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| Guardias de seguridad | 1 | Unidad no definida | ESPECIFICACIONES TECNICAS
1.- GENERALIDADES
Los presentes términos de referencia, fijan los procedimientos, términos y exigencias que regularan el servicio de vigilancia.
Regirán todo el ámbito de procedimientos y normas técnicas a cumplir del llamado a Propuesta. El proveedor en su cotización, deberá considerar todos los servicios requeridos.
DESCRIPCION DEL SERVICIO:
1.- Las Especificaciones Técnicas por cada recinto, señalan las características, alcance y descripción detallada en la prestación del Servicio de Vigilancia.
2.- El jefe de servicios generales de los Cesfam, red de urgencia y administración central, tendrá llaves de los recintos, objeto del llamado a propuesta, y, por lo tanto, libre acceso a éstos y a sus dependencias.
3.- En general, el servicio de Vigilancia ejecutado por el proveedor seleccionado, tendrá como función principal mantener vigilancia y dar seguridad a los recintos, tanto a nivel interno como externo y de las dependencias o inmuebles que se encuentren bajo su custodia o de cualquier otra situación que amerite la utilización de controles de los funcionarios y visitas que ingresan a las dependencias.
Además, comprenderá el control de personas y vehículos, para evitar el ingreso de elementos no autorizados y/o peligrosos, y la salida de especies de mayor o menor valor sin la autorización escrita correspondiente.
4.- De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el proveedor está obligado a proteger a todo su personal de los riesgos del trabajo, entregándole al trabajador cuya labor lo requiera, sin costo alguno, pero a cargo suyo y bajo su responsabilidad los elementos de protección personal. Los trabajadores deberán usar en forma permanente los elementos de protección personal, como asimismo preservar su mantención, lo cual debe ser supervisado por la empresa.
Antes del inicio de los servicios, el proveedor ,deberá presentar “LOS PROTOCOLOS COVID-19”, una vez presentados podrá dar inicio a los servicios contratados.
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5.- El proveedor en su cotización, deberá considerar todos los servicios requeridos.
6.- El proveedor seleccionado deberá acreditar que el personal asignado a la prestación del servicio tenga certificado de antecedentes, sin antecedentes y obligatoriamente los cursos requeridos para desarrollar la función de guardia privado, esto es CURSO DE GUARDIA PRIVADO CON CERTIFICADO OS10 DE CARABINEROS DE CHILE.
Ningún guardia podrá ejercer la función en dependencias del Servicio si no tiene el certificado al día (NO VENCIDO), del OS10 de Carabineros de Chile, un incumplimiento de este requisito esencial, será considerado como una falta gravísima y acarreará la sanción correspondiente.
7.- El proveedor seleccionado deberá velar y será de su cargo que el personal esté correctamente presentado con uniforme, y cualquier otro elemento que sea necesario para la seguridad del trabajador y para una labor eficiente y eficaz.
8.- En cada dependencia, él o los guardias deberán llevar un “Libro de Novedades” en donde se registrarán todos los hechos, que se presenten en cada uno de los turnos. Las anotaciones hechas en él, serán exclusivamente de los guardias y en tiempo real y un “Libro de Instrucciones”, en que quedarán registradas todas las instrucciones que se entreguen al guardia por parte del supervisor del Servicio. Las anotaciones hechas en él serán exclusivamente del Supervisor del Servicio.
9.-En el “Libro de Novedades” de cada dependencia y punto de vigilancia, durante el turno, el guardia deberá anotar:
9.1. Fecha del día y nombre y apellidos del guardia, al momento de la primera anotación del “Libro de
Novedades”.
9.2 Las llamadas telefónicas recepcionadas desde la base (hora).
9.3. Un registro de todos los bienes que ingresen y salgan del recinto e identificación de quiénes los ingresan o retiran de las dependencias.
9.4. Las novedades consideradas importantes para la seguridad de las dependencias y los funcionarios.
9.5. Lugares, secciones u oficinas:
9.5.1. Que quedaron con luces encendidas
Con lámparas que no encienden o parpadeen, incluyendo luces exteriores.
9.5.2. Con vidrios quebrados.
9.5.3. Con ventanas y/o puertas abiertas.
9.5.4. Otros equipos.
9.6. Cualquier hecho que ocurra durante el turno.
9.7. Al terminar su turno, deberá firmar en la línea inmediatamente siguiente a la última anotación realizada.
10.- Las anotaciones en el “Libro de Novedades” deberán ser inmediatas en relación a la información solicitada en los términos de referencias. El jefe de la unidad u otro supervisor visitarán, en cualquier momento las dependencias objeto de vigilancia y realizará los controles pertinentes.
