Orden de Compra. Nº1611-438-SE23 "491 KSR / USGI "Telefonia fija internacional""
Recuerde que el responsable del pago es SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
 
1 .- Información de la Orden de Compra
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
4 .- Otras Especificaciones
5 .- Datos del Proveedor
6 .- Productos/Servicios
7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
 
1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra 1611-438-SE23
Estado de la Orden de Compra Recepción Conforme
Fecha de Envío 14-12-2023
Nombre de la Orden de Compra 491 KSR / USGI "Telefonia fija internacional"
Anexos y Resoluciones Ver Anexos
Notas
Orden de Compra Proveniente de licitación pública
Proveniente de Licitación 1611-26-LP22
2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra Servicio Nacional del Consumidor
Razón Social SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
R.U.T. 60.702.000-0
Dirección de Unidad de Compra Teatinos 50 piso 6
3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto Anual
Disponibilidad Presupuestaria check Esta orden de compra cuenta con disponibilidad presupuestaria. Folio ingresado 1849 proporcionado por SIGFE.
Usuario SIGFE
Plazo de Pago 30 días contra la recepción conforme de la factura
Moneda Peso Chileno
Razón Social SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
R.U.T. 60.702.000-0
Dirección de Facturación Teatinos 50 piso 6
Comuna Santiago
Impuesto 114,57
Dirección de Envío de la Factura Teatinos 50 piso 6
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega
TítuloDescripción
CLAUSULAS Y FACTURACIÓN SERNAC
confidencialidad: El proveedor contratado y su personal, deberán guardar estricto control y
reserva sobre la información y documentos a los que tenga acceso antes, durante y con
posterioridad al desarrollo de este contrato. En consecuencia, toda
la información que proporcione el SERNAC, cualquier sea su formato o soporte,
relacionada o no con la ejecución de este contrato, podrá ser utilizada en forma
exclusiva y restringida, únicamente, por el oferente que se adjudique el presente
proceso de Licitación y para los fines de éste. En consecuencia, no podrá divulgar
y/o entregar a terceros, ni aun bajo pretexto de haber terminado el contrato, por cualquier
causa, los datos proporcionados y será de su responsabilidad implementar los mecanismos
necesarios para impedir que otra persona o entidad acceda y/o utilice la información
proporcionada o haga un uso distinto al previsto por el SERNAC y/o por el titular de los
datos o antecedentes al momento de prestar su autorización o consentimiento. SERNAC
podrá pedir al oferente información sobre estos mecanismos y su forma de implementación.
Esta prohibición no cesa por el vencimiento o término anticipado del contrato.
Cualquier documento al que haya accedido directa o indirectamente, a propósito
de la ejecución del contrato, deberá ser devuelto por el adjudicatario al finalizar la
ejecución del mismo.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida, por parte
del prestador de servicios y/o sus dependientes, durante la vigencia del contrato,
o después de su finalización, dará lugar al SERNAC para entablar las acciones judiciales
que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los
actos que hayan ejecutado sus empleados o dependientes, y quienes resulten responsables.
El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar al término anticipado de la
convención y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del mismo, cuando corresponda,
según determine SERNAC. Si la ejecución del contrato ya se hubiere verificado, SERNAC
podrá, además, iniciar las acciones legales que correspondan, respondiendo el contratista de
todos los perjuicios quese deriven
de la infracción de esta obligación.
Finalmente, se deja constancia que el Servicio Nacional del Consumidor se rige
por el principio de transparencia en el ejercicio de la función pública en los términos de la
Ley N° 20.285 y de su Reglamento y además por las normas contenidas en la Ley N°
19.628 por lo que las peticiones de información que se le formulen sobre antecedentes del
proveedor adjudicado relativos a este contrato y/o sobre las personas que les prestan
servicios y/o las personas cuyos datos o antecedentes formen parte de los registros o bases
de datos a que tenga acceso, se resolverá con sujeción a las normas contenidas en ambos
textos legales.
Se establece, además, que a través del banner de Gobierno Transparente el adjudicatario
podrá acceder a la política de seguridad de la información de SERNAC.
DECLARACION DE HABILIDADES
El acto de aceptación por parte del proveedor de la presente orden de compra, implica que
declara su habilidad para contratar con el Servicio Nacional del Consumidor, al tenor de lo
establecido en el artículo 4 inciso sexto de la Ley N° 19.886 de Bases
5 .- Datos del Proveedor
Proveedor TECNOERA
Razón Social SERVICIOS INTERNET LIMITADA
R.U.T. 77.409.600-0
Estado de habilidad check_circle HÁBIL (Cumple con los requisitos para contratar con el estado)*
*Este es el estado de habilidad del proveedor adjudicado al momento del envío de la orden de compra.
Sucursal TECNOERA
Socios y accionistas principales Ver listado
6 .- Productos/Servicios
Código ONUProducto / ServicioCant.MedidaEsp. CompradorEsp. ProveedorPrecio Unit.Desc.CargosTotal Unit.Valor Total
83111507
Mesa de ayuda de centros de llamadas1Unidad no definida   $ 603,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 603 $ 603
Total Neto $ 603
Descuento $ 0
Cargos $ 0
IVA  19  % $ 115
TOTAL OC $ 718


7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública

No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.