1.1
OBLIGACIONES ESPECIALES
El proponente deberá
suministrar junto con los documentos referentes al proceso de Licitación, todos
los manuales, catálogos, fichas técnicas y diseño ofrecido, debe incluir
información clara de lo que se está proponiendo.
Será de responsabilidad del
Contratista o Profesional a cargo de las faenas la adopción de todas las
medidas de seguridad y protección que correspondan, a objeto de resguardar la integridad
del inmueble, instalaciones existentes, trabajadores a cargo de la instalación,
material y daños a terceros.
Se deberá considerar en la
obra en forma permanente, un Jefe de Obras o profesional con probada
experiencia en construcción e instalación de mobiliario, que tenga cabal
conocimiento del tipo de instalación a realizar, de modo de asegurar la
correcta ejecución de la obra, con dedicación exclusiva que tomará la
responsabilidad de cumplir las órdenes y ejecutar todo en estricto acuerdo a especificaciones,
detalles, instrucciones del Libro de Obra y el arte y técnica del buen
construir.
El proponente adjudicatario
deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones especiales:
1.1.1
LIBRO DE OBRA
El contratista tendrá la obligación de mantener un
Libro de Obra, foliado, en triplicado, tipo manifold, autocopiativo, del que
sólo se podrá desprender el original para la U.T. y primera copia para el
contratista, la segunda copia deberá permanecer en el libro.
Este será el libro de comunicaciones, que es el
único documento oficial donde deberán quedar estampadas las órdenes u
observaciones de la U.T., así como las observaciones del propio contratista.
Cualquier comunicación establecida a través de este
libro, se considerará como oficial. Será responsabilidad del contratista
mantener el libro sin alteraciones y en condiciones apropiadas de aseo y orden,
asequibles al I.T.O. u otras autoridades.
Este Libro de Obra deberá estar siempre disponible,
en forma expedita para uso de la UT o el IT, en caso contrario el contratista
estará afecto a multa.
Las observaciones anotadas en el libro antes
señalado, deben ser cumplidas por la contratista, dentro del plazo establecido
por el I.T.O. y por el sólo hecho de anotarlas, la contratista se entenderá por
notificado, sin que sea necesario requerir su firma o anuencia.
1.1.2
RESPONSABILIDAD
El Contratista será responsable de todo accidente,
daño o perjuicio durante la vigencia de este Contrato, que a raíz de la
ejecución de las obras pudiera ocurrir a sus trabajadores, a terceros, a la
propiedad y bienes existentes de la I. Municipalidad de Maipú.
El contratista será responsable y estará obligado,
de su cargo a: reparar, subsanar, compensar, indemnizar, efectuar toda acción
correctiva, debido a daños, perjuicios, lesiones, muertes y pérdidas de todo
tipo que tengan su origen en la ejecución de este contrato a causa de
negligencia, acciones y omisiones culpables de él o de cualquier personal a su
cargo relacionado con el contratista.
1.1.3
NORMAS DE SEGURIDAD Y SEÑALIZACIÓN
El contratista deberá adoptar medidas de seguridad
para el personal, cumpliendo las normas de seguridad básicas, en cuanto a
indumentaria e implementos de trabajo. Además, deberá considerar toda la
protección necesaria para evitar accidentes que afecten a sus trabajadores.
El Contratista deberá proporcionar todas las señalizaciones,
puentes, barreras y encintados que procedan, para la protección de los
transeúntes y de los trabajos en ejecución.
Las indemnizaciones que solicitaren terceros,
accidentados con motivo de faltas de señalización y/o protecciones serán de
cargo exclusivo del contratista, por lo tanto, será obligación de éste tomar
las medidas necesarias para no producir molestias o daños a los transeúntes.
Las protecciones que se empleen deben tener una
presentación uniforme y adecuada.
Los trabajos podrán ser paralizados por la I.T. si
el Contratista no dispone de los elementos que garanticen lo anterior, con lo
cual, podrá incurrir en multas por atraso en la ejecución de las obras y no
tendrá derecho a indemnización alguna.
1.1.4
ENSAYOS Y CALIDAD DE LAS OBRAS
Serán de total cargo y costo del
contratista, todos los ensayos y análisis de control de calidad de los
materiales y obras ejecutadas, cuando sean requeridos por la U.T., para
certificar que las obras ejecutadas corresponden a los indicados en los
Especificaciones Técnicas. Estas certificaciones deberán ser realizadas por un
laboratorio, técnicamente calificado y aprobado por el organismo competente.
