OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Se
da por entendido que el Contratista está en conocimiento de todas las normas y
disposiciones, por consiguiente, cualquier defecto, omisión, dificultad en la
obtención de materiales o mala ejecución de alguna partida, es de su única
responsabilidad, debiendo rehacer los elementos o procedimientos rechazados El
Contratista será responsable de ejecutar las reparaciones a su entero cargo y
costo, de todas aquellas instalaciones que hayan sido afectadas, voluntaria o
involuntariamente durante la ejecución de la obra y que no consideraban ser
intervenidas. El Referente Técnico velará por el cumplimiento del
presente documento y sólo él tendrá la facultad de corregir cualquier error u
omisión en el presente texto o en los planos, si en algún caso corresponde. El Contratista deberá dar cumplimiento a todas las
normas legales, reglamentarias y administrativas vigentes en materia medio
ambiental, velando por la protección del medio ambiente y la preservación del
entorno que pudiese verse afectado por la ejecución de los trabajos, haciéndose
personalmente responsable de la reparación total de cualquier daño que pudiere
causar. Sera de su exclusiva responsabilidad la tramitación y obtención de
cualquier permiso administrativo que los organismos públicos competentes en la
materia pudieren exigir a raíz de la ejecución de los trabajos. El Contratista está obligado a dejar constancia en
un libro de existencia, el nombre, fecha, hora y firma al ingreso y salida de
la obra de cada uno de sus trabajadores, a fin de establecer con exactitud los
periodos durante estos realizaron los trabajos para la institución. El contratista deberá
instalar señalética que indiquen acceso restringido y precaución en el sector.
Asimismo, la señalética deberá ser instalada en las áreas de peligro, a fin de
evitar accidentes laborales
DEL PERSONAL
La mano de obra deberá ser calificada y especializada respecto a las funciones
que desempeñen.
El adjudicatario deberá disponer de un jefe de obra, con dedicación
exclusiva quien tomará la responsabilidad de cumplir con las órdenes y ejecutar
todo lo escrito, de acuerdo a lo solicitado en las presentes bases.
El contratista deberá considerar para sus trabajadores todos los
elementos de seguridad que establece la normativa vigente de prevención de
riesgos y exigir su uso, objeto de evitar cualquier tipo de accidente.
La empresa contratista deberá dar fiel cumplimiento a la Ley N°16.744 sobre
Accidentes del Trabajo.
El contratista deberá entregar una nómina del personal que ingresará al
recinto con un mínimo de 7 días hábiles antes de comenzar los trabajos
licitados. Esta nomina deberá incluir las fotocopias de las cédulas de
identidad vigentes, lo anterior tiene por objeto tramitar la autorización de
ingreso del personal al Hospital. MATERIALES Y
ESPECIFICACIONES Todo material que se emplee en los trabajos deberá
ser de primera calidad y primer uso, no admitiéndose la reutilización de
material alguno. Todos los productos y materiales que vayan
hacer colocados en la obra deberán cumplir con todas las disposiciones
indicadas en las Normas Chilenas y Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. El Referente técnico podrá solicitar al
contratista, cuando lo estime conveniente, exhiba las facturas de los
materiales suministrados con el objeto de conocer su procedencia.
Con el fin de evitar atrasos, el contratista deberá
preocuparse con la debida antelación, de contar con todo el material necesario
para la obra. OBRA MAL EJECUTADA
No se considerará
como aumentos de obra los trabajos que sean necesarios para rehacer o corregir
la obra mal ejecutada, asumiendo el contratista todos los costos por este
concepto.
El período de garantía de los trabajos realzados debe ser mínima de 6
meses.
ENTREGA DE LOS TRABAJOS
El contratista deberá mediante CARTA o CORREO
ELECTRÓNICO informar con 24 horas de anticipación, que la obra está en condiciones
de ser entregada, para lo cual deberá estar con todas sus partidas terminadas. El proveedor debe entregar los trabajos en un período de 10 días hábiles, de no cumplir con esto, el Hospital podrá cobrar multas, de acuerdo al siguiente cuadro
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