Orden de Compra. Nº2446-1528-SE16 "TRATO DIRECTO PAMPILLA DE COQUIMBO 2016"
Recuerde que el responsable del pago es I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
 
1 .- Información de la Orden de Compra
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
4 .- Otras Especificaciones
5 .- Datos del Proveedor
6 .- Productos/Servicios
7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
 
1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra 2446-1528-SE16
Estado de la Orden de Compra Enviada a proveedor
Fecha de Envío 31-08-2016
Nombre de la Orden de Compra TRATO DIRECTO PAMPILLA DE COQUIMBO 2016
Anexos y Resoluciones Ver Anexos
Notas
Orden de Compra Proveniente de licitación pública
2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra IMUNI_COQUIMBO
Razón Social I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
R.U.T. 69.040.300-5
Dirección de Unidad de Compra Bilbao 348
3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto
Disponibilidad Presupuestaria check
Usuario SIGFE
Plazo de Pago 30 días contra la recepción conforme de la factura
Moneda Peso Chileno
Razón Social I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
R.U.T. 69.040.300-5
Dirección de Facturación Bilbao 348
Comuna Coquimbo
Impuesto 1238425,035
Dirección de Envío de la Factura Bilbao 348
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega 31-08-2016
TítuloDescripción
Coquimbo, Decreto Exento Nº_______/ VISTOS: Nota interna N° 08 de fecha 25-08-2016 en la cual el alcalde autoriza el trato directo con la empresa eléctrica, certificado de disponibilidad presupuestaria N° 4231 de fecha 24-08-2016, gu

Coquimbo,

Decreto Exento Nº_______/

 

Vistos:

 

                                                                                   Nota  interna  N° 08  de fecha 25-08-2016 en la  cual el  alcalde  autoriza  el trato  directo con la  empresa eléctrica, certificado  de disponibilidad presupuestaria  N° 4231 de  fecha  24-08-2016, guía de Requerimiento N° 1085 de fecha 23/08/2016; copia del  documento de  la  biblioteca del congreso nacional  de  chile en la cual  se  indica  que  la  empresa  eléctrica  es  la única que tiene  la concesión  para  la  distribución  de  la  energía  eléctrica  en  la  comuna de Coquimbo  y  región, carta  de  la empresa  de  Conafe y cotizaciones; Proyecto  presupuesto 2016 de  pampilla  de  Coquimbo  2016; decreto alcaldicio  N° 995  de  fecha 06-05-2016  en la  cual  se  nombra al comisario general  de  la  pampilla 2016  y  las normas contenidas en la Ley Nº 19.886 De Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en su Reglamento; lo prescrito en la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

 

Considerando:

 

1.       Guía de Requerimiento N° 1085  de fecha 23/08/2016, emitida por el  encargado  del  proyecto, mediante la cual solicitan la contratación directa con el Proveedor COMPAÑÍA NACIONAL DE  FUERZA ELECTRICA  S.A   RUT  N° 91.143.000-2,  por el  montaje y retiro de transformadores  para  el  servicio  de electrificación  del recinto  pampilla  de Coquimbo 2016, por  ser  la única  empresa que  presta  dicho servicio  en  la  región.

 

2.       Proyecto  presupuesto  2016  que autoriza la compra.

 

3.       decreto alcaldicio  N° 995  de  fecha 06-05-2016  en la  cual  se  nombra al comisario general  de  la  pampilla

 

4.       Que existe la disponibilidad presupuestaria.

 

5.        Que, se tiene la necesidad de adquirir  el  servicio de por el  montaje y retiro de transformadores  para  el  servicio  de electrificación  del recinto  pampilla  de Coquimbo 2016, por  ser  la única  empresa que  presta  dicho servicio  en  la  región 

 

6.        Que  se  argumenta   dicho trato  directo,  fundamentado legalmente según  lo  estipula  el  articulo N° 8, letra (d), de  la  ley de compras N° 19.886 y  el articulo N° 10 punto 4  del  reglamento ley N° 19.886

 

7.       La   relación   contractual   se   formalizará   a  través de la emisión de  la orden de compra y la

           aceptación de ésta por parte del proveedor.

 

 

Decreto:

 

1° APRUÉBENSE los siguientes Términos de Referencia para el  montaje y retiro de transformadores  para  el  servicio  de electrificación  del recinto  pampilla  de Coquimbo 2016, por  ser  la única  empresa que  presta  dicho servicio  en  la  región

 

 

TÉRMINOS DE REFERENCIA

 

1 Objeto de la Contratación.

 

Se tiene la necesidad del  montaje y retiro de transformadores  para  el  servicio  de electrificación  del recinto  pampilla  de Coquimbo 2016, por  ser  la única  empresa que  presta  dicho servicio  en  la  región

 

 

 

 

 

 

2 Características Generales

Sistema de Contratación

 

Presupuesto  Municipal.

Financiamiento   e Imputación

 

Los recursos de Presupuesto  municipal, Programa  Pampilla de  Coquimbo.

Cta. Nº 215-22-05-001-000-000-040

 

3 Contrato

 

La relación contractual será formalizada mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.

 

4 Descripción del Requerimiento

 

CANTIDAD

DETALLE

1

Montaje y retiro de transformadores  para  el  servicio  de electrificación  del recinto  pampilla  de Coquimbo 2016, por  ser  la única  empresa que  presta  dicho servicio  en  la  región

 

 

5 Requisitos para Contratar

 

Persona Natural                                    Requiere estar hábil en Chile Proveedores.

Persona Jurídica           Requiere estar hábil en Chile Proveedores.

 

6 Responsable de la Relación Contractual

 

La supervisión de la ejecución de la relación contractual será de responsabilidad del proyecto, Sr. Harold  Quezada Navarrete, fono: 512-335300, correo: hquezada@municoquimbo.cl, para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto.

 

 

7 Forma de Pago

El proveedor adjudicado podrá facturar sólo una vez que haya entregado la totalidad del servicio  y que éstos se encuentren recibidos conforme por esta Municipalidad. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la factura.

El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del proveedor.

Responsable del pago es el departamento solicitante: el departamento de  finanzas, Sr. Jaime  Muñoz  Alfaro, fono: 512-335300, correo: jmonoz@municoquimbo.cl, para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto

 

8 Flete

El valor del flete del servicio será de costo del proveedor.

 

9 Responsabilidades del Proveedor

Será de responsabilidad del proveedor el transporte de todos los materiales necesarios para la ejecución del servicio contratado, además de contratar al personal calificado para la realización del mismo, el cual será íntegramente remunerado por el proveedor. En consecuencia, ni el proveedor ni su personal adquirirán vínculo alguno con la Municipalidad, quien no asumirá responsabilidad alguna frente los accidentes de toda índole que puedan sobrevenir al personal contratado por el proveedor, ni les deberá dinero alguno.

La Municipalidad no será responsable de las fallas, desperfectos, deterioros, siniestros, daños, robos, hurtos y/o pérdidas que pudieran producirse en los implementos utilizados en la prestación del servicio, sin importar el origen de los mismos, siendo responsabilidad del proveedor disponer de las medidas de seguridad necesarias.

 

10 Sanción en caso de Incumplimiento

En caso de incumplimiento del proveedor se aplicarán las siguientes sanciones:

Una sanción pecuniaria del 5% que se descontará del valor neto del monto contratado cuando se detecten faltas en la entrega de los productos.

 

Antes de la aplicación de la sanción se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para que presente su apelación por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a esta apelación por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando la apelación no sea aceptada se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando la apelación sea aceptada se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de apelación las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho a apelación, se procederá a aplicar la sanción.

 

 

 

 

 

Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación.

Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl.

Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta.

 

11 Plazos para Devolución de Factura:

De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada una factura si el municipio no reclama en contra de su contenido mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción, o en el plazo que las partes hayan acordado, el que en todo caso, no podrá exceder de treinta días corridos. Según procedimiento legal del Artículo 3° N°2 de la Ley 19.983.

 

12 Término Anticipado

Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al prestador a indemnización de ningún tipo.

 

13 Preeminencia Normativa

La presente licitación está regulada y sometida por los siguientes cuerpos normativos y reglamentarios ordenados jerárquicamente: 1) Ley de compras públicas y su reglamento, 2) Los términos de referencia aprobados por decreto exento, 3) Orden de Compra, 4) Cotización de los proveedores. En caso de incongruencias o contradicciones predominará la normativa con mayor jerarquía.

 

14 Jurisdicción de los Tribunales

Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

 

15 Cuadro comparativo de las ofertas

Proveedores

Rut

Valor Neto

Valor Total

COMPAÑÍA NACIONAL DE  FUERZA ELECTRICA  S.A

(ser  la única  empresa que  presta  dicho servicio de distribución de  energía  eléctrica   en  la  región)  

91.143.000-2

$ 6.518.026.-

$ 7.756.452.-

Autorícese y Apruébese trato directo con el Proveedor COMPAÑÍA NACIONAL DE  FUERZA ELECTRICA  S.A   RUT  N° 91.143.00-2, por el por  ser  la única  empresa que  presta  dicho servicio de distribución de  energía  eléctrica   en  la  región , según   guía de  requerimiento N° 1085, por un valor total de  $ 7.756.452.- (siete  millones setecientos cincuenta y seis  mil cuatrocientos cincuenta y dos   pesos) IVA Incluido.

 

Publíquese el presente decreto en el Sistema de Información  de  Compras  y   Contratación Pública, dando

    cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y en su Reglamento.

 

Anótese, Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                MIRTA  CECILIA  PONCE  LOPEZ                                  MIGUEL  SANCHEZ  SANCHEZ

SECRETARIO  MUNICIPAL

 ALCALDE  DE COQUIMBO (S)          

 

          

 

 

EPD/yjg/pvv

DISTRIBUCION:

-   Secretaría Municipal

-   Pampilla

-   Transparencia

-   Archivo

5 .- Datos del Proveedor
Proveedor CGE DISTRIBUCION S.A. - Conafe IV
Razón Social Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A.
R.U.T. 91.143.000-2
Sucursal CGE DISTRIBUCION S.A. - Conafe IV
Socios y accionistas principales Ver listado
6 .- Productos/Servicios
Código ONUProducto / ServicioCant.MedidaEsp. CompradorEsp. ProveedorPrecio Unit.Desc.CargosTotal Unit.Valor Total
83101803
Suministro de electricidad trifásica1Unidad no definida AUTORÍCESE Y APRUÉBESE trato directo con el Proveedor COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA ELECTRICA S.A RUT N° 91.143.00-2, por el por ser la única empresa que presta dicho servicio de distribución de energía eléctrica en la región , según $ 6.518.026,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 6.518.026 $ 6.518.026
Total Neto $ 6.518.026
Descuento $ 0
Cargos $ 0
IVA  19  % $ 1.238.425
TOTAL OC $ 7.756.451


7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública

No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.