Los
siguientes términos de referencia tienen por finalidad establecer los
requerimientos técnicos y mecanismos de evaluación para la selección objetiva
de los oferentes para esta compra ágil.
1. Características
de requerimiento
El Fondo Nacional de Salud,
Dirección Zonal Norte dependiente del Ministerio de Salud, por medio de los
siguientes referencias técnicas y administrativas, requieren adquisición y
armado de silla profesional para la Dirección Zonal Norte del Fonasa.
Se requiere adquisición y armado
de:
·
01 Silla Profesional
Sillas de oficina modelo Tossy
o equivalente técnico, de las siguientes características técnicas:
·
Alto Total 97 - 107 cm
·
Alto asiento 46 - 56 cm
·
Ancho Total: 65 cm
·
Ancho Asiento: 50 cm
·
Profundidad: 60 cm
·
Color: Negro
·
Este debe contar con respaldo ergonómico,
soporte lumbar, apoya brazos regulables,
·
regulación de altura.
o
Imagen de referencia:

TODA REFERENCIA A MARCAS ES
MERAMENTE REFERENCIAL, PUDIENDO OFERTARSE PRODUCTOS CON CARACTERÍSTICAS
TÉCNICAS SIMILARES O SUPERIORES.
2. Plazo
de entrega/Ejecución
Plazo
de entrega 05 días hábiles.
3. Dirección
de Entrega de ejecución del servicio
La
dirección de ejecución del servicio será en las dependencias de FONASA
Dirección Zonal Norte, ubicados en:
·
José Miguel Carrera 1725, Antofagasta
4. Marco
Presupuestario
El
monto presupuestado bruto para el presente es de $225.000 del presupuesto
correspondiente al año 2025 y con cargo al Ítem presupuestario 2904 “MOBILIARIO
Y OTROS”.
La
materialización de la compra se realizará a través de la correspondiente orden
de compra conforme a los conceptos antes señalados.
Esta
compra tendrá una vigencia de un mes. Sin perjuicio de que, llegado el plazo y
de existir aún presupuesto pueda extenderse según necesidad del
establecimiento. Es menester indicar que la cotización (precios) se mantendrán
inalterables durante toda la ejecución de la compra. Cabe destacar que el
presupuesto se considera ejecutar este 2025.
5. Contraparte
técnica
Actuará
como contraparte Encargado de Gastos Generales.
6. Requisito
para ofertar
Solo
se aceptarán ofertas que cumplan con la totalidad del servicio requerido y sus
características técnicas, indicadas a continuación, de lo contrario podrá ser
declarado inadmisible.
El
oferente debe adjuntar a su oferta lo siguiente:
·
Cotización formal en formato propio que
considere al menos:
o
Propuesta Económica
o
Datos del proveedor
o
Detalle de insumos y/o servicios
solicitados
La
no presentación de esta información significará que la oferta sea declarada
inadmisible.
7. Evaluación
La
selección del oferente se realizará utilizando los siguientes criterios de
evaluación:
|
Criterio
|
Formula
|
Ponderación
|
|
Precio
|
(Menor oferta/oferta analizada) *100
|
100%
|
-Precio: Se
analiza en virtud del menor monto total ofertado, de acuerdo con la formula
indicada en tabla precedente.
Criterio
de desempate: Una vez finalizado el proceso de evaluación si dos o más
resultaren con igual puntaje, se optará primero por la oferta que cumpla de
mejor manera a los requerimientos de este proceso, buscando el sentido que más
se ajuste al espíritu de ellas.
8. Aceptación del contenido de
los requerimientos técnicos
El proveedor conoce y acepta
todas las condiciones establecidas en este requerimiento técnico y se
ratificara su aceptación al momento de aceptar la orden de compra (OC) o
después de 24 horas posterior a su envío.
9. Del pago
El
pago se efectuará, contra presentación de factura a nombre del Fondo Nacional
de Salud, Dirección zonal Norte Rut: 61.603.000-0, detallando los productos y/o
servicios facturados, conforme a las condiciones de la orden de compra que le
hayan sido enviadas al proveedor (indicar N.º de orden de compra en el
documento de venta).
Además,
su pago estará supeditado a la efectiva recepción de los productos/servicios
solicitados en términos, técnicos, cantidades y precios, lo cual será
refrendado por la recepción interna desde Fondo Nacional de Salud, Dirección
zonal Norte.
