Deberá aceptar, esta Orden de compra, cambiando su estado a “ACEPTADA” , en el Portal Mercado Público y su ID.
Lo anterior, formaliza la relación comercial y se traduce en que :
1.- El Municipio, cancelara el pago de los bienes o servicios recibidos en conformidad y en los plazos que indica la Ley.
2.- Él Proveedor, dará cumplimiento, a cabalidad, en la entrega de los bienes o servicios ofertados y adjudicados en cantidad, plazo y demases, consignado en su oferta.
Lo anterior, acorde al Art. N°63 de la Ley 19886 y su Reglamento