| DECLARESE INADMISIBLE LA OFERTA DEL PROVEEDOR, COMERCIAL ACOPLAS LIMITADA RUT N° 76.407.127-1. ADJUDICA PROPUESTA PÚBLICA ID 2446-460-L124; “ADQUISICION DE MANGUERAS JARDIN BICOLOR BLANCO ESTRA DE ½ Y 3/4” DECRETO EXENTO Nº:_________/ | DECLARESE
INADMISIBLE LA OFERTA DEL PROVEEDOR,
COMERCIAL ACOPLAS LIMITADA RUT N° 76.407.127-1.
ADJUDICA PROPUESTA PÚBLICA ID
2446-460-L124; “ADQUISICION DE MANGUERAS
JARDIN BICOLOR BLANCO ESTRA DE ½ Y 3/4”
DECRETO
EXENTO Nº:_________/
COQUIMBO,
VISTOS:
Lo
dispuesto en los artículos 6, 7 y 118 de la Constitución política de la
República; lo dispuesto en
los artículos 56 y 63 de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;
Las disposiciones contenidas en la Ley
de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios Nº 19.886 y en su Reglamento; La Ley N° 19.880 que establece bases en
los procedimientos administrativos que rigen los actos de la Administración del
estado; el Decreto Exento N° 2135 de fecha 30 Diciembre 2021, que delega
facultad de firmar bajo la fórmula Por Orden del Alcalde a funcionarios del Departamento
de Adquisiciones, Salud y la Secretaría Comunal de Planificación, mediante firma
electrónica avanzada de las resoluciones o decretos que aprueban llamado a
licitación pública para los procesos menores a 100 UTM (L1); el decreto N° 3070 de fecha de 15 noviembre 2023 que aprueba Manual de
Procedimientos Tramitación de Facturas de contrataciones regidas
por la ley N° 19.886, la Guía de
Requerimiento N° 1261 de fecha 25 junio de 2024; el proyecto presupuesto 2024;
el Acto Administrativo N°460 de fecha 28 de junio de 2024; la Ficha de Licitación ID 2446-460-L124; los
Comprobantes de Ingreso de Ofertas; el Acta de Evaluación de fecha 09 de julio
de 2024; el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 4315 de fecha 19 de junio de 2024; el decreto N° 1191 de fecha 23
de julio año 2021 y Decreto Exento N°
2533 de fecha 26 de septiembre de
2023, donde se indica la subrogancia
del Alcalde de Coquimbo; y las atribuciones de mi cargo:
CONSIDERANDO:
1. Que, la Municipalidad de Coquimbo
es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar
su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna,
según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades.
2. Que, al tenor de lo indicado
en el artículo 5° letra c) de la Ley Orgánica Constitucional de
Municipalidades, los Municipios, para el cumplimiento de sus funciones tendrán
atribuciones esenciales como “Administrar los bienes municipales y nacionales
de uso público incluido el subsuelo, existentes en la comuna, salvo que, en atención
a la naturaleza o fines y de conformidad a la ley, la administración de estos
últimos corresponda a otros órganos de la Administración del estado”; además,
en el artículo 25°, letra a) indica que a la unidad encargada de la función de
medio ambiente, aseo y ornato le corresponde velar por el aseo de las vías
públicas, parques, plazas, jardines y en general, de los bienes nacionales de
uso público existentes de la comuna.
3. Como parte de los procesos de trabajo del
departamento, el disponer de los elementos necesarios para realizar las tareas
de riego, es fundamental para el avance
del cuidado y mantención de los espacios a cargo, donde a pesar del avance de
la sequía en la región, existen muchos puntos con césped, el cual se mantiene
con riego manual con nuestros
jardineros, dado a los altos costos derivados para gestionar sistemas de riego
automáticos, debiendo suplirse estas tareas con
personal fijo y en ocasiones con camiones aljibes,
de acuerdo a rutas dispuestas por los capataces de sector, y la coordinación
con las áreas de supervisión con la premisa de cubrir la mayor parte posible de
áreas verdes, con el personal disponible para estas tareas de cuidado de las
áreas verdes, y su mantención regulada, con la finalidad de otorgar espacios
adecuados para el esparcimiento y la recreación
de la comunidad.
4. Que, en virtud de lo anterior,
la municipalidad de Coquimbo requiere, la adquisición de mangueras jardín bicolor
blanco estra de ½ y ¾ para las
labores que realiza el departamento, con las cuadrillas encargadas de
labores de jardinería las cuales se disponen de acuerdo a las
capacidades actuales disponibles, para
alcanzar la mayor parte posible del perímetro de espacios a cargo, siendo parte
fundamental de sus cometidos, el disponer y renovar los materiales de trabajo,
dado al desgaste por el constante trabajo, del traslado de herramientas, por lo
cual se hace impensable disponer de un stock adecuado, para las tareas encomendadas
5. El
Acto Administrativo N° 460 de fecha 28 junio 2024 que aprueba las bases de Licitación para
la ADQUISICION DE MANGUERAS
JARDIN BICOLOR BLANCO ESTRA DE ½ Y ¾, y
la ficha de Licitación N° 2446-460-L124
6.
Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl,
a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
|
PROVEEDOR
|
RUT
PROVEEDOR
|
TOTAL
OFERTA
NETO
(COMPROBANTE
DE INGRESO)
|
|
COMERCIAL
ACOPLAS LIMITADA
|
76.407.127-1
|
$ 4.931.560
|
|
FERNANDO CRISTIAN SEGOVIA MASSAD
|
11.510.660-0
|
$ 3.978.000
|
|
IGMA COQUIMBO SPA
|
76.473.473-4
|
$ 3.959.444
|
7.
Que, las bases administrativas establecen en el
acápite INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN
que “La entidad licitante declarará inadmisible la oferta presentada que no
cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de
licitación”, En caso de incumplimiento en la fecha de
adjudicación establecida en las presentes bases, la municipalidad deberá
informar en el sistema de información las razones que justifican el
incumplimiento del plazo e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, al
tenor de lo indicado en el artículo 41 del DS 250 del año 2004 La Municipalidad
de Coquimbo se reserva el derecho de revocar la licitación pública en
conformidad a la facultad establecida el artículo 61 de la Ley N°19.880 que
establece que Los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que
los hubiere dictado facultad que se materializa en el sistema de información
www.mercadopublico.cl, a través de la aplicación revocar licitación, que permite
mientras no se haya adjudicado una licitación, llevar a efectos dicha facultad
mediante resolución fundada, basado en razones de mérito, conveniencia u
oportunidad, en virtud de lo cual se determina declarar inadmisible la oferta presentada
por el proveedor , COMERCIAL ACOPLAS LIMITADA RUT N° 76.407.127-1, oferta
por un valor de $ 5.868.556, siendo declarada inadmisible su oferta por exceder el presupuesto máximo disponible informado de $ 5.000.000 (Cinco millones de pesos) IVA incluido.
8. Que, verificados por el evaluador
los criterios y metodología de evaluación, consta en acta de fecha 26 de abril
de 2024 que el proveedor FERNANDO CRISTIAN SEGOVIA
MASSAD, obtiene un puntaje ponderado de 94,77 que el proveedor IGMA COQUIMBO SPA, obtiene un puntaje ponderado de 90,00.
9. Que, el Acta de Evaluación
de las ofertas de fecha 09 de junio de 2024, ingresada en Adquisiciones y propuestas
públicas con fecha 23 de junio de 2024, donde se propone adjudicar la Licitación Pública ID 2446-460-L124, denominada
“ADQUISICION DE MANGUERAS
JARDIN BICOLOR BLANCO ESTRA DE ½ Y ¾
” al oferente FERNANDO CRISTIAN SEGOVIA MASSAD, RUT N°
11.510.660-0, por tener el mayor ponderado puntaje ponderado (94,77), cumpliendo con
los requisitos de adjudicación.
10. El Certificado
de Disponibilidad Presupuestaria N° 4315 de fecha 19 de julio de 2024 que da cuenta
de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para la adquisición de mangueras jardín bicolor
blanco estra de ½ y ¾. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N° 1261 de fecha 25 de junio de 2024 y el Proyecto Presupuestario año 2024.
11. Que, de conformidad
al artículo 63 letra i) de la, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades,
al alcalde le corresponde especialmente
dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular.
D E C R E T O
1° APRUEBESE acta de
evaluación de la licitación Publica ID N° 2446-460-L124 de fecha 09 de junio de 2024, suscrita por funcionario evaluador designado mediante acto administrativo N° 460 de fecha 28 junio 2024 que aprueba las bases de Licitación para
la adquisición de mangueras jardín bicolor blanco estra de ½ y ¾, y la ficha de
Licitación N° 2446-460-L124
2° DECLÁRESE INADMISIBLE la oferta
presentada por el
oferente COMERCIAL ACOPLAS LIMITADA RUT N° 76.407.127-1, al tenor de lo indicado en el considerando
séptimo del presente Decreto, conforme lo preceptuado en el artículo 9 de la
Ley N°19.886
3° ADJUDÍQUESE la
Propuesta Pública ID N° 2446-460-L124, denominada “ADQUISICION
DE MANGUERAS JARDIN BICOLOR BLANCO ESTRA DE ½ Y ¾” al proveedor FERNANDO
CRISTIAN SEGOVIA MASSAD, RUT N°
11.510.660-0, por un monto de $ 4.733.820 (Cuatro millones setecientos treinta y tres
mil ochocientos veinte pesos) IVA
Incluido
4º PUBLÍQUESE
la presente resolución en el Sistema
de
Información de Compras y Contratación Pública, para los efectos
previstos en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento.
5º IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto
Municipal, Centro de Costos del Departamento
de Parques y Jardines, cuenta N° 215-22-04-014-000-000-034.
6° AUTORÍCESE
a formalizar la contratación al tenor de lo indicado en el punto N° 7 (Otras
Clausulas) las bases administrativas del proceso licitatorio, una vez que el Departamento de
Adquisiciones
y Propuestas Públicas verifique el cumplimiento de los requisitos para contratar.
Anótese,
Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese
|
ESTEBAN
PEFAUR DENDAL
|
DAVID
JONATAN DIAZ LOPEZ
|
|
SECRETARIo
MUNICIPAL
|
ALCALDE
DE COQUIMBO (s)
|
RCP/MJCR/BAC/pvv
DISTRIBUCION:
- pvergara@municoquimbo.cl
- Secretaría Municipal
- Finanzas
- Carpeta
Licitación
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