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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1422032-2-LE26
Adjudicación Informada en portal el
15/5/2026 10:13
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En
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14-05-2026
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Nro de
Resolución
06
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Vistos
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1. Lo dispuesto en la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el Decreto N°661, de 2024, que aprueba reglamento de la ley precitada, y deja sin efecto el Decreto Supremo Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; el art. 2 N°2 del Decreto N°661 precitado, que establece que las Corporaciones Regionales serán sujetos obligados por el sistema de Mercado Público. El estatuto de la Corporación Regional de Desarrollo Productivo (en adelante e indistintamente, “Corporación” o “CRDP”); las facultades de don Fernando Paredes Schwencke, para representar a la Corporación, consta en Acta de Sesión de Directorio de fecha 14 de noviembre de 2024, reducido a escritura pública, ante el Notario Público suplente de la cuarta Notaría de Valdivia, don Erwin Eugenio Neumann Montecinos, suplente del titular don Juan Bautista Rodríguez Ruiz, con fecha 18 de diciembre de 2024, bajo el Repertorio N°3966-2024, complementadas según lo establecido en sesión de directorio de 15 de diciembre 2025, especialmente en su acuerdo N°2, cuya acta fue reducida a escritura pública, ante igual oficio notarial, con fecha 06 de marzo de 2026, bajo el Repertorio N°719-2026.
2. La Resolución Administrativa N°02, de 30 de abril de 2026, que aprueba las bases de la licitación pública para contratación del “Servicio de Recargas de Tarjetas de Alimentación” para la Corporación Regional de Desarrollo Productivo De Los Ríos (licitación pública LE, igual o superior a las 100 UTM e inferior a 1.000 UTM). Licitación N°1422032-2-LE26, publicada en el Portal de Mercado Publico, el 30 de abril de 2026.
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Considerando
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1. La Resolución Administrativa N°04, de 06 de mayo de 2026, que Certifica cierre de etapa de consultas sin consultas recibidas en proceso de licitación N° 1422032-2-LE26 en Portal de Mercado Público.
2. El acta de admisibilidad y evaluación, de fecha 14 de mayo 2026, que declara admisible las 2 de las 3 ofertas presentadas. específicamente, se declara admisible las ofertas de las 2 (dos) entidades que se son:
1.- La empresa “EDENRED CHILE S.A.”, RUT 96.781.350-8.
2.- La empresa “FDD INNOVACIÓN Y CRECIMIENTO - AMIPASS”, RUT 76.032.107-9.
3. Que, de acuerdo con el mismo acto ya individualizado, se declaró inadmisible la oferta de la siguiente postulación:
• PLUXEE CHILE S.A., RUT: 96.556.930-8
Motivo por el cual fue declarada inadmisible: Inadmisible ya que el valor neto ofertado supera el máximo permitido según bases.
4. Que, en virtud del proceso de evaluación realizado conforme a los criterios establecidos en las bases, para el servicio de Servicio de Recargas de Tarjetas de Alimentación, el acta de la Comisión de Evaluación, de fecha 14 de mayo de 2026 (adjunto a esta resolución administrativa), asigna a la propuesta del oferente EDENRED CHILE S.A. el mejor puntaje (100 puntos). Por tanto, la Comisión declaró estas propuestas como la más convenientes para los intereses de esta Corporación.
5. Que, esta Corporación, previo a la dictación de este instrumento, efectuó un análisis jurídico destinado a determinar el alcance de las obligaciones que le impone el nuevo marco legal del sistema de compras públicas, aplicable conforme al artículo 2 N°2 del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. Dicho análisis concluyó que, si bien la Corporación se encuentra actualmente sujeta al sistema de Mercado Público en calidad de entidad obligada, su naturaleza jurídica de entidad privada –y no de órgano de la Administración del Estado– impide calificar sus decisiones como actos administrativos en los términos definidos por el artículo 3 de la Ley N°19.880.