11.- El o los guardias deberán cuidar que el anexo de teléfono red MINSAL, no esté descolgado nunca, asimismo, no permitir el acceso a ninguna persona extraña al recinto, sin la autorización correspondiente de la unidad encargada de la supervisión y control del servicio de vigilancia.
12.-Los referentes técnicos del servicio tendrán llaves de las dependencias o recintos, objeto del requerimiento a cotizar y por lo tanto, libre acceso a éstos y a sus dependencias.
13.-Cualquier movimiento de personal de la empresa seleccionada, ya sean por renuncia no voluntaria, renuncia voluntaria, permisos, vacaciones u otra inasistencia y/o salida deberá ser informada a la unidad a cargo de la supervisión del servicio de vigilancia, mediante documento formal con a lo menos 24 horas de anticipación.
14.-El proveedor que preste los servicios deberá tomar todas las medidas requeridas para reponer en forma inmediata al personal que eventualmente faltara, de tal modo de no interrumpir la prestación del servicio de vigilancia. El personal de reemplazo deberá tener igual calificación que aquél que es reemplazado.
15.- El proveedor, deberá dar aviso por escrito y con anticipación de a lo menos cinco (5) días hábiles, a la unidad a cargo de la supervisión del servicio, cuando cambie o reemplace a uno más de los trabajadores asignados a la ejecución del servicio de vigilancia, expresando claramente la causa de ello.
16.-Todo el personal asignado a la prestación del servicio de vigilancia será de entera responsabilidad y cargo del proveedor, en consecuencia, éste será el único empleador de sus trabajadores, quedando La corporación municipal de salud de Lo Prado, exenta de toda obligación y responsabilidad en materia de leyes laborales y previsión social. Sin perjuicio de lo dispuesto en el código del trabajo, título VII, “Del trabajo en régimen de subcontratación y del trabajo en empresas de servicios transitorios”, arts. 183-A y siguientes; que establecen la responsabilidad solidaria o subsidiaria, en su caso, que le asiste en este caso a la corporacion municipal de salud de Lo Prado, respecto de las obligaciones laborales y de seguridad social en relación a los trabajadores del prestador de servicios.
17.-Será de exclusiva responsabilidad de la empresa los daños y perjuicios que sean imputables a su personal, ya sean estos monetarios o morales, los cuales sean causados dentro del inmueble, a funcionarios del mismo, público en general y bienes de este.
18.-Los datos de información entregada en los términos de referencias, especificaciones técnicas y anexos adjuntos en relación a características, descripción, extensión y configuración de las dependencias son de carácter referencial, y por tanto es necesario que sean verificados en terreno por los cotizantes. Por consiguiente, la visita a terreno es de carácter obligatorio.
19.-El horario de trabajo o de ejecución de la prestación del servicio de vigilancia será acordado y coordinado con las unidades a cargo. Sin perjuicio de lo anterior, en las especificaciones técnicas particulares se establece el horario por cada dependencia.
20.-Las estimaciones de los proveedores sobre el número de horas y demás recursos a utilizar, serán de su exclusiva responsabilidad. Apreciaciones posteriores en atención a aumentarlos, para dar cabal cumplimiento a lo establecido en los términos de referencias, no darán lugar a mayores costos para la corporación municipal de salud de Lo Prado.
21.-La ejecución del servicio de vigilancia será de lunes a domingo. Sin perjuicio de lo anterior en las Especificaciones Técnicas Particulares se establece el horario para cada inmueble, el que podrá ser ratificado o reanalizado por la corporación municipal de salud de Lo Prado y la unidad responsable de la supervisión.
22.-Las actividades de vigilancia no deberán entorpecer el funcionamiento y labor normal de las dependencias
23.- El cumplimiento de los horarios de trabajo establecidos en las especificaciones técnicas Particulares para cubrir los puestos de vigilancia deberá ser controlado por la empresa.
24.-Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, las unidades supervisoras asignadas por la corporación de salud de Lo Prado y de los respectivos inmuebles, controlarán las horas trabajadas por los guardias de turno.
25.- Las siguientes actividades están estrictamente prohibidas para los guardias durante la ejecución y desarrollo de su función:
? FUMAR
? COMER
? ESCUCHAR MÚSICA CON AUDIFONOS
? USAR APLICACIONES DE ENTRETENCIÓN EN SU CELULAR.
? CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD QUE LO DISTRAIGA DE SU FUNCIÓN.
26.- El proveedor seleccionado, deberá entregar asesoría permanente sobre temas de seguridad de la corporación de salud de Lo Prado y en aquellas ocasiones en que ésta lo requiera.
