El proveedor deberá ajustarse a lo estipulado en el artículo 4º de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y acreditará al Servicio que se encuentra al día en el pago de las remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores con documentos emitidos por la Dirección del Trabajo. El Proveedor facturará a mes vencido, las prestaciones de los servicios de hospitalización bajo el concepto de día cama, realizados durante el mes recién transcurrido. Adjuntará en primera instancia al SERVICIO, las Planillas de Registro de las camas utilizadas por día, firmados por el referente técnico respectivo. Dado el visto bueno a lo anterior, el Proveedor deberá facturar al SERVICIO. Las facturas se ingresan de manera electrónica a los correos ssmsorecepcion@custodium.com y facturacion@ssmso.cl, con una copia de la orden de compra, y documentos relacionados a las prestaciones a ser cobradas. El contenido de la factura podrá ser objetado dentro de los 8 días corridos de su recepción. Si no se hiciere, se entenderá recibida conforme. El pago por los servicios objeto de este contrato se efectuará en un plazo de 30 días corridos contra presentación de Factura mensual, previa recepción de los servicios objeto de este contrato. El pago será con transferencia electrónica, por lo cual es imprescindible que junto a la factura se adjunte la copia cedible de ésta, señalando además los datos de transferencias en donde se indique un número de cuenta corriente o cuenta vista a la cual se realizará el depósito. En caso contrario no se podrá cursar el pago. Para estos efectos del pago, deberán estar entregados y recepcionados los servicios objeto de este contrato. El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente garantiza el pago de 35 raciones diarias, debido a concepto de fabricación, transportes, e inversión de equipamientos en que ha incurrido el Proveedor. |