El proveedor deberá ajustarse a
lo estipulado en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y acreditará al
Servicio que se encuentra al día en el pago de las remuneraciones y/o
cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores con documentos emitidos
por la Dirección del Trabajo.
La facturación deberá ser a nombre de:
• Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, RUT
61.608.500-K.
Para efectos de los pagos deberá encontrarse firmado el
contrato y autorizado por el acto administrativo correspondiente, entregadas
las garantías de fiel cumplimiento, en los casos que aplique, entregados y
recepcionados los servicios objeto del presente contrato, en caso contrario no
se gestionarán los respectivos pagos, hasta que se cumpla con lo solicitado.
Los pagos serán con transferencia electrónica, por lo que
es imprescindible que junto a la factura señale además los datos de
transferencias en donde se indique un número de cuenta corriente, vista u otra
al cual se realizará el depósito.
El Proveedor facturará a mes
vencido, las prestaciones de los servicios realizados durante el mes recién
transcurrido. Adjuntará toda la información atingente a los servicios prestados
para su validación. Dado el visto bueno a lo anterior, el Proveedor deberá
facturar al SSMSO. Las facturas se ingresan de manera electrónica a los correos
electrónicos facturacion@ssmso.cl y ssmsorecepcion@custodium.com con
copia a Esteban Vergara (esteban.vergara@ssmso.cl
) y Sigrid Colima (sigrid.colima@ssmso.cl
), con una copia de la orden de compra, y documentos relacionados a las
prestaciones a ser cobrados.
El contenido de la factura podrá
ser objetado dentro de los 8 días corridos desde su recepción. Si no se
hiciere, se entenderá recibida conforme. |