Se podrá solicitar además la
certificación especial de laboratorio o peritajes de calidad de partidas,
materiales o bienes de las cuales tenga dudas el Inspector Técnico de Obra, a
pesar de la certificación de calidad de rutina o en ausencia de ella.
El I.T.O. podrá solicitar todos
los ensayos que considere necesarios realizar.
El contratista, dentro de los 15 (quince)
días siguientes de la fecha de entrega de terreno, deberá comunicar, a través
de libro de obras al I.T.O., la nómina de los laboratorios donde podrá realizar
los ensayos exigidos.
1.1.5
PROFESIONAL RESIDENTE DE LAS OBRAS
La Obra estará a cargo de un profesional competente
en el área de la construcción (Ingeniero en construcción, Constructor Civil,
Arquitecto o Ingeniero Civil, exclusivo para cada obra quien acreditará su
experiencia para el proceso de Evaluación Técnica.
El contratista adjudicado, podrá cambiar de
profesional responsable de la ejecución de Obra, sólo por otro profesional de
igual o mayor experiencia.
La designación de éste profesional deberá quedar
refrendada en el Libro de Obra de modo previo al inicio de obras, situación que
deberá complementarse con una carta informando a la DOM, adjuntando copia de
Certificado de título, patente del profesional y de la empresa constructora
adjudicada, con la vigencia correspondiente.
El profesional deberá permanecer en la obra durante
toda la jornada laboral y sólo podrá ausentarse previa comunicación con el ITO
del contrato.
El contratista podrá disponer, para las otras obras, de Técnicos en
Construcción (con más de 4 semestres acreditados en Institutos
Técnico-Profesionales), quienes serán supervisados permanente y estrictamente
por el Profesional responsable de las Obras.
1.1.6
ASEO GENERAL
Una vez
terminados los trabajos, el contratista adjudicatario deberá realizar un aseo
general del recinto; si éste no cumple con dicha obligación, la U.T., no efectuará
la Recepción Provisional, hasta que el contratista realice la labor a
satisfacción de la U.T.
1.1.7
TRASLADO DE EXCEDENTES Y ESCOMBROS
El traslado de
los excedentes y escombros generados por los trabajos realizados, serán de
cargo del contratista adjudicatario, debiendo trasladarlos a lugares
autorizados para tal efecto.
1.1.8
EXTRACCIÓN DE ESPECIES ARBÓREAS O
VEGETALES Y REPOSICIÓN DE JARDINES
Si por motivo de la ejecución de
las obras fuese necesario extraer o modificar algunas especies arbóreas o
vegetales, su retiro y disposición será coordinada por la I.T.O. con la unidad
municipal correspondiente, para lo cual el contratista deberá informar a la
inspección con la debida anticipación para que sean ejecutados estos
trabajos.
Además, en función de la
mantención y mejoramiento del medio ambiente, por cada especie arbórea o
vegetales que sean retirados sin disposición de los mismos, la contratista
deberá reponerlos en reemplazo de los retirados, en el lugar que especifique la
IT y en un radio no superior a una cuadra del sector donde se estén ejecutando
las obras objeto de esta licitación.
La reposición de jardines se
deberá realizar de acuerdo a lo existente en el momento de realizar la
intervención del sector.
El contratista deberá realizar un
respaldo fotográfico antes de la intercesión en el sector de las obras y los
jardines.
1.1.9
REPARACIÓN DE DAÑOS
Todo daño a las instalaciones existentes, derivado
de la ejecución de las labores encomendadas, será de exclusiva responsabilidad
del contratista y serán de su cargo las respectivas reparaciones. Producido un
daño, el contratista deberá proceder a su inmediata reparación. De no hacerlo,
el mandante se reserva el derecho de encomendar la reparación a otros, siendo
los costos respectivos de cargo del contratista los que se descontarán del
valor total del contrato.
1.1.10
PROTECCIÓN DE LAS OBRAS EXISTENTES
Deberán respetarse las instalaciones subterráneas o superficiales
cercanas a los trabajos, evitando que sufran daños. Por consiguiente, en su
oferta, los proponentes deberán considerar todos los trabajos que se requieren
para no interferir con las tuberías, postaciones, muros y otras obras existentes
en el lugar.
