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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
2111-119-LE23
Adjudicación Informada en portal el
14/7/2023 16:53
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En
Santiago,
14-07-2023
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Nro de
Resolución
1498
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Vistos
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1. El decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763 de 1979, y de las Leyes Nº 18.469 y Nº 18.933;
2. El decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
3. La ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios;
4. La ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
5. El decreto supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios;
6. El decreto supremo Nº 140, de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud;
7. El decreto supremo N° 38, de 2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red;
8. La Resolución Exenta N°1454, de 20 de julio de 2022, del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, que establece jefaturas, determina orden de subrogancia para los cargos de Director, Subdirector, Jefes y Encargados de Unidades y deroga Resolución Exenta N°1081 de 24 de mayo de 2022.
9. La Resolución Exenta N° 423, de fecha 03 de abril de 2023, del Servicio de Salud Metropolitano Central, que establece la función del Director (S) del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, dejándose sin efecto, cualquier otra disposición sobre la materia;
10. Lo señalado en la resolución N° 7 del 2019 y N°14 del 2022 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente;
11. Las Bases Administrativas, Documentos Anexos y la Comisión Evaluadora para el “SILLAS Y MUEBLES, ID 2111-119-LE23”, aprobadas mediante Resolución Exenta N°1192, de fecha 14 de junio de 2023 del Hospital de Urgencia Asistencia Pública;
12. El Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas ID 2111-119-LE23, de fecha 27 de junio de 2023;
13. El Acta de Comisión Evaluadora de fecha 06 de julio de 2023;
14. Certificado de disponibilidad presupuestaria N° interno CL 698, 699, 700, 701 y 702 , emitido por Verónica Quezada Vásquez, Jefa del Departamento de Finanzas del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, con fecha 10 de julio de 2023.
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Considerando
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1. Que, mediante en la Resolución Exenta N°1192, citada en el numeral 11. de los Vistos, se aprueban las Bases Administrativas y Documentos Anexos y se designa la Comisión Evaluadora de la licitación Pública, para la Adquisición de “SILLAS Y MUEBLES”.
2. Que, se procede al acto de apertura electrónica de las ofertas con fecha 27.06.2023, según acta citada en el numeral 12. de los Vistos.
3. Que, según lo consignado en el Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas, citada en el numeral 12. de los Vistos, en relación con el Acta de Evaluación citada en el numeral 13. de los Vistos, en la cual consta la presentación de las ofertas realizadas por los proveedores que a continuación se individualizan:
Nº R.U.T. Proveedor Razón Social Proveedor
1 77.741.502-6 IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CHIVENZU SPA
2 76.837.310-8 FABRICA DE ACCESORIOS Y MUEBLES DE OFICINA S.A.
3 76.458.900-9 INTEGRA LTDA
4 76.450.030-K JAIME DEIK Y CIA LTDA
5 76.102.918-5 COMERCIAL HAGE SPA
6 96.882.140-7 MELMAN SPA OFERTA 1
7 96.882.140-7 MELMAN SPA OFERTA 2
8 77.018.060-0 COMERCIAL E INDUSTRIAL MUEBLES ASENJO LTDA
9 76.855.435-8 OFISILLAS CHILE SPA
10 77.749.210-1 COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS MEDICOS Y DEPORTIVOS PTM CHILE SPA
11 76.256.383-5 COMERCIALIZADORA PUPITRE SPA
12 77.055.785-2 SCANNO SPA
13 77.393.671-4 STATUS SPA
14 77.827.520-1 INMOBILIARIA E INVERSIONES SURIA LTDA
4. Que, de acuerdo a lo consignado en el Acta de Apertura Electrónica de la Oferta, citada en el numeral 12. de los Vistos, en relación con el Acta de Evaluación citada en el numeral 13. de los Vistos, en la cual consta la presentación de las ofertas realizadas por los proveedores, determinando así si la oferta es aceptada o declarada Inadmisible, según se detalla a continuación:
- Se rechaza la oferta del proveedor IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CHIVENZU SPA, Rut 77.741.502-6, para las líneas N°7, N°8 y N°9 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
- Se rechaza la oferta del proveedor FABRICA DE ACCESORIOS Y MUEBLES DE OFICINA S.A, Rut 76.837.310-8, para las líneas N°3, N°7 y N°8 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
- Se rechaza la oferta del proveedor COMERCIAL E INDUSTRIAL MUEBLES ASENJO LTDA, Rut 77.018.060-0, para las líneas N°3, N°8 y N°9 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
- Se rechaza la oferta del proveedor OFISILLAS CHILE SPA, Rut 76.855.435-8, para las líneas N°3, N°8 y N°9 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
- Se rechaza la oferta del proveedor STATUS SPA, Rut 77.393.671-4, para las líneas N°3 y N°8 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
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Resuelvo
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I. DECLÁRENSE INADMISIBLES, las ofertas presentadas por los siguientes proponentes, por los motivos que a continuación se indican:
Acto de Apertura:
- Se declara inadmisible la oferta del proveedor IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CHIVENZU SPA, Rut 77.741.502-6, para las líneas N°7, N°8 y N°9 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
- Se declara inadmisible la oferta del proveedor FABRICA DE ACCESORIOS Y MUEBLES DE OFICINA S.A, Rut 76.837.310-8, para las líneas N°3, N°7 y N°8 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
- Se declara inadmisible la oferta del proveedor COMERCIAL E INDUSTRIAL MUEBLES ASENJO LTDA, Rut 77.018.060-0, para las líneas N°3, N°8 y N°9 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
- Se declara inadmisible la oferta del proveedor OFISILLAS CHILE SPA, Rut 76.855.435-8, para las líneas N°3, N°8 y N°9 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
- Se declara inadmisible la oferta del proveedor STATUS SPA, Rut 77.393.671-4, para las líneas N°3 y N°8 debido a que el precio unitario bruto ofertado supera las 3 UTM, de acuerdo al numeral 4.2.4.2. letra b), Requisitos de Admisibilidad.
