CHILE
LIMITADA Admisible N/A
76.960.018-3 ECATCH SpA Inadmisible
Incumplimiento del
requerimiento técnico mínimo
“Alarma/s de alerta para control
(mínimo 1 diaria)” que debía
contener el equipo de medición
de glicemia, de acuerdo con
establecido en el Anexo B,
punto 1.2, letra B, en relación
con lo dispuesto en la cláusula
10.7.1 de las bases de
licitación.
2
76.440.218-9
COMERCIAL I-SENS
CHILE SpA Admisible N/A
76.960.018-3 ECATCH SpA
Inadmisible Incumplimiento del
requerimiento técnico mínimo
“Alarma/s de alerta para control
(mínimo 1 diaria)” que debía
contener el equipo de medición
de glicemia, de acuerdo con
establecido en el Anexo B,
punto 1.2, letra B, en relación
con lo dispuesto en la cláusula
10.7.1 de las bases de
licitación.
77.173.135-K
HEALTH & PARTS
INVERSIONES SpA
Inadmisible Incumplimiento del plazo
máximo de entrega, el cual no
podía superar los 7 días hábiles
desde la fecha de aceptación
de la solicitud de despacho, de
conformidad con lo establecido
en el Anexo N°3, numeral 3.1
de las bases de licitación
15° Que, a continuación, la Comisión Evaluadora procedió con la evaluación de las ofertas
admisibles, por cada línea de producto, realizada en una sola etapa, conforme a lo
señalado en la cláusula 10.7.2 de las bases de licitación, considerando los siguientes
criterios de evaluación:
Clasificación
criterio Criterios de evaluación Subcriterios de evaluación Ponderación
Criterio económico Precio del producto 60%
Criterio técnico
Oferta técnica
Características adicionales del
equipo de medición de
glicemia (65%) 25%
Eficiencia de la cinta en la
toma de muestra (35%)
Plazos de entrega 10%
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VICTOR HUGO MERINO ROJAS
Subcontralor General
Criterio
administrativo
Cumplimiento de
requisitos formales 2%
Programa de integridad 3%
Criterio negativo Comportamiento
contractual anterior
Resta directa al
puntaje de los
criterios
anteriores
16° Que, como consecuencia de la evaluación de los criterios ya indicados, los resultados
obtenidos para las ofertas evaluadas de conformidad con lo establecido en las bases
de licitación fueron los siguientes:
Línea Rut Oferente Razón Social
PTJE.
Precio
(60%)
PTJE.
Oferta
técnica
(25%)
PTJE.
Plazo
(10%)
PTJE.
CRF*
(2%)
PTJE.PDI*
(3%)
Criterio
Neg
PUNTAJE
FINAL
1
76.440.218-9
COMERCIAL I-SENS
CHILE SpA 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 0 100,0
82.999.400-3
ROCHE CHILE
LIMITADA 80,0 60,0 100,0 100,0 100,0 0 78,0
2 76.440.218-9
COMERCIAL I-SENS
CHILE SpA 100,0 100,0 100,0 100,0 100,0 0 100,0
(*CRF: Cumplimiento de requisitos formales y PDI: Programa de integridad)
17° Que, acorde a lo prescrito en la cláusula 10.9 de las bases de licitación, se adjudicará
a un único oferente por cada línea de producto licitada, adjudicando al oferente que
obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos
en las respectivas bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula
N°10.8 “Mecanismo de resolución de empates” en caso de que dos o más oferentes
se encuentren en condiciones de adjudicar.
18° Que, de acuerdo con todo lo anterior y considerando lo dispuesto en las respectivas
bases, la Comisión Evaluadora propuso adjudicar la presente licitación al siguiente
proveedor, según cada una de las líneas ofertadas:
Línea Rut Adjudicatario Puntaje total obtenido
1 76.440.218-9 COMERCIAL I-SENS CHILE SpA 100,0
2 76.440.218-9 COMERCIAL I-SENS CHILE SpA 100,0
19° Que, revisado el Registro de Proveedores de la Administración del Estado, se constata
que el oferente a ser adjudicado se encuentra en estado hábil en dicho registro.
20° Que, se encuentra certificada la disponibilidad presupuestaria para financiar el pago
de los servicios requeridos, según certificados de disponibilidad presupuestaria que se
acompañan, los cuales fueron emitidos por los organismos públicos mandantes.
21° Que, así las cosas, la Comisión Evaluadora, en el ya citado informe de evaluación, luego
del análisis de las ofertas recibidas, recomienda declarar inadmisibles, por un lado, y
adjudicar, por otro, las ofertas que se singularizarán en la parte resolutiva del presente
acto administrativo.
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