27.- La corporación municipal de salud de Lo Prado, dará las facilidades para que el personal cuente con baños y un lugar para guardar los elementos necesarios para la ejecución de las labores que le son propias. Será de responsabilidad y cargo del proveedor seleccionado, suministrar alimentación, casilleros, materiales de oficina y elementos de aseo a sus trabajadores.
28.-El proveedor seleccionado para que realice la prestación de servicios de vigilancia deberá nombrar a un solo supervisor para todos los recintos.
29.- Con el fin de reforzar los mecanismos de control y supervisión sobre la prestación de los servicios contratados, la corporación municipal de salud de Lo Prado, aplicará sanciones por las fallas o incumplimientos de él proveedor seleccionado, de acuerdo a lo estipulado en los términos de referencias.
30.- La cobertura del servicio, se detalla en cada una de las especificaciones técnicas particulares, con indicación de partidas, sectores, periodicidad, sectores y otros aspectos relevantes.
31.- El uso de teléfonos, deberá ser exclusivamente para recepcionar las llamadas desde las oficinas de la empresa de guardias, con el objeto de dar cumplimiento de su labor de control y supervisión, y efectuar llamadas a servicios de emergencia pública y a jefaturas de cada inmueble.
32.-El uso de radios portátiles (Walkie-Talkie), deberá ser utilizada de forma obligatoria y permanente en carácter de emisor y receptor de mensajes considerada como una herramienta de soporte a la naturaleza del servicio. Debiendo además la empresa seleccionada realizar un permanente control de actividades del personal en turno en todos los recintos, por medio de reportes frecuentes y programados que aseguren que el personal esta alerta en su desempeño, como en el caso de informar de manera inmediata a su supervisor y jefatura para escalar en los procedimientos de apoyo necesarios para la normalización y buen funcionamiento del servicio.
La instalación y uso de los bastones de control en el 1er semestre de funcionamiento del contrato será exigido para 02 recintos que la unidad técnica asignará.
32.1.- La frecuencia de radio en la cual operarán las radios, será proporcionada por la corporación.
32.2- El uso de computadores o cualquier otro equipamiento del Servicio están estrictamente prohibido para los guardias, constituyendo su ocurrencia una falta muy grave para la empresa.
33.- El horario de colación del personal de guardia, deberá estar contemplado el reemplazo en la planificación de la planilla de turnos anuales, de tal modo que, el guardia pueda hacer uso de su horario de colación en forma adecuada, sin que ello signifique, que su puesto quede abandonado.
34.- El supervisor nombrado por la empresa, tendrá las funciones de coordinar con la unidad responsable y hacer cumplir a plenitud lo establecido en los términos de referencia y el convenio posterior a éstas, además de portar su tarjeta de identificación con foto y el logo de la empresa.
35.- En cada inmueble, él o los guardias deberán llevar un “Libro de Novedades” en donde se registrarán todos los hechos, que se presenten en cada uno de los turnos.
Las anotaciones hechas en él, serán exclusivamente de los guardias y en tiempo real y un “Libro de Instrucciones”, en que quedarán registradas todas las instrucciones que se entreguen al guardia por parte del supervisor del Servicio. Las anotaciones hechas en él serán exclusivamente del supervisor del servicio.
36.- La corporación municipal de salud de Lo Prado, se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquiera de los integrantes del personal de la empresa, el que deberá efectuarse dentro de las 24 horas siguientes a la solicitud, sin expresión de causa y aviso previo.
37.- El proveedor seleccionado deberá considerar en su cotización, que los turnos de vigilancia no podrán exceder el máximo horas diarias por guardia según normativa vigente, de tal modo, de mantener la mayor eficiencia en la ejecución del servicio de vigilancia, debiendo considerar, además, el reemplazo en el horario de colación.
2. EN RELACIÓN AL PERSONAL QUE EMPLEE
De todo el personal que emplee el proveedor para la ejecución del servicio, deberá presentar los siguientes documentos:
• Certificado de antecedentes, sin antecedentes.
• Certificado de sus condiciones físicas y su salud compatible con el tipo de función a realizar, y
• Certificado de educación media rendida en el caso de los guardias y Técnico Profesional o Universitaria en el caso de los supervisores de la empresa
El proveedor y todo su personal deberán cumplir con las leyes, reglamentos y normas relativos a la seguridad personal y a la prevención de accidentes del trabajo y daños a equipos e instalaciones, como así mismo, al control de entrada y salida del personal y materiales del establecimiento.
