| DECLARENSE INADMISIBLES LA OFERTA DEL PROVEEDOR COMERCIALIZADORA SERVICIOS LYG SPA, RUT N° 77.619.825-0. ADJUDICA PROPUESTA PÚBLICA ID 2446-199-L124; “ADQUISICION DE KITS DE EMERGENCIA PARA MUJER Y HOMBRES” DECRETO EXENTO Nº:_________/ | DECLARENSE
INADMISIBLES LA OFERTA DEL PROVEEDOR COMERCIALIZADORA SERVICIOS LYG SPA, RUT N°
77.619.825-0.
ADJUDICA PROPUESTA PÚBLICA ID 2446-199-L124; “ADQUISICION DE KITS DE
EMERGENCIA PARA MUJER Y HOMBRES”
DECRETO
EXENTO Nº:_________/
COQUIMBO,
VISTOS:
Lo
dispuesto en los artículos 6, 7 y 118 de la Constitución política de la
República; lo dispuesto en
los artículos 56 y 63 de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades;
Las disposiciones contenidas en la Ley
de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios
Nº 19.886 y en su Reglamento; La Ley N° 19.880 que establece bases en los
procedimientos administrativos que rigen los actos de la Administración del
estado; el Decreto Exento N° 2135 de fecha 30 Diciembre 2021, que delega
facultad de firmar bajo la fórmula Por Orden del Alcalde a funcionarios del Departamento
de Adquisiciones, Salud y la Secretaría Comunal de Planificación, mediante firma
electrónica avanzada de las resoluciones o decretos que aprueban llamado a
licitación pública para los procesos menores a 100 UTM (L1); la Guía de
Requerimiento N° 561 de fecha 21 marzo de 2024; el proyecto presupuesto 2024;
el Acto Administrativo N°199 de fecha 25 de marzo de 2024; la Ficha de Licitación ID 2446-199-L124; los
Comprobantes de Ingreso de Ofertas; el Acta de Evaluación de fecha 08 de abril
de 2024; el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 2104 de fecha 09 de
abril de 2024; el Decreto N° 1803 de fecha 28/06/2021 sobre Nombramiento del
Sr. Alí Manuel Manouchehri Moghadam Kashan Lobos, como Alcalde de Coquimbo; y las atribuciones de mi cargo:
CONSIDERANDO:
1. Que, la Municipalidad de Coquimbo
es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar
su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna,
según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades.
2. Que, al tenor de lo indicado
en el plan nacional de emergencia,
decreto 1434 exento, del 04 de agosto de 2017, constituye un instrumento de carácter indicativo y general, en donde busca
establecer las acciones de respuesta en las distintas fases operativas, ante
situaciones de emergencias, desastres y/o catástrofes, con el objetivo de
brindar protección a las personas, sus bienes y medio ambiente, en el
territorio nacional, a través de la coordinación del sistema nacional de protección
civil, planeando en sistemizar y
establecer las acciones necesarias para
la prevención, mitigación,
alertas, respuestas y rehabilitación que demanda “sinapred” frente a amenazas y situaciones de
emergencia, desastres y catástrofes, con el fin de resguardar a las personas y
sus bienes, manteniendo en el departamento los recursos suficientes para
brindar asistencia efectiva en caso de
desastres y /o emergencias teniendo un stock
de kit de emergencias.
3. Que, en virtud de lo anterior,
la municipalidad de Coquimbo requiere, la adquisición de kits de emergencia tanto
para hombre y mujer, para mantener el suministro suficiente para brindar asistencia
en caso de desastres y/o emergencias de origen natural o provocado por el
hombre que pudieran suceder en la acomuna
de Coquimbo. .
4.
El Acto Administrativo N° 199 de fecha 25 marzo
2024 que aprueba las bases de Licitación para la ADQUISICION DE KITS DE
EMERGENCIA PARA MUJER Y HOMBRES, y la ficha
de Licitación N° 2446-199-L124.
5.
