Orden de Compra. Nº3170-101-AG22 "ACEITE COMESTIBLE 900 ML - AFL-compra ágil: 3170-90-COT22"
Recuerde que el responsable del pago es CENTRO DE ABASTECIMIENTO (I)
 
1 .- Información de la Orden de Compra
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
4 .- Otras Especificaciones
5 .- Datos del Proveedor
6 .- Productos/Servicios
7 .- Datos cotizaciones
8 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
 
1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra 3170-101-AG22
Estado de la Orden de Compra Recepción Conforme
Fecha de Envío 05-08-2022
Nombre de la Orden de Compra ACEITE COMESTIBLE 900 ML - AFL-compra ágil: 3170-90-COT22
Anexos y Resoluciones Ver Anexos
Notas
Orden de Compra Adquisición igual o inferior a 30 UTM (Debe presentar 3 cotizaciones)
2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra CENTRO DE ABASTECIMIENTO IQUIQUE
Razón Social CENTRO DE ABASTECIMIENTO (I)
R.U.T. 61.941.300-8
Dirección de Unidad de Compra ARTURO PRAT 706. IQUIQUE
3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto Anual
Disponibilidad Presupuestaria check Esta orden de compra cuenta con Certificado de Disponibilidad Presupuestaria (CDP) o Justificación Presupuestaria (revisar en la sección adjuntos)
Usuario SIGFE
Plazo de Pago 30 días contra la recepción conforme de la factura
Moneda Peso Chileno
Razón Social CENTRO DE ABASTECIMIENTO (I)
R.U.T. 61.941.300-8
Dirección de Facturación ARTURO PRAT 706. IQUIQUE
Comuna Iquique
Impuesto 281306,4
Dirección de Envío de la Factura ARTURO PRAT 706. IQUIQUE
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega 10-08-2022
TítuloDescripción
PLIEGO DE CONDICIONES

PLIEGO DE CONDICIONES

ORCOM N° 3170-101-AG22

 

A.- ORDEN DE COMPRA

 

1.- Una vez emitida la orden de compra, se entenderá admitida cuando el proveedor la acepte en el sistema de información.

 

 

B.- CONSIDERACIONES

 

1.       De acuerdo a lo indicado en su cotización 3170-99-COT22 JULIO GOMEZ FERNANDEZ, RUT 13.412.914-K, de fecha 04 de agosto de 2022.

 

2.    En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas, el proveedor se verá en la obligación de aceptar y cumplir lo dispuesto en la presente Cláusula. No darán lugar a cobro de multa los incumplimientos que se originen por situaciones de Fuerza Mayor, previamente y así aceptadas por este Centro de Abastecimiento.

 

3.    Se procederá el cobro de multa en caso que el proveedor incumpla sus obligaciones en la entrega de lo solicitado en el plazo acordado, de acuerdo a Incumplimiento de plazo de entrega: Se entenderá como tal al tiempo transcurrido en días calendario (hábiles) desde la fecha pactada para la entrega o cumplimiento de lo solicitado en la respectiva orden de compra (bienes o servicios) hasta la fecha efectiva de entrega o cumplimiento de estos.

 

4.    Por concepto de multa, se calculará un 1% por cada día hábil de incumplimiento, calculado sobre el valor total de la orden de compra, con un tope de 10 días hábiles.

 

Las multas no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato.

 

El cobro de multas se realizará aplicando la siguiente fórmula:

 

Valor multa = Valor total Orcom X 0,01 X total días hábiles de atraso.

 

5.    Para el pago de las multas mencionadas, el Centro de Abastecimiento de Iquique mediante Carta notificará al proveedor adjudicado del monto de dicha multa, quien deberá realizar transferencia electrónica, depósito en Cuenta Corriente Banco Estado N° 23909230314 de la “DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DE LA ARMADA”, RUT. 61.966.700-K ó entregar un Vale Vista nominativo u otro documento equivalente a nombre de la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD, objeto hacer efectivo el pago de la misma dentro del plazo establecido para ello en la resolución que le imponga la sanción.

 

El PROVEEDOR tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación consignada precedentemente, para impugnar su cobro manifestando sus descargos por escrito e ingresados a la oficina de partes de este Centro de Abastecimiento, en relación al eventual incumplimiento. De hacerlo el centro de Abastecimiento de Iquique resolverá, la reclamación presentada, dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a su recepción, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor o bien, la rechazará procediendo a dictar la Resolución de cobro de ésta mediante Resolución Fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.

 

 

6.    El Proveedor será notificado por el Centro de Abastecimiento de Iquique, para que efectúe el pago mediante el documento señalado en el punto anterior, en un plazo no superior a diez (10) días hábiles.

 

 

 

 

 

 

5 .- Datos del Proveedor
Proveedor julio cesar
Razón Social JULIO GOMEZ FERNANDEZ
R.U.T. 13.412.914-K
Sucursal julio cesar
Socios y accionistas principales
6 .- Productos/Servicios
Código ONUProducto / ServicioCant.MedidaEsp. CompradorEsp. ProveedorPrecio Unit.Desc.CargosTotal Unit.Valor Total
50151513
Aceites de plantas y verduras comestibles744UnidadACEITE VEGETAL 900 ML NRO STOCK C902336ACEITE VEGETAL 900 ML $ 1.990,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 1.480.560 $ 1.480.560
Total Neto $ 1.480.560
Descuento $ 0
Cargos $ 0
IVA  19  % $ 281.306
TOTAL OC $ 1.761.866


7 .- Datos cotizaciones
1.- R.U.T del cotizante 13.412.914-K Ver adjunto
8 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública

No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.