Todo el personal, durante la ejecución de su función deberá usar uniforme de acuerdo a su cargo y a las normas establecidas por y legislación correspondientes a seguridad laboral.
Los uniformes deberán tener logotipo identificatorio de la empresa a la que pertenecen y los trabajadores deben contar con su identificación personal con fotografía reciente que acredite su autorización para ejercer su función.
El uniforme será proporcionado por el proveedor y deberá contar con un mínimo de dos (2) uniformes por persona. Los uniformes de trabajo deben estar siempre limpios y en buen estado. El proveedor se preocupará que su personal mantenga una óptima presentación.
3. EN RELACIÓN A LOS MATERIALES Y EQUIPOS QUE DEBE SUMINISTRAR.
El establecimiento entregará al proveedor dependencias que este podrá utilizar para el desarrollo de su labor, dichas dependencias deben estar en buenas condiciones, una vez que la empresa deje de prestar los servicios de vigilancia.
4. EN RELACIÓN A LAS NECESIDADES DEL TRANSPORTE
El proveedor deberá disponer de movilización adecuada para sus necesidades de transporte desde y hacia el establecimiento, no se aceptará, por motivo alguno, que el personal del contratista haga uso de los medios de transporte del establecimiento.
5. EN RELACIÓN A LAS ÁREAS DE TRABAJO
El proveedor no podrá realizar actividades distintas a la naturaleza del servicio cotizado en las dependencias puestas a su disposición.
6. EN RELACIÓN AL HORARIO
El horario de prestación del servicio de vigilancia deberá ser íntegro en relación a lo expresado en los términos de referencias por La corporación municipal de salud de Lo Prado, resguardando siempre el proveedor el cumplimiento estricto a los términos de referencias y especificaciones técnicas, además de las normas y leyes laborales en relación a las jornadas laborales de los guardias. Éste será fijado por La corporación municipal de salud de Lo Prado, según las necesidades de cada dependencia y, conforme a un calendario y cronograma de trabajo que será notificado al contratista con, a lo menos, un mes de anticipación.
7. EQUIPOS PROPORCIONADOS POR La Corporación Municipal de Salud de Lo Prado
La corporación municipal de salud de Lo Prado proporcionará servicio de citofonía interno sin costo para el proveedor.
El proveedor, deberá proporcionar obligatoriamente a los guardias, equipos de comunicación interna, (walkie talkie) o similar, para la comunicación entre ellos durante la ejecución de sus funciones. No se aceptarán teléfonos celulares para este requisito.
8. ORGANIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA
La corporación municipal de salud de Lo Prado, a través de la secretaria general, designará al funcionario que ejercerán las labores de referentes técnicos del contrato, cuyas tareas serán definidas a través de Resolución Exenta, en adelante el representante. Su designación y reemplazo será comunicado por escrito al contratista mediante el libro de servicio. Este funcionario tendrá la facultad para velar por el correcto y adecuado funcionamiento y prestación del servicio contratado, especialmente de formular las observaciones que juzgue pertinentes, sobre aspectos generales o particulares relativos a la prestación del servicio, con la obligación de parte de este último de acatar tales indicaciones y de cumplirlas en el plazo que le fije La corporación municipal de salud de Lo Prado .Por su parte, el proveedor designará un representante, que podrá ser el coordinador o supervisor del personal asignado a la prestación del servicio, y tendrá las facultades y atribuciones que la empresa le asigne para el desarrollo de la prestación de los servicios contratados.
El proveedor asumirá la completa responsabilidad de la organización y producción de los servicios que se contraten, como igualmente deberá dar solución a cualquier detalle o problema que se presente durante su ejecución. Con el objeto de registrar las comunicaciones entre las partes y llevar una constancia escrita de todo el desarrollo del servicio, el contratista estará obligado desde el momento de la iniciación del trabajo, de abrir DOS (2) libros foliados tamaño oficio que se denominarán:
o Libro de Instrucciones
o Libro de Novedades Diarias
Estos dos libros, en sus materias respectivas, tendrán los objetivos y características señaladas en estos términos de referencias. El proveedor aceptará la permanente supervisión del representante, sobre los servicios que se ejecutan. El proveedor indicará el nombre del coordinador mediante carta dirigida al director/a, previo al inicio del servicio. Este coordinador deberá permanecer disponible para los recintos que le sean asignados, durante el desarrollo de los servicios.
9. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El proveedor estará obligado a resguardar adecuadamente los bienes, equipos y elementos de propiedad de la corporación municipal de salud de Lo Prado que estén en su poder y bajo su responsabilidad, respondiendo del extravío y/o deterioro a través de la reposición de éste en un plazo máximo de 10 días.