II. RECHÁZESE TÉCNICAMENTE, las ofertas presentadas por los siguientes proponentes, por los motivos que a continuación se indican:
- Se rechaza técnicamente la oferta para la línea 1 del proveedor SCANNO SPA, RUT: 77.055.785-2, debido a que la base del producto es de nylon y no de metal como se señala en las especificaciones técnicas descritas en las bases.
- Se rechaza técnicamente la oferta para la línea 1 del proveedor INMOBILIARIA E INVERSIONES SURIA LTDA, RUT: 77.827.520-1, debido a que el producto no cuenta con brazos ajustables y la base estrella es de poliamida y no de metal como se señala en las especificaciones técnicas descritas en las bases.
- Se rechaza técnicamente la oferta para la línea 2 del proveedor IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA CHIVENZU SPA, RUT: 77.741.502-6, debido a que el producto no cuenta con brazos ajustables y la base estrella es de poliamida y no de metal como se señala en las especificaciones técnicas descritas en las bases.
- Se rechaza técnicamente la oferta para la línea 2 del proveedor FABRICA DE ACCESORIOS Y MUEBLES DE OFICINA S.A., RUT: 76.837.310-8, debido a que el tapiz del producto es acolchado con espuma de alta densidad y no tapizado en ecocuero, y la base estrella es de nylon negra reforzada con fibra de vidrio y no de metal como se señala en las especificaciones técnicas descritas en las bases.
- Se rechaza técnicamente la oferta para la línea 2 del proveedor INTEGRA LTDA., RUT: 76.458.900-9, debido a que la base estrella es de poliamida y no de metal como se señala en las especificaciones técnicas descritas en las bases.
III. DECLÁRENSE DESIERTAS las líneas N°8 y N°9 de la Licitación Pública ID 2111-119-LE23 para la Adquisición de “SILLAS Y MUEBLES”, lo anterior, según se establece en el Acta de Apertura, citada en el numeral 12. de los Vistos y el Acta de Evaluación, citada en el numeral 13. de los Vistos, en concordancia con el Artículo 9° de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
IV. ADJUDÍCASE la Licitación Pública de ID 2111-119-LE23, para la Adquisición de “SILLAS Y MUEBLES”, ejecución inmediata, a los siguientes proveedores, para los suministros adjudicados y por los montos que a continuación se detallan:
La presente adjudicación se motiva en las ofertas presentadas por los proveedores antes señalados obtuvieron el mayor puntaje global en la evaluación, cumpliendo con los requerimientos administrativos y técnicos exigidos por el Hospital de Urgencia Asistencia Pública para la Adquisición de “SILLAS Y MUEBLES”, logrando los siguientes porcentajes en los criterios de evaluación:
*Se deja constancia que en la línea 3, se produjo un empate del proveedor MELMAN SPA, RUT: 96.882.140-7, quien ingresó 2 ofertas, por ende, se considerará la propuesta ingresada primero según el comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el Portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo, al numeral 5.2 letra e) de las Bases.
Lo anterior, consta en el Acta de Evaluación, citada en el numeral 13. de los Vistos, en concordancia con el Art. 10 de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
V. AUTORÍZASE, la disponibilidad presupuestaria señalada en los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria N° interno CL 698, 699, 700, 701 y 702 de fecha 10 de julio de 2023.
VI. PUBLÍQUESE la presente Resolución a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su Reglamento.
ANÓTESE, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE en su oportunidad.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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MYRIAM BARRERA
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Cargo
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Profesional de Licitaciones
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Teléfono
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56-02-25681211
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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2111-119-LE23
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Nombre de Adquisición
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SILLAS Y MUEBLES
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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SE REQUIERE LA ADQUISICIÓN DE SILLAS Y MUEBLES PARA EL HUAP.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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14/6/2023 16:57
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Fecha de Cierre
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27/6/2023 15:01
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 21.927.280
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 21.927.280
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Comisión Evaluadora
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| 15631655-5 | ANDREA SALAS ROJAS | ENCARGADA GESTIÓN AMBIENTAL |
| 19556958-4 | WALTER MATIAS ESCOBAR CAYUPAN | PROFESIONAL UNIDAD DE CALIDAD PERCIBIDA -OIRS |
| 11484132-3 | LIZBETH WEGNER GALVEZ | PRESIDENTA COMITÉ PARITARIO DE HYS |
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Resultado de la Adjudicación
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