El
Servicio Mejor Niñez, emitirá Órdenes de Compra mensuales y por Dependencia,
agrupando cada evento ocurrido durante el mes calendario, que requiera
mantención y/o reparación, según las condiciones señaladas en el punto anterior.
El pago de los servicios se realizará de forma mensual al termino de mes de
prestado el servicio, la factura debe ser entregada dentro de los primeros cinco
(5) días hábiles del mes siguiente a la prestación del servicio y una vez que el
inspector técnico de convenio haya revisado y entregado la recepción conforme o
el visto bueno.
El
proveedor deberá ingresar el estado de pago con los siguientes antecedentes:
·
La
factura o copia de la factura electrónica
·
El
certificado de Conformidad de los servicios prestados.
·
Copia
de la Orden de Compras en estado Aceptada.
Las facturas deberán ser emitidas a
nombre de:
Servicio Nacional
de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia
RUT N°62.000.890-7
Dirección: Avenida
Caupolicán #1077 Oficina 402, Temuco
Giro: Servicio
Público
A través de la plataforma del Servicio
de Impuestos Internos (SII) deberá indicarse en la referencia (campo 801) el ID
de la Orden de Compra (OC). Si utiliza un sistema de facturación electrónico
distinto al del SII, deberá asegurarse que este realice el envío del documento
tributable electrónico (DTE) en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com.
Cumpliendo con lo anterior, el
respectivo pago mensual se realizará dentro de los treinta (30) días corridos
siguientes, a la recepción de la correspondiente factura o boleta emitida por
el proveedor adjudicado.
El servicio Mejor Niñez podrá reclamar
del contenido de la factura dentro de los ocho (8) días corridos siguientes a
su emisión; si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su
entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de
vencimiento para su pago.
Las facturas mal extendidas o que no
incorporen los antecedentes propios del servicio adquirido serán causales de
devolución o reclamación, por tanto, el plazo de pago regirá desde la fecha de
presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos. |