1.1.11
SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE ENERGÍA
ELÉCTRICA
El contratista deberá programar y
ejecutar los trabajos, minimizando las interrupciones en el normal
funcionamiento de los sistemas eléctricos. Los períodos de corte del suministro
eléctrico para la ejecución de los trabajos, deberán ser solicitados, con a lo
menos tres días hábiles de anticipación, al Inspector Técnico y ejecutados en
el plazo autorizado.
1.1.12
REDES DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO
Será de cargo del contratista dar
aviso al Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado SMAPA, cuando se
produzca ruptura de cañerías, empalmes de agua potable y alcantarillado con
motivo de la ejecución de los trabajos. El costo de la reparación será de cargo
del contratista y será de su responsabilidad, la tramitación de los pagos
correspondientes al servicio municipal.
Cualquier modificación o traslado
de redes que sea necesario realizar con motivo de la ejecución de las obras,
deberá presentar el respectivo proyecto, valorizado y con los planos
correspondientes, junto con la carta correspondiente de solicitud de ampliación
de plazo. SMAPA revisará la documentación y dará su V°B° para que sea aprobada
y se resuelva de acuerdo al numeral 14° de estas Bases.
1.1.13
LETRERO DE OBRAS
El contratista deberá incluir en
su propuesta la colocación de un letrero de obra, en la zona de trabajo de
ejecución de las obras.
El Contratista deberá considerar
en su Oferta, los costos de fabricación, colocación y mantención del letrero,
incluyendo la estructura de soporte, en el lugar a definir por la Inspección
Técnica.
En caso de incumplimiento de esta
disposición, se procederá a retener el siguiente Estado de Pago hasta que ello
se cumpla, pudiéndose aplicar la multa establecida en las Bases Administrativas
por incumplimiento de las obligaciones contractuales.
La leyenda deberá individualizar
la obra, entidad contratante, entidad que financia los trabajos y cualquier
otra información que requiera el Inspector Fiscal de acuerdo a las normas
vigentes.
El letrero deberá ser retirado por
el Contratista en un plazo máximo de tres (3) días a contar desde la fecha de
Recepción Provisional de la Obra a entera conformidad por parte de la IT.
Una vez finalizada la obra el letrero
quedará en poder de la Ilustre Municipalidad de Maipú, debiendo el contratista
hacer entrega de éste en el lugar que señale la IT.
1.1.14
ACTIVIDADES CONTAMINANTES
El contratista deberá respetar la
reglamentación vigente sobre emisión de contaminantes y ruidos, además deberá
controlar la emisión de polvo en las faenas de excavación, transporte de
materiales y excedentes de excavación, y limpieza, entre otros. En particular
deberá prestar especial atención al retiro, manejo y traslado de materiales que
contengan asbesto, cumpliendo con todas las regulaciones legales y
reglamentarias que rigen al efecto.
1.1.15
SEGUROS
El Contratista deberá contar con un Seguro de
Responsabilidad Civil por Daños a Terceros por un monto mínimo de 1.000 U.F.
pagadas al contado y que deberá estar vigente durante toda la duración del
contrato. Este seguro deberá cubrir las eventuales indemnizaciones que la
Municipalidad se encuentre obligada a pagar por daños que con motivo de la
ejecución de las obras sufran terceros en sus bienes y/o en sus personas y que
hubiesen acontecido durante el desarrollo y ejecución del contrato.
Las pólizas de responsabilidad Civil deberán
contener en forma explícita cláusulas de responsabilidad civil cruzada,
rehabilitación automática (cobertura 100% del tiempo mientras la póliza se
encuentre vigente), que cubran la responsabilidad Civil para las personas
afectadas. Además, deberá contener explícitamente la imposibilidad de
modificar, suspender, cancelar o dar término al seguro por parte del
contratista sin la autorización por escrito de la Ilustre Municipalidad de
Maipú.
Sin perjuicio de lo anterior, el contratista podrá
poner fin al contrato de seguro una vez finalizado el contrato con la Ilustre
Municipalidad de Maipú, para lo cual presentará en la Compañía Aseguradora los
documentos que acrediten dicha finalización.
1.1.16
MUTUAL DE SEGURIDAD
El proveedor contratista deberá contar con los
beneficios de alguna mutual para sus trabajadores de terreno (ACHS, IST, etc.),
además efectuaran su trabajo guardando todas las medidas de seguridad
necesarias. |