Deberá además el proveedor deberá cumplir fiel y oportunamente sus obligaciones contractuales, comerciales, laborales, previsionales y tributarias. Pagar oportunamente las remuneraciones de su personal y cotizaciones previsionales.
La Corporacion Municipal de Lo Prado, quedará facultada para efectuar pagos, por el proveedor, en caso de mora de las obligaciones laborales, previsionales y tributarias, con cargo a las facturaciones respectivas.
10. EQUIPOS COMPROMETIDOS POR EL PROVEEDOR EN SU OFERTA.
En relación a los equipos que en razón de la presente cotización el proveedor deba operar, éstos podrán ser retirados por la empresa seleccionada una vez terminados los servicios de vigilancia.
11. CAMBIOS DE DOMICILIO DEPENDENCIAS DE LA CORPORACION MUNICIPAL DE LO PRADO.
Si por circunstancias de fuerza mayor o por necesidades de la corporacion municipal de salud de Lo Prado , cualquier dependencia inserta en la presente cotización y posterior contrato que se genere como consecuencia de ésta, deba cambiar de domicilio, u otra dependencia nueva que se cree, el contrato continuará operando en su totalidad en el nuevo domicilio, pudiéndose incluso ampliar y/o disminuir según las necesidades del servicio de la corporacion municipal de salud de Lo Prado, lo que será negociado con el oferente de acuerdo a los valores entregados en su cotización.
12. REFERENTE TECNICO
El referente técnico es el funcionario (a) responsable, en un contrato y/o orden de compra de la supervisión de los servicios entregados. Para esto se designó a los siguientes referentes por establecimiento:
N° DEPENDENCIA UBICACIÓN RESPONSABLE
1 Cesfam Santa Ana CAMINO DE LOYOLA 5302 / LO PRADO Roberto Millas
SAPU Santa Ana
2 Cesfam Dr. Raúl Yasigi CALETA IQUIQUE / 214 / LO PRADO Verónica Bascuñán
SAR Yasigi
3 Cesfam Dr. Carlos Avendaño Laureano Cardenas
TENIENTE CRUZ / 1087 / LO PRADO
SAPU Avendaño
4 Cesfam Pablo Neruda DORSAL / 6741 / LO PRADO Salvador Cortes
SAPU P. Neruda
5 COSAM San Francisco # 8130 /Lo Prado Diego Barra
7 Administración Central Gral. Oscar Bonilla # 6100 /Lo Prado Marcos Benavides
Los que tendrá designada las siguientes facultades:
e) Monitorear y controlar el cumplimiento de todas aquellas exigencias impuestas en las presentes bases administrativas y técnicas.
f) Monitorear y controlar la calidad y plazos de entrega de los servicios establecido en los términos de referencias.
g) Redactar el Informe de conformidad de lo contratado.
h) Enviar a director de administración y finanzas, solicitud de multas por incumpliendo del convenio, adjuntando los antecedentes e informes que lo justifique.
Para fiscalizar el correcto cumpliendo del contrato, el proveedor, deberá proporcionar a la corporación, a través de su referente técnico, toda la información que este requiera, estando expresamente facultado para revisar y recabar todo otro antecedente que se estime pertinente, debiendo dársele todas las facilidades del caso.