Que, revisado el sistema de información
www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben
las siguientes:
|
PROVEEDOR
|
RUT
PROVEEDOR
|
TOTAL
OFERTA
NETO
|
|
COMERCIALIZADORA
SERVICIOS LYG SPA
|
76.148.628-4
|
$ 5.000.000
|
|
MILLAGRO SPA
|
77.125.122-6
|
$ 4.040.000
|
|
SOCIEDAD COMERCIAL SERI SPA
|
76.148.628-4
|
$ 3.728.500
|
6. Que, las bases administrativas establecen en el acápite INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN
DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN que “La entidad licitante declarará inadmisible la
oferta presentada que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en
las presentes bases de licitación”, en virtud de lo cual se determina declarar
inadmisibles las ofertas presentada por el proveedor COMERCIALIZADORA SERVICIOS LYG
SPA, RUT N° 76.148.628-4, oferta por un valor de $ 5.950.000,
siendo declaradas inadmisibles su oferta por exceder el presupuesto máximo
disponible informado de $ 5.000.000
(Cinco millones de pesos) IVA incluido.
7. Que, verificados por el evaluador
los criterios y metodología de evaluación, consta en acta de fecha 08 de abril
de 2024 que el proveedor MILLAGRO SPA, obtiene un puntaje ponderado de 69,01 y que el proveedor SOCIEDAD
COMERCIAL SERI SPA, obtiene un puntaje ponderado
de 95,00.
8. Que, el Acta de Evaluación
de las ofertas de fecha 08 de abril de
2024, ingresada en Adquisiciones y propuestas públicas con fecha 09 de abril de
2024, donde se propone adjudicar la Licitación
Pública ID 2446-199-L124, denominada “ADQUISICION DE
KITS DE EMERGENCIA PARA MUJER Y HOMBRES” al oferente SOCIEDAD COMERCIAL SERI SPA, RUT N°76.148.628-4, por tener el mayor ponderado puntaje ponderado (95,00), cumpliendo con
los requisitos de adjudicación.
9.
El Certificado de Disponibilidad
Presupuestaria N° 2104 de fecha 09 de abril de 2024 que da cuenta de la existencia
de la disponibilidad presupuestaria necesaria para la adquisición de kits de
emergencia para mujer y hombres. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N° 561 de fecha 21 de marzo de 2024 y el Proyecto Presupuestario año 2024.
10.
Que, de conformidad al artículo 63 letra i)
de la, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, al alcalde le corresponde
especialmente dictar resoluciones obligatorias
de carácter general o particular.
11. Que, de conformidad
a lo prescrito en el artículo 35 nonies,
de la ley N° 19.886, se tiene
a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaración jurada
simple suscrita por el funcionario evaluador de la licitación pública ID 2446-199-L124.
D E C R E T O
1° DECLÁRENSE INADMISIBLES
las ofertas presentadas por los oferentes COMERCIALIZADORA
SERVICIOS LYG SPA, RUT N° 76.148.628-4,
al tenor de lo
indicado en el considerando sexto del presente Decreto, conforme
lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley N°19.886.
2° ADJUDÍQUESE la Propuesta Pública ID N° 2446-199-L124, denominada “ADQUISICION DE KITS DE EMERGENCIA
PARA MUJER Y HOMBRES” al
proveedor SOCIEDAD COMERCIAL SERI SPA, RUT N°76.148.628-4, por un monto de $ 4.436.915 (Cuatro millones cuatrocientos
treinta y seis mil novecientos quince pesos) IVA Incluido.
3º PUBLÍQUESE la presente resolución en el Sistema de Información de Compras y
Contratación Pública, para los efectos previstos en la Ley N° 19.886 y en su
Reglamento.
4º IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al
Presupuesto Municipal, Centro de Costos del Departamento de Gestión de Riesgos.
5° AUTORÍCESE
a formalizar la contratación al tenor de lo indicado en el
punto N° 7 (Otras
Clausulas) las bases administrativas
del proceso licitatorio, una vez que el Departamento de
Adquisiciones
y Propuestas Públicas verifique el cumplimiento de los requisitos para contratar.
Anótese,
Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese
|
ESTEBAN
PEFAUR DENDAL
|
ALÍ
MANUEL MANOUCHEHRI MOGHADAM KASHAN LOBOS
|
|
SECRETARIo
MUNICIPAL
|
ALCALDE
DE COQUIMBO
|
WSP/JLS/AGAA/pvv
DISTRIBUCION:
- pvergara@municoquimbo.cl
- Secretaría Municipal
- Finanzas
- Carpeta
Licitación
|