Orden de Compra. Nº1116007-57-SE26 "Orden de compra desde 1116007-8-LE26"
Recuerde que el responsable del pago es DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
 
1 .- Información de la Orden de Compra
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
4 .- Otras Especificaciones
5 .- Datos del Proveedor
6 .- Productos/Servicios
7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
 
1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra 1116007-57-SE26
Estado de la Orden de Compra Recepción Conforme
Fecha de Envío 23-04-2026
Nombre de la Orden de Compra Orden de compra desde 1116007-8-LE26
Anexos y Resoluciones Ver Anexos
Notas
Orden de Compra Proveniente de licitación pública
Proveniente de Licitación 1116007-8-LE26
2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra RED SECUNDARIA Y PEQUEÑOS AD Z AUSTRAL
Razón Social DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
R.U.T. 61.104.000-8
Dirección de Unidad de Compra Aeropuerto Carlos Ibañez del Campo
3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto Anual
Disponibilidad Presupuestaria check Esta orden de compra cuenta con Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) o Justificación Presupuestaria (revisar en la sección adjuntos)
Usuario SIGFE
Plazo de Pago 30 días contra la recepción conforme de la factura
Moneda Peso Chileno
Razón Social DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
R.U.T. 61.104.000-8
Dirección de Facturación Aeropuerto Carlos Ibañez del Campo
Comuna Punta Arenas
Impuesto 1590775
Dirección de Envío de la Factura Aeropuerto Carlos Ibañez del Campo
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega
TítuloDescripción
DEL PAGO Y FACTURACIÓN
La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley de Presupuestos del año 2026, pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos.

El precio total de la contratación del servicio de suministro e instalación de sistema de detección y alarma de incendio inteligente para el radar del Aeropuerto Presidente Carlos Ibañez del Campo de Punta Arenas se pagará en una (01) cuota y deberá ser facturado por el contratista en moneda nacional y será pagado por la DGAC mediante transferencia electrónica al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica o del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de que el servicio se ha recibido conforme.

Para proceder al referido pago, se requerirá que previamente la DGAC registre en el Sistema de Información lo siguiente:

a) La fecha de cumplimiento de la prestación del servicio, por parte del contratista, en el momento en que esto ocurra.
b) La recepción conforme del servicio, por parte de la inspección fiscal o por quien haya sido designado para tal efecto.

Una vez verificado lo anterior, el contratista podrá emitir la factura electrónica. La DGAC dentro de los ocho (08) días de recibida la factura, deberá proceder con su aceptación o rechazo, conforme a la legislación vigente.

La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, que se encuentra afecta al impuesto del dos por ciento (2%) establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el número de la orden de compra.

La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl., previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).

La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, de la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos:

1. Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases.
2. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio.
3. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso.

La DGAC cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO
El servicio de suministro e instalación de sistema de detección y alarma de incendio inteligente para el radar del Aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas deberá ser prestado dentro del plazo de quince (15) días hábiles, los cuales serán contabilizados desde la fecha de entrega de terreno, la que se verificará dentro de los cinco (5) días corridos siguientes, una vez que el contratista adjudicado hubiese concluido con los requisitos que deben cumplir las empresas que prestan servicios en recintos aeronáuticos.
DE LAS MULTAS
De las multas

Cualquier incumplimiento contractual por parte del prestador, que constituya alguna falta de las que se expresan más adelante, facultará a la DGAC para aplicar administrativamente una o más multas de las que a continuación se detallan.

a) Si el servicio o los servicios fueren calificados por el inspector fiscal como deficiente, o bien, se observase por este, el incumplimiento por parte del contratista de cualquiera obligación señalada en las bases de licitación o en las obligaciones y/o prohibiciones del contratista establecidas en el capítulo XXIII de la bases. Se aplicará en cada oportunidad que ocurra, una multa de 0,5 U.T.M.

b) Por cada día de atraso en la prestación del servicio por parte del contratista, se aplicará una multa de una (1) U.T.M. Con un tope de los 10 (diez) días hábiles.

c) Se podrá aplicar al contratista una multa equivalente a 0,5 U.T.M (Unidad Tributaria Mensual) por cada día en que el contratista se encuentre en situación de incumplimiento respecto de una orden del inspector fiscal. Esto aplica para la ejecución del proyecto, incluyendo la etapa de recepción provisoria de la obra, si corresponde.