En caso de ausencia permanente o temporal del referente técnico designado, sus funciones serán desarrolladas por su subrogante legal.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES POR ESTABLECIMIENTO
ESTABLECIMIENTO: Cesfam Santa Ana /SAPU Santa Ana:
GUARDIA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN DEPENDENCIAS (PORTERIA /PORTON DE ACCESO/INTERIOR DEL RECINTO).-
Cesfam Santa Anita
Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario diurno Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Tarde , extension horaria y SAPU Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Nocturno
Puerta acceso 1 8:00-17:00 Puerta acceso 1 17:00-24:00 Interior cesfam 1 24:00-8:00
Portón de salida 1 8:00-17:00 Portón de salida 1 17:00-24:00 Perímetro exterior 1 24:00-8:00
Some central 8:00-17:00 Some central 1 17:00-24:00
Total puestos x 24 horas
Carlos Avendaño
Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario diurno Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Tarde , extension horaria y SAPU Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Nocturno
Puerta acceso 1 8:00-17:00 Puerta acceso 1 17:00-24:00 Interior cesfam 1 24:00-8:00
Portón de salida 1 8:00-17:00 Portón de salida 1 17:00-24:00 Perímetro exterior 1 24:00-8:00
Some central 1 8:00-17:00 Some central 1 17:00-24:00
Total puestos x 24 horas
Raúl Yazigi
Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario diurno Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Tarde , extensión horaria y SAPU Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Nocturno
Puerta acceso 1 8:00-17:00 Puerta acceso 1 17:00-24:00 Interior cesfam 1 24:00-8:00
Portón de salida 1 8:00-17:00 Portón de salida 1 17:00-24:00 Perímetro exterior 1 24:00-8:00
Some central 1 8:00-17:00 Some central 1 17:00-24:00
Total puestos x 24 horas
Pablo Neruda
Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario diurno Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Tarde , extensión horaria y SAPU Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Nocturno
Puerta acceso 1 8:00-17:00 Puerta acceso 1 17:00-24:00 Interior cesfam 1 24:00-8:00
Portón de salida 1 8:00-17:00 Portón de salida 1 17:00-24:00 Perímetro exterior 1 24:00-8:00
Some central 1 8:00-17:00 Some central 1 17:00-24:00
Total puestos x 24 horas
SAR
Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario diurno Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Tarde , extensión horaria y SAPU Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Nocturno
Puerta acceso 1 8:00-17:00 Puerta acceso 1 17:00-24:00 Puerta acceso 1 24:00-8:00
Total puestos x 24 horas
COSAM
Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario diurno Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Tarde , extensión horaria y SAPU Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Nocturno
Puerta acceso 1 8:00-17:00 Puerta acceso 1 17:00-24:00 Puerta acceso 1 24:00-8:00
Interior 1 8:00-17:00 Interior 1 8:00-17:00 Interior
Total puestos x 24 horas
Adm central
Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario diurno Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Tarde , extensión horaria y SAPU Punto de vigilancia Puesto a cubrir Horario Nocturno
Puerta acceso 1 8:00-17:00 Puerta acceso 1 17:00-24:00 Puerta acceso 1 24:00-8:00
Interior 1 1 1
Total puestos x 24 horas
• El Servicio se requiere diariamente, de lunes a domingo los 365 días del año por turno según tabla.
• Deberá tener una actitud de colaboración y atención a los usuarios con respeto y prestancia.
• Mantendrá una comunicación fluida y cordial con funcionarios y público en general.
• Deberá mantener el aseo de su lugar de trabajo.
• Cada puesto de vigilancia deberá contar con un libro de novedades y de instrucciones.
• Llevar libro de novedades, según lo establecido en las bases técnicas, el que debe estar actualizado y disponible para revisión o consultas del Coordinador de Servicios Generales.
• El personal de seguridad deberá incluir en sus útiles de trabajo una linterna, portándola en todo momento del turno, ya sea de punto fijo o en rondas. La empresa o persona natural adjudicataria, será responsable dotar todos los elementos necesarios a su personal para cumplir a entera satisfacción con el servicio requerido en los términos de referencia, especificaciones técnicas y anexos.
• El personal de guardia de seguridad asignado a nuestras dependencias, debe mantener registro escrito e Informar oportunamente al coordinador de servicios generales, de cualquier incidente y/o novedad que ocurra y que, relacionada con los servicios, materia del contrato, sin perjuicio de ello deberá informarse al supervisor de la adjudicataria en forma simultánea.
• Colaborar con las fuerzas de orden y seguridad pública, en la identificación y eventual aprehensión de aquellas personas que cometan un ilícito en las dependencias.
• Para efectos de rondas y vigilancias, el personal de guardia se encuentra autorizado para transitar sólo a través de los pasillos, sin ingresar a las oficinas. Se investigará cualquier movimiento de personas en actitudes sospechosas.
• En Portería se registrarán todos los hechos que se presentan en cada uno de los turnos.
? Ampolletas o luminarias quemadas del alumbrado.
? Equipos que hayan quedado operando o encendidos inadvertidamente
? Funcionamiento de los sistemas de comunicaciones.
? Estado general del cierre de puertas.
• En caso de intento de hurto se actuará de la siguiente forma:
? Retener el objeto y supuesto hecho en cuestión.
? Anotar exactamente las circunstancias del hecho, nombre del hechor, objeto que se intentaba sacar, donde se ocultaba, etc.
• El guardia deberá ejercer un control visual de todo el personal externo y trabajadores de servicio, que se retire del recinto a cualquier hora del día.
• Está prohibida la entrada a las dependencias, fuera del horario del trabajo, o en días sábados, domingos o festivos, a toda persona que no haya sido expresamente citadas o autorizada por el coordinador de servicios generales, esto es tanto para los funcionarios internos de la institución como para el externo.