Las
facturas se pagarán a través de Transferencia bancaria con la recepción
conforme de Fondo Nacional de Salud, Dirección zonal Norte a los 30 días posteriores
contados desde la fecha de recepción conforme de la factura y de los documentos
requeridos.
Las
facturas mal extendidas, que no incorporen los productos y/o servicios,
cantidades, o que no contenga número de Orden de Compra; serán causales de
devolución, por tanto, el plazo regirá desde la fecha de presentación de la
nueva factura previa recepción conforme del producto solicitado. Además, es
obligación del proveedor aceptar la orden de compras dentro de las 24 horas
siguientes al envío de esta a través del portal de mercado público, siendo
fundamental este proceso para el pago de la factura.
Al
momento de facturar considerar los siguientes detalles:
A.-
SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS:
·
Factura
debe ser recepcionada y validad por SII.
B.-
MERCADO PUBLICO:
·
Orden de
compra debe estar aceptada/ validada a través del sistema por el proveedor.
·
Las
órdenes de compra no pueden superar los montos establecidos la Referencias
técnicas
C.-
SISTEMA DE FACTURACION
·
Cada
factura debe anunciar la OC del portal (previamente validad), en el recuadro de
referencia (cód. 40020, XML)
“El
Fondo Nacional de Salud, Dirección zonal Norte, tiene 8 días corridos para
poder rechazar la factura”.
10. Facturación
La
factura deberá ser emitida una vez que se ejecute y entregue el servicio y se
recepcione de manera conforme. En la factura debe detallar servicio ejecutado y
orden de compra asociada.
11. Multas
En
casos de incumplimientos se aplicarán las siguientes multas:
Ø Atraso en la entrega de los productos o prestación de los
servicios: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por
cada día de atraso en la entrega de los productos o prestación de los servicios
(en días hábiles). La multa será el equivalente al 2% del total de la compra (IVA
incluido) por cada día de atraso, con un tope de 10 días.
Ø Incumplimiento en las especificaciones técnicas
contratadas: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa
por el incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos o
servicios contratados determinados en la solicitud de cotización y en la oferta
del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la
contratación. La multa será el equivalente al 10% del total de la compra (IVA
incluido). El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y
realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a 03
días hábiles, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los
productos o servicios.
Ø Atraso en la entrega del producto o prestación de los
servicios luego de solicitada su corrección: la Institución compradora está
facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la nueva entrega de
los productos o prestación de los servicios (considerando días hábiles) una vez
transcurridos los 3 días hábiles contados desde la fecha de notificación del
rechazo de los productos o servicios. La multa será el equivalente
al 2% del total de la compra (IVA incluido) por cada día de atraso, con un
tope de 10 días.
Ø En
caso de que el proveedor entregue en forma parcialmente un producto y/o
servicio, o directamente no preste el servicio en la fecha indicada en su
oferta y ratificada en la Orden de compra, si contraparte técnica del producto
y/o servicio, determinan que el mismo es de importancia crítica para el
cumplimiento y afecte la continuidad de los servicios prestados en Fondo
Nacional de Salud, Dirección zonal Norte, se aplicará multa equivalente al 40%
del total de la compra (IVA incluido)
Procedimiento:
Detectada
una situación que amerite la aplicación de multa o el término anticipado del
contrato el organismo comprador notificará inmediatamente de ello al proveedor,
por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los
hechos en que aquélla se motiva.
A
contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor
tiene un plazo de 10 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito dirigida
al mismo director Zonal del Fondo Nacional de Salud, Dirección zonal Norte,
quien resolverá en última instancia, acompañando todos los antecedentes que
respalden su posición.
Vencido
el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos,
se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del
organismo comprador.
Si
el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos
efectos, el organismo comprador tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados
desde la recepción del descargo para rechazarlos o acogerlos, total o
parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del
respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una
resolución fundada en la cual deberá detallarse el contenido y las
características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá
notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta
certificada.
La
resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto
el acto impugnado.
Las
multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde
la notificación de la resolución que aplica la multa.
Las
multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad requirente de
recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la
responsabilidad del contratante incumplidor.
No
procederá el cobro de las multas señaladas en este punto, si el incumplimiento
se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y
1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las
partes, el cual será calificado como tal por la Entidad Licitante, en base al
estudio de los antecedentes por los cuales el oferente adjudicado acredite el
hecho que le impide cumplir.
12. Situaciones
No Previstas
Toda
situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada
a las presentes bases será resuelta por FONASA DZN, quien está facultada para
integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al
espíritu de ellas. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales que
procedan. |