Con todo, las multas no podrán exceder el diez por ciento (10%) del precio total de la contratación. En caso de que exceda el porcentaje señalado, la DGAC podrá poner término anticipado a dicho instrumento, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan, con indemnización de perjuicios.

La aplicación de la multa se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento:

a) La DGAC notificará al contratista sobre el incumplimiento contractual detectado, mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. En dicha notificación se especificará el detalle del incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en la orden de compra, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para que el contratista pueda presentar sus descargos o alegaciones a los correos electrónicos vsoto@dgac.gob.cl y projas@dgac.gob.cl y/o en el módulo de la ficha de gestión de contrato disponible en la Plataforma www.mercadopublico.cl.

Se hace presente que, en los descargos presentados el contratista no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XIV de las bases.

b) Una vez realizados los descargos por parte del contratista o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos sin que este haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa y los descargos presentados, si los hubiere, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico.

c) En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas al efecto.

d) Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse, en el siguiente orden de prelación:

• Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días hábiles administrativos contados desde la
notificación de la resolución firme que aplica la multa.

• Deducción del estado de pago. Una vez transcurridos los cinco (5) días
señalados precedentemente, sin que el contratista haya enterado el pago
de la multa, o este haya manifestado de manera expresa que no pagará,
esta se deducirá del estado de pago del mes o hito en que se incurrió en el incumplimiento o la falta de servicio.

No se aplicará la multa cuando el incumplimiento en que se hubiere incurrido sea resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el contratista deberá acreditar.

El cobro de la multa contemplada en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado de la contratación, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dicha multa no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación
principal.
DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La contratación entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que lo aprueba, la que se entenderá notificada al contratista a las veinticuatro (24) horas siguientes a su publicación a través del Portal Mercado Público, y se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones del mismo.

El plazo de ejecución de la contratación comenzará a regir a partir de la fecha consignada en el Acta de Kickoff Meeting (reunión de inicio) o en el Acta de entrega de terreno, instalaciones, o lo que corresponda, y una vez emitida el acta respectiva, se dará inicio al plazo de ejecución del servicio.
DE LAS OBLIGACIONES Y/O PROHIBICIONES DEL CONTRATISTA
El contratista se obliga, entre otros, a lo siguiente:

a) No ceder ni transferir a terceros, bajo ningún título, los derechos y obligaciones emanados de las presentes bases de licitación y de la orden de compra.
b) Mantener una comunicación permanente con el inspector fiscal de la DGAC, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala que incida en el cumplimiento de la contratación de prestación de servicios dentro de las atribuciones entregas al Inspector Fiscal
c) Cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función de la contratación que se derive, de las bases de licitación y de la oferta del contratista.
d) Cumplir con las obligaciones de la prestación del servicio, establecidas y detalladas en las bases de licitación y en la orden de compra.
e) Exigir de sus dependientes, cuando corresponda, la observancia de las normas sobre Higiene y Seguridad, establecidas por la legislación laboral y la DGAC.
f) Contar con el personal necesario para prestar el servicio de suministro e instalación de sistema de detección y alarma de incendio inteligente para el radar del Aeropuerto Presidente Carlos Ibañez del Campo requerido, contratación que debe efectuar conforme a las disposiciones laborales vigentes.
g) Efectuar la planificación, organización, dirección y control para la prestación del servicio, empleando para ello sus medios orgánicos y procedimientos internos y/o programa de trabajo.
h) El contratista deberá entregar a la DGAC, con anterioridad al inicio de la prestación del servicio contratado, la nómina del personal asignado para la prestación del servicio contratado. De igual forma cada vez que hubiese alguna modificación en el personal que preste servicio deberá informarlo a la Oficina Gestión de Contratos, incluyendo el personal si existe subcontratación.
i) Sera responsabilidad del contratista que todo el personal que preste los servicios contratados, al momento de prestar los servicios, cuente con una tarjeta identificación provisoria (TICA), la cual lo acredita y autoriza a circular por las dependencias aeronáuticas.
j) A presentar al personal con una identificación que lo acredite como su
dependiente.
k) El contratista deberá habilitar un libro de novedades. En este libro se deberá establecer todos los eventos importantes a lo largo del desarrollo del servicio. También se estamparán las ordenes de servicio que obliguen al contratista a dar cumplimiento a algunos requerimientos retrasados.
l) Sera responsabilidad de la empresa contratista el cumplimiento de las
obligaciones que la Ley le impone como empleador, para la atención médica y hospitalaria del personal asignado a la prestación del servicio contratado, en caso de accidentes en el trabajo de dicho personal, incluyendo al personal subcontratado.
m) En caso de que se produzcan robos, hurtos o daños imputables al contratista o sus dependientes en los bienes de la DGAC, el contratista deberá reintegrar el monto de lo sustraído o dañado, en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde la notificación respectiva, informada previamente por esta DGAC.
n) Dar cumplimiento al instructivo técnico de gestión ambiental y de seguridad y salud en el trabajo para entidades empleadoras que ejecuten obras o presten servicios en las unidades de la DGAC.
o) Dar cumplimiento al protocolo para acceso a contratistas y proveedores, vehículos y personas
p) Prestar el servicio dando cumplimiento a los requerimientos técnicos
contemplados en las bases administrativas y técnicas, programa de trabajo, utilizando el equipamiento, vehículos, maquinarias, implementos, productos e insumos detallados en la oferta.
q) A proveer la totalidad de los insumos, máquinas, equipos, elementos, artefactos, utensilios, protecciones, etc. necesarios para cumplir con la prestación del servicio.

