TÉRMINOS DE REFERENCIAS COMPRA
ÁGIL
1.
PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA
El o los bienes o servicios solicitados deberán ser
entregados en las bodegas de la Sub Jefatura Zonal CMT de Coyhaique, ubicada en
el Km 0,5, camino a Pto. Aysén a la salida de Coyhaique o en Calle General
Parra 102 Coyhaique.
Los bienes o servicios deberán ser entregados en las bodegas del CMT Coyhaique, ubicadas en el Km 0,5, camino a Puerto Aysén, con
“Guía de Despacho”, y cuando estén recepcionados sin novedad, contactarse con
el encargado de la compra para enviar la respectiva Factura.
Para los efectos de esta adquisición, modalidad de
Compra ágil, se tomará como plazo para recibir conforme en calidad y cantidad
los bienes y servicios ofertados de 10 días hábiles contados desde el día
siguiente de la fecha de emisión de la Orden de Compra.
El horario para recibir los bienes y servicios serán
de lunes a viernes de 09:00 a 17:30 Horas.
Cuando el último día del plazo sea
inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
2.
PRECIO Y FORMA DE PAGO
El monto total de la/las respectivas facturas, será
pagado 30 días corridos de acuerdo a la entrega total de productos y a contar
de la fecha de recepción conforme de la factura, esto, sin perjuicio de lo
señalado en el punto siguiente.
Solo será recepcionada la factura en SII si los bienes
se encuentran conforme en calidad y cantidad, por tanto, envíe los bienes solo
con guía de despacho.
3.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
El contrato será administrado por el encargado será el Tcmt José Villalobos, de dotación de esta SJZ CMT “Coyhaique”.
Serán funciones del Administrador del contrato, entre otras, las siguientes:
a)
Requerir
la aplicación de multas en los casos que corresponda.
b)
Solicitar
el término anticipado de la contratación en los casos que correspondan.
c)
Tramitar
la respectiva acta de recepción conforme al escalón mercado público para la
gestión de compras en el sistema www.mercadopublico.cl.
d)
Tramitar
la respectiva factura o guía de despacho para el proceso de pago.
4.
MULTAS
DE LAS MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO DE ENTREGA
El
proveedor podrá ser sancionado por la SJZ CMT “Coyhaique” con el pago de
multas, según cada caso, por atraso en la entrega de los elementos.
Para
los efectos de la multa, esta se aplicará por cada día hábil de atraso, y se
calcularán con un 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las
cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido
por el proveedor con un tope de 5 días hábiles. Para los casos en que el
proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl y, sin embargo, haya entregado total o parcialmente los productos
requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil
de emitida la orden de compra.
Asimismo, si el atraso supera los 5 días
hábiles, sin que se acredite fehacientemente fuerza mayor ocaso fortuito, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del código civil, calificado como
tal, el Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique” podrá declarar resuelto el contrato por
incumplimiento, mediante resolución administrativa, haciendo efectiva la
totalidad de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, si correspondiera.
A. PROCEDIMIENTO COBRO DE MULTA
1.
Detectada una situación
que amerite la aplicación de multa por parte del funcionario responsable, la
SJZ CMT “Coyhaique”, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por carta
certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que
aquella se motiva; además, dicha información se podrá adelantar mediante correo
electrónico.
2.
A contar del tercer día
de enviada la carta, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para
efectuar el descargo por escrito ante la SJZ CMT “Coyhaique”, acompañando todos
los antecedentes que respalden su posición.
3.
Vencido el plazo
indicado en el punto anterior sin que hayan presentado descargos, se aplicará
la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada del Jefe de la
SJZ CMT “Coyhaique”.
4.
Si el proveedor
adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos
efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la
recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a
parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del
respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una
resolución fundada del Jefe de la SJZ CMT “Coyhaique”, en la cual deberá
detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La
indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor personalmente o
a través de carta certificada.
5.
Notificada la
resolución señalada en el punto precedente, el proveedor sancionado pagará la
multa aplicada, dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación,
mediante la emisión de un vale vista a nombre del CMT.
6.
Con todo, este
procedimiento, se regirá en conformidad a la Ley N° 19.880, que “Establece Bases
de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la
administración del estado”.
5.
MODIFICACIÓN Y TÉRMINO
ANTICIPADO
Sin perjuicio de las acciones y derechos que
correspondan al CMT de conformidad al ordenamiento jurídico en caso de
incumplimiento del proveedor, se podrá ejercer la facultad de resolver,
modificar o dar por terminado anticipadamente el contrato, si el proveedor
incurre en algunas situaciones señaladas en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y
en particular las que se describen a continuación:
a. Resciliación
o Mutuo acuerdo entre los contratantes.
b. Incumplimiento grave de
las obligaciones contraídas por el contratante, tales como incumplimiento de la
normativa, negligencia grave (culpa lata), entre otras de similar naturaleza.
c. Estado de notoria
insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o
las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la
seguridad nacional.
e.
En caso superar en más de 5 días hábiles
el atraso.
6.
PROCEDIMIENTO PARA EL TÉRMINO
ANTICIPADO DEL CONTRATO
1. Detectada
una situación que amerite el término anticipado del contrato, el administrador del respectivo contrato
notificará inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada,
informándole sobre el término anticipado y los hechos en que aquello se
fundamenta.
2. A
contar del tercer día de enviada la carta, el proveedor tendrá un plazo de 5
días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del
correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su
posición.
3. Vencido
el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos,
se dará el correspondiente término anticipado del contrato por medio de una
resolución firmada por parte del Jefe de la Sub Jefatura Zonal CMT “Coyhaique”.
4. Si
el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecidos
para estos efectos, la SJZ CMT tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados
desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos. Al
respecto, el rechazo de los descargos del respectivo proveedor deberá
formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del Jefe de la
SJZ CMT, el cual deberá detallarse los fundamentos que determinan el término
anticipado del contrato. La indicada resolución deberá notificarse al
respectivo proveedor personalmente o por carta certificada.
5.
Notificada la resolución señalada
en el punto precedente al proveedor, la SJZ CMT hará el cobro de la Garantía
del fiel y oportuno cumplimiento, si la hubiese, solo si la causal de término
anticipado es imputable al proveedor.
7. FORMALIZACION DEL CONTRATO
En caso, que la orden de compra “no haya sido
aceptada”, la Subjefatura Zonal CMT “Coyhaique” podrá solicitar su rechazo,
entendiéndose rechazada una vez transcurridas 24 horas desde la emisión de la
orden de compra, en virtud del Artículo 63.
8.
UNIDAD DE MEDIDA DE LOS PLAZOS
Todos los plazos
que se establecen en este proceso son medidos en DÍAS CORRIDOS (7 días por
semana), salvo que se especifique para cada caso una unidad de medida
distinta.
Cuando el último día del plazo sea
inhábil, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
9.
OTRAS CONDICIONES
Queda
entendido que, toda empresa o persona natural, conoce estas bases y acepta sus
términos y condiciones.
El
proveedor al no rechazar la Orden de Compra acepta los términos de referencias,
documento de orden legal y administrativo que determina una obligación entre el
comprador y proveedor, teniendo como función respaldar los actos de compras o
contratación, respecto de la solicitud final de productos o servicios, que se
encuentran publicadas en la plataforma de mercