Para
todos los efectos legales de la relación contractual, las partes fijan su
domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus
tribunales de justicia.
La
adquisición del mobiliario se contratará por el sistema de Suma Alzada sin
reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales
serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta,
expresado en moneda nacional.
El
precio de la relación contractual comprende el total del mobiliario ofertado y
adjudicado, que contempla la adquisición de los productos, despacho, entrega y
recepción conforme de éstos.
Tomando en
consideración que el monto de lo requerido es menor a las 1000 UTM y el
proyecto es una adquisición simple y objetiva especificación, la relación
contractual se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la
aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado.
Si
el oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la Ley N° 19.886 sobre contratos administrativos
de suministros y prestación de servicios, no se podrá enviar la orden de compra
al proveedor.
En
virtud de lo señalado en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886, de
Bases sobre contrato administrativos de suministro y prestación de servicios,
en caso que el proveedor no acepte la Orden de Compra dentro de los 5 días
hábiles desde el envío de ésta por parte de la Municipalidad de Coquimbo, el
Municipio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada
una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud y se procederá a
readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente
mejor evaluación y así sucesivamente o llamar a una nueva propuesta pública o
privada, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan.
Si
el adjudicatario no se encuentra inscrito en el Registro Nacional de
Proveedores del Estado antes de la emisión de la orden de compra sujeta a la adjudicación
en portal www.mercadopublico.cl , estará
obligado a hacerlo dentro de un plazo no superior a 15 días corridos desde la
adjudicación. En caso contrario el Municipio podrá readjudicar la licitación al
oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje siguiente. DEL PLAZOEl
plazo máximo de entrega de los mobiliarios adjudicados es de 30 días hábiles,
sin embargo, el plazo a contratar será el ofertado por la empresa proveedora, no
pudiendo superar los 30 días hábiles máximos, plazo que comenzará a regir a
partir del día siguiente hábil a la fecha de aceptación por parte de la empresa
adjudicada de la Orden de Compra emitida por el Municipio de Coquimbo.
El
plazo debe contemplar todo el proceso de adquisición, traslado y posterior
recepción conforme en Bodega Municipal, y deberá ser ofertado en días hábiles.
Será de responsabilidad del proveedor todo gasto que irrogue la ejecución del
proyecto de adquisición incluido el transporte, carga, flete hasta la entrega del
producto.
Si el
mobiliario presenta problemas de calidad, empaque, envase en mal
estado, defectuoso o que no corresponda a los ofertado, deberá ser cambiados
por el proveedor en un periodo no superior a los 10 días hábiles. DE LA
ENTREGA
El
mobiliario adjudicado deberá ser entregado en las dependencias de la Bodega
Municipal de la Municipalidad de Coquimbo, ubicada en Calle Profesor Zepeda
N°8, Guayacán, Coquimbo, por lo cual, la empresa deberá contemplar el
traslado.
Si
el o los productos presentan problemas de calidad, mal estado, rayones,
defectos o el modelo no corresponde al producto ofertado, deberá ser cambiado
por el proveedor en un periodo no superior a 10 días corridos.
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