Queda prohibido al personal del contratista, y a sus dependientes lo siguiente:

a) Usar prendas de vestir u otras que no correspondan al uniforme autorizado.
b) Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados por la inspección fiscal.
c) Ingresar a zonas restringidas y de protección sin la debida coordinación y/o autorización de la DGAC.
d) Realizar o autorizar cualquier tipo de filmaciones o tomar fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa de la DGAC.
e) Retirar o permitir el retiro de artículos, documentos, planos u otro tipo de información, de cualquier especie, desde las dependencias del aeropuerto, sin autorización expresa de la DGAC.
f) Realizar, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena establecida en el contrato respectivo y que distraiga la atención, tales como uso de televisión, equipos multimedia, entre otros.
g) Ingresar y/o consumir al interior de las dependencias de la unidad, cualquier tipo de bebida alcohólica o drogas.
h) Preparar y calentar alimentos en el puesto o lugar de trabajo, lo que no podrá habilitarse sin la debida autorización del inspector fiscal.
i) Aceptar el ingreso o invitar a personas ajenas al servicio, al puesto o lugar de trabajo y permanecer con ellas en éstos.
j) Entregar información de cualquier tipo a personas ajenas a la respectiva unidad o instalación, salvo expresa instrucción del inspector fiscal del servicio.
k) Portar armas de fuego, punzantes o de cualquier tipo o clase durante el servicio, aun encontrándose legalmente autorizado para ello.
l) Publicar mediante cualquier medio o red social, imágenes o videos donde figuren instalaciones de la DGAC.
5 .- Datos del Proveedor
Proveedor PIRO Multiservicios
Razón Social PIROMULTISERVICIOS LIMITADA
R.U.T. 76.647.645-7
Estado de habilidad check_circle HÁBIL (Cumple con los requisitos para contratar con el estado)*
*Este es el estado de habilidad del proveedor adjudicado al momento del envío de la orden de compra.
Sucursal PIRO Multiservicios
Socios y accionistas principales Ver listado
6 .- Productos/Servicios
Código ONUProducto / ServicioCant.MedidaEsp. CompradorEsp. ProveedorPrecio Unit.Desc.CargosTotal Unit.Valor Total
25201901
Sistemas de Control de incendio o sistemas de extinguir1GlobalServicio de suministro e instalación de sistema de detección y alarma de incendio inteligente para el radar del aeropuerto Presidente Carlos Ibáñez del Campo de Punta Arenas, según lo señalado en las bases técnicas.Valor Neto $ 8.372.500,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 8.372.500 $ 8.372.500
Total Neto $ 8.372.500
Descuento $ 0
Cargos $ 0
IVA  19  % $ 1.590.775
TOTAL OC $ 9.963.275


7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública

No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.