En efecto, la Corporación no cuenta con potestades públicas ni autoridades administrativas en el sentido previsto por dicha ley. Sus decisiones son adoptadas por su Directorio, su Gerente General y demás apoderados autorizados, y ejecutadas por su Gerente General, de conformidad con las competencias que establece su estatuto corporativo, sin ostentar funciones públicas ni poder decisorio estatal.
Por lo tanto, esta Corporación interpreta que las referencias a “actos administrativos” contenidas en la Ley de Compras Públicas y su reglamento deben entenderse referidas a las decisiones formales de los órganos públicos, emitidas bajo prerrogativas de derecho público. En el caso de entidades como ésta, sin embargo, tales decisiones se adoptan mediante documentos de naturaleza privada, válidos conforme a su normativa interna y al derecho común.
Sin perjuicio de ello, y con el fin de dar cumplimiento cabal al estándar formal exigido por la Ley N°19.886 y su reglamento, el acto de adjudicación se emitirá mediante un documento que reproduce la forma y contenido de un acto administrativo, resguardando su eficacia jurídica dentro del régimen que corresponde a una persona jurídica de derecho privado.
6. Que, considerando todo lo anterior, se ha dado cumplimiento a los requisitos legales y administrativos, y los requisitos estatutarios internos de esta Corporación, para la adjudicación de la licitación, quedando establecido que la oferta presentada por el oferente EDENRED CHILE S.A., en tanto oferta mejor evaluada, resultan ser la propuesta más favorable, en el marco de la licitación ya individualizada.
En consecuencia, este acto administrativo viene a formalizar y a servir de soporte para comunicar la decisión de adjudicación.
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Resuelvo
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1.- Adjudicase la licitación denominada “Servicio de Recargas de Tarjetas de alimentación” para la Corporación Regional de Desarrollo Productivo, Licitación N°1422032-2-LE26, publicada en el Portal de Mercado Público, el 30 de abril de 2026, a la empresa EDENRED CHILE S.A., RUT 96.781.350-8, por haber obtenido el mayor puntaje de evaluación (100 puntos), conforme al acta de evaluación de fecha 14 de mayo de 2026.
Lo anterior por un monto total adjudicado de $ 31.797.568.- (treinta y un millones setecientos noventa y siete mil quinientos sesenta y ocho pesos chilenos), impuestos incluidos, conforme a los términos y condiciones ofrecidos en su propuesta y a lo establecido en las bases administrativas y técnicas del proceso.
2.- Esta adjudicación se efectúa por el periodo comprendido hasta el 28 de febrero del 2027, contados desde la emisión de la orden de compra, sin perjuicio de la eventual prórroga prevista en las bases de licitación.
3.- Emítase la respectiva Orden de compra entre la Corporación y la empresa adjudicataria, conforme lo establece las bases de la licitación y el artículo 117 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas (D.S. N° 661 de 2024).
4.- Impútese el gasto correspondiente al Presupuesto de Operación y Gobernanza 2026 de la Corporación Regional de Desarrollo Productivo de Los Ríos, con cargo a la partida presupuestaria definida para estos fines, lo que deberá ser verificado por la Unidad de Administración y Finanzas.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Rodrigo Ibañez delgado
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Cargo
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Encargado de Control de Gestión
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Teléfono
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56-63-2239326
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1422032-2-LE26
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Nombre de Adquisición
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CONTRATACIÓN RECARGA DE VALES DE ALIMENTACION
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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Contratación de Servicios de Recargas de Tarjetas de Alimentación, para el Período comprendido hasta el 28 de febrero del 2027.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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30/4/2026 15:20
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Fecha de Cierre
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8/5/2026 16:01
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 26.720.645
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 26.453.438
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Análisis de valores de mercado
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Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
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Comisión Evaluadora
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| 13.819.492-2 | BRAULIO ALEXIS POVEDA CORONADO | Jefe de Administración y Finanzas |
| 13.757.761-5 | Pamela Carolina Lorca Vidal | Ejecutiva |
| 21.080.488-9 | Rodrigo Ibañez delgado | Encargado de Control de Gestión |
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Resultado de la Adjudicación
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