• Se controlará la entrada y salida de todo el personal a cargo del proveedor, además se puede señalar que:
Por razones imprevistas, podrán ingresar contratistas o sus trabajadores fuera del horario normal, sólo con autorización por escrito desde la unidad de servicios generales, si es a través de unas llamadas, ésta será verificada, y quedará constancia de ello en el libro de novedades.
? Al horario de salida: Si se requiriese, se procederá o se efectuará una revisión intensiva de maletines, paquetes o bolsos que el personal lleve consigo. Se anotará la hora de salida en el libro de novedades.
• No se permitirá que personas ajenas a la portería y vigilancia vean, reproduzcan o copien anotaciones de los libros de novedades.
• Las anotaciones en el Libro de Novedades deberán hacerse con letra clara, legible y en forma detallada.
• No obstante, la empresa de seguridad debe tener registrado todo tipo de eventos, para la consulta de estos, por personal de Servicios Generales autorizado, cuando se estime conveniente.
Control de ingresos y egresos de personal y/o funcionarios.
• Deberá velar por el buen funcionamiento del reloj biométrico y avisar de inmediato cualquier alteración en relación a su funcionamiento y uso.
• El vigilante no está autorizado para firmar o registrar asistencia de ningún funcionario.
• Las anotaciones hechas en los libros de portería, serán de exclusiva responsabilidad de los porteros de turno.
• Podrán ingresar proveedores particulares autorizados, previa confirmación con el servicio al cual se dirigen.
• No está autorizado el ingreso de vendedores ambulantes.
Control de acceso vehículos de funcionarios y otros
• Deberá controlar visualmente el acceso al estacionamiento principal al centro de salud o dependencias
• de la administración central.
• La barrera de control deberá permanecer siempre cerrada (administración central).
• Los vehículos que traen pacientes a control o consulta pueden ingresar, dejar al paciente y salir del establecimiento.
• El uso de los estacionamientos interiores de los recintos debe estar autorizado, regulado y supervisado por la dirección del establecimiento, previo entrega de listado de vehículos autorizados a hacer uso de los espacios de disponibles.
GUARDIA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA (SAPU)
*El Servicio se requiere diariamente, horas del día por turno, los 365 días del año.
*Deberá presentarse al ingresar a turno al médico y enfermera/o de turno.
*Debe permanecer en el acceso de camillas de ambulancias al interior de urgencia, controlando el Ingreso al servicio. Además, cada 30 minutos debe, cuando sea necesario y cuando sea requerido por el coordinador de servicios generales o jefes de urgencia, debe realizar rondas por los exteriores del servicio y principalmente en la sala de espera de urgencia.
*Mantendrá una comunicación fluida y cordial con funcionarios y público en general.
*Mantendrá el acceso a la unidad despejada y expedita frente a una emergencia.
*Deberá controlar que no se encuentren familiares de pacientes y familiares del al interior de la unidad de emergencia.
*Controlará el acceso de pacientes y público a la unidad de emergencia.
*Su dependencia operativa será del jefe de la unidad de emergencia, médico jefe de turno y enfermera/o de la unidad, en el momento en que este en dicha unidad.
*Deberá intervenir frente a requerimientos del personal del centro para mantener el orden y control de pacientes y público en general en la unidad.
*Deberá llamar a carabineros frente a situaciones que ameriten desorden y descontrol de pacientes y público en general, previa instrucción del médico y/o enfermera/o de turno.
*Deberá realizar rondas internas en el recinto, incluyendo los boxs.
*Deberá colaborar frente a requerimientos de los equipos de salud de la unidad de emergencia, solo a lo que se refiere en contención de pacientes.
*Informará a enfermera/o de turno de los cambios y relevos durante su turno.
*No está autorizado para dar información sobre el estado de salud de los pacientes.
*No son funciones del guardia de seguridad:
? Trasladar pacientes en sillas de rueda o camillas.
? Manipular instrumental Médico
? Realizar labores de Aseo
? Recaudación
? Traslado de documentación o exámenes, a otras unidades del Cesfam.
*Deberá colaborar frente a los requerimientos del coordinador de servicios generales.
GUARDIA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN DEPENDENCIAS (PORTERIA /PORTON DE ACCESO/INTERIOR DEL RECINTO.
*El Servicio se requiere diariamente, las 24 horas del día, los 365 días del año.
*Mantendrá una comunicación fluida y cordial con funcionarios y público en general.
*Abrir las dependencias a las 07:00 a.m. en conjunto con un funcionario del centro de salud para el ingreso de los funcionarios del establecimiento y usuarios.
*Cerrar las dependencias.
