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Lo dispuesto en el Decreto Ley N° 1.224 de 1975, que Crea el Servicio Nacional de Turismo; en la Ley N° 20.423, Del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en la Ley N°21.722 De Presupuesto del Sector Público para el año 2025; en el D.F.L. N° 1/19.653 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento aprobado mediante Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.799, Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma y su Reglamento aprobado mediante Decreto N° 181 de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el Decreto Exento N° 225 de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprobó Convenio de Firma Electrónica Avanzada Para Autoridades y Funcionarios suscrito entre el Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en la Resolución Exenta RA N°266/190/2023 de fecha 11 agosto 2023, que nombra a don Claudio Montecinos Angulo en el cargo de Director Regional de Turismo de la Región de Aysén; en la Resolución Exenta Nº533 de 18 de diciembre de 2020, que Delega Facultades en los Directores Regionales de Turismo en materias exentas del trámite de toma de razón, ambas del Servicio Nacional de Turismo; en la Resolución Afecta N°85 de fecha 26 de mayo de 2025, del Gobierno Regional de Aysén, que aprueba programa FNDR “Transferencia Fortalecimiento para la Competitividad del destino Aysén Patagonia” Código BIP N°40068489-0; en la Resolución Exenta N°20 de fecha 12 de junio de 2025 de SERNATUR, de esta Dirección Regional, que aprueba dicho Convenio; en la Resolución N°36, de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón,
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1. Que, con fecha 17 de abril de 2025, el Gobierno Regional (GORE) de la región de Aysén y esta Dirección Regional de Turismo, suscribieron un convenio de transferencia de recursos para financiar el Programa “Transferencia Fortalecimiento para la Competitividad del destino Aysén Patagonia” Código BIP N°40068489-0, el que fue aprobado por Resolución Afecta N°85 de fecha 26 de mayo de 2025 y por Resolución Exenta N°20 de fecha 12 de junio de 2025 de esta Dirección Regional, que tiene una vigencia de 24 meses, encontrándose actualmente vigente.
2. Que, con el fin de cumplir los objetivos de dicho Convenio, en particular el componente N°1 “Oferta Turística” y sus funciones asignadas por ley y los objetivos estratégicos, esta Dirección Regional requirió contratar los servicios “CURSOS WAFA, DE PRIMEROS AUXILIOS EN ZONAS REMOTAS, PARA GUÍAS ESPECIALIZADOS EN TURISMO AVENTURA DE LA REGIÓN DE AYSÉN”, lo cuales no fueron encontrados en Convenio Marco, por lo que, mediante la Resolución Exenta Nº55, de fecha 17 de octubre de 2025, se aprobaron las Bases de Licitación administrativas y técnicas y sus correspondientes anexos, para la contratación del servicio denominado “CURSOS WAFA, DE PRIMEROS AUXILIOS EN ZONAS REMOTAS, PARA GUÍAS ESPECIALIZADOS EN TURISMO AVENTURA DE LA REGIÓN DE AYSÉN”, proceso identificado en el portal www.mercadopublico.cl con el ID N°1332-12-LE25.
3. Que, posteriormente, conforme al calendario de licitación de la cláusula séptima, se publicó respuesta a consulta formulada por los interesados del proceso concursal, la cual fue aprobada por Resolución Exenta N°60 de fecha 4 de noviembre de 2025, de esta Dirección Regional.
4. Que, según consta en el acta de evaluación de las ofertas de fecha 18 de noviembre de 2025, instrumento que se entiende formar parte integrante del presente acto; con fecha 27 de octubre de 2025 se procedió a efectuar el acto de apertura electrónica de las ofertas, constatándose la recepción de tres (3) ofertas, de los siguientes proveedores:
- ICCEM SPA., RUT. N°76.725.009-6;
- CORPORACION INSTITUTO PROFESIONAL INACAP, RUT. N°87.152.900-0 y
- SEGURIDAD VERTICAL CAPACITACIONES SPA., RUT. N°77.041.214-5.