*Deberá realizar rondas por todo el establecimiento y sus dependencias
*Después de cada ronda por las distintas unidades y servicios del recinto, estacionamientos, además de las áreas verdes del centro, deberá anotar en bitácora las novedades, incluyendo lugares, secciones u oficinas, que quedaron:
? Con luces encendidas
? Con luminarias que no encienden, incluyendo luces exteriores.
? Con vidrios quebrados.
? Con ventanas y/o puertas abiertas.
? Cualquier hecho que ocurra durante el turno.
*Al terminar su turno, deberá firmar en la línea inmediatamente siguiente a la última anotación realizada.
*Deberá colaborar frente a requerimientos de seguridad de los equipos de salud de las diferentes unidades.
*Deberá orientar a pacientes, familiares y visitas sobre la ubicación de los distintos Servicios.
*Deberá registrar en libro de novedades nombre, fecha, horario y novedades del turno firmando al término de este.
*Deberá colaborar frente a los requerimientos del coordinador de servicios generales.
Llevar el registro cronológico de los hechos en la bitácora de las dependencias, las notas relevantes registrarlas con lápiz rojo.
*Dejar constancia escrita en el Libro de novedades toda la información acontecida durante la realización de la ronda
*Control de los bienes inventariarles, de acuerdo a la correspondiente nota de salida.
*Controlar el ingreso de vehículos particular, fiscal, o cualquier otro, deberá solicitar identificación del conductor y pasajeros, motivo de la visita y avisará de inmediato al coordinador de servicios generales para su autorización. Procederá a registrar número de placa, nombre del conductor, hora de ingreso, motivo, destino y hora de salida, y deberá revisar maletero si la situación lo amerita.
*Los vehículos de funcionarios podrán ingresar de acuerdo a su jornada de trabajo y con autorización de la unidad de servicios generales y deberán ser revisados (maletero) si la situación lo amerita.
*La empresa seleccionada para ejecutar los servicios de vigilancia, deberá instalar al menos 04 puntos por el sistema de bastón de ronda dentro del perímetro del establecimiento, para que así el guardia de turno pueda realizar en forma diaria 3 rondas en horario hábil y otras 3 en horario inhábil. A fin de mes, la empresa deberá enviar por correo electrónico al encargado de servicios generales el informe con todos registros realizados en el mes calendario. Todos los costos de instalación y software asociados al bastón de ronda, serán a costo de la empresa en su totalidad.
*La corporación se reservará el derecho de admisión en caso que alguna persona intente ingresar con alimento, cigarrillos y bebidas alcohólicas.
*No está dentro de sus funciones autorizar el ingreso de personas u otros fuera del horario establecido.
Entrega de información a familiares y público en general:
*Para entrega de información directa a familiares de pacientes deberá derivar a la oficina a definir por el hospital.
Control de acceso de público, personal y otros ajenos al establecimiento:
*Está autorizado el ingreso al establecimiento solo de personas que tengan la calidad de:
*Personal o funcionarios que estén en ejercicio de su función.
*Familiares citados por medico u otro profesional para información de pacientes. Se le debe pedir al familiar que presente la citación.
*Pacientes que asisten a control médico, exámenes u otro con carne y orden de citación, a quienes se les entregara una tarjeta de visita para identificar al lugar donde se dirigen.
*Funcionarios de otros establecimientos previa identificación y destino.
*Alumnos en práctica de las diferentes instituciones formadoras previa identificación y destino.
*Proveedores particulares autorizados, previa confirmación con el servicio al cual se dirigen.
*Los vendedores particulares deberán presentar autorización de la oficina de personal del establecimiento.
*El ingreso de religiosos de cualquier doctrina deberá ser acreditado según origen y motivo y autorizado por la oficina a definir por la corporación.
Control de acceso de ambulancias, vehículos de funcionarios y otros
*Deberá controlar el acceso al centro.
*Deberá controlar todo vehículo que ingrese al establecimiento (en libro respectivo) y deberá solicitar al conductor a autorización para revisar el maletero en caso de ser necesario.
*Si se trata de ambulancia deberá registrar motivo, destino, hora de salida, hora de ingreso (en libro respectivo).
*Si se trata de vehículo particular, fiscal, o cualquier otro, deberá solicitar identificación del conductor y pasajeros, motivo de la visita y avisará de inmediato al jefe de turno para su autorización. Procederá a registrar número de placa, nombre del conductor, hora de ingreso, motivo, destino y hora de salida, y deberá revisar maletero si la situación lo amerita.
| ESPECIFICACIONES TECNICAS
1.- GENERALIDADES
Los presentes términos de referencia, fijan los procedimientos, términos y exigencias que regularan el servicio de vigilancia.
Regirán todo el ámbito de procedimientos y normas técnicas a cumplir del |
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