5. Que, la Comisión Evaluadora de las ofertas, fue designada mediante Resolución Exenta N°70, de fecha 16 de octubre 2025, quedando conformada por las/os siguientes profesionales de esta Dirección Regional: Sebastián Haros Muñoz, Analista de Programas Sociales, en reemplazo de Diego Cárcamo Pérez, por encontrarse haciendo uso de su feriado legal, Sandra Navarro Oyarzun, Encargada Unidad de Desarrollo y Fabiola Figueroa Escobar, Coordinadora Regional de Registro. Con fecha 6 y 18 de noviembre de 2025, todos/as los/as integrantes de la Comisión Evaluadora de las ofertas, con el objeto de cumplir con el requisito establecido en el artículo 35° nonies de la Ley N°19.886, suscribieron y presentaron sus respectivas declaraciones juradas de Ausencia de Conflictos de Interés para evaluar las ofertas presentadas al proceso de licitación pública en comento, adjuntándolas a dicha Acta.
6. Que, según consta en Acta de Evaluación, la Comisión procedió a revisar que las ofertas recibidas hubiesen cumplido con la presentación de los requisitos de admisibilidad de las ofertas, declarándolas todas admisibles, según se aprecia en el siguiente cuadro resumen:
Oferente Anexo 1
(Sí/No) Declaración Jurada en línea
(Sí/No) Anexo 2
(Sí/No) Anexo 3
(Sí/No) Anexo 4
(Sí/No) Observaciones
ICCEM SPA SI SI SI SI SI Oferente cumple con la presentación de todos los requisitos de admisibilidad.
COORPORACION INSTITUTO PROFESIONAL INACAP, SI SI SI SI SI Oferente cumple con la presentación de todos los requisitos de admisibilidad.
SEGURIDAD VERTICAL CAPACITACIONES SPA SI SI SI SI SI Oferente cumple con la presentación de todos los requisitos de admisibilidad
7. Que, la Comisión Evaluadora procedió a evaluar las propuestas declaradas admisibles, de acuerdo con los criterios de la cláusula decimoquinta, que a continuación se detallan:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Nota Obtenida %
Ponderación Puntaje total ponderado
Criterio N°1: “Oferta económica o precio”. 0,0 a 5,0 20% 1,00
Criterio N°2: “Cumplimiento de los requisitos formales de la presentación de la oferta”. 0,0 a 5,0 15% 0,75
Criterio N°3: “Programa de Integridad”. 0,0 a 5,0 10% 0,5
Criterio N°4: “Sello Empresa Mujer”. 0,0 a 5,0 10% 0,5
Criterio N°5: “Experiencia del oferente en la impartición de cursos de formación y/o actividades de capacitación en primeros auxilios en zonas remotas asociadas al sector turismo”. 0,0 a 5,0 30% 1,5
Criterio N°6: “Mejoras o valor agregado” 0,0 a 5,0 15% 0,75
Sumatoria Total 100% 5.0
8. Que, aplicados los criterios de evaluación señalados, las ofertas declaradas admisibles fueron evaluadas, dejando constancia de ellos en el Acta de Evaluación, y el puntaje final (ponderación económica + ponderación técnica) obtenido por los oferentes evaluados fue el siguiente:
OFERENTE NOTA OFERTA ECONÓMICA NOTA OFERTA TÉCNICA NOTA FINAL
ICCEM SPA. 0,60 3,50 4,10
COORPORACION INSTITUTO
PROFESIONAL INACAP 0,50 2,70 3,20
SEGURIDAD VERTICAL CAPACITACIONES SPA. 1,00 2.65 3,65
9. Que, habiéndose aplicado los criterios de evaluación, y teniendo en consideración el puntaje final obtenido por los oferentes, la Comisión Evaluadora sugirió adjudicar la presente licitación al oferente ICCEM SPA., RUT. N°76.725.009-6, por un monto total de $25.000.000.- (Veinticinco millones de pesos), impuestos incluidos, atendido que su oferta cumple con todos los requisitos establecidos en las bases de licitación, obteniendo una calificación final de 4,10 puntos, la que resulta ser la más ventajosa para este Servicio, teniendo en cuenta las condiciones y criterios de evaluación objetivos dispuestos en éstas.
10. Que, se encuentra certificada la disponibilidad presupuestaria para financiar el pago de los servicios requeridos, según consta en Certificado de Disponibilidad Presupuestaria DR_XI N°002/2025 de fecha 03 de octubre de 2025, emitido por doña Valeria Pillancari Gamin, Analista Unidad de Administración y Finanzas de esta Dirección Regional.
11. Que, el proveedor seleccionado se encuentra hábil para contratar con el Estado de Chile, según consta en Certificado de Habilidad del Registro de Proveedores, número de folio: CED2025-JGmsPu8PI7, de fecha 10 de noviembre de 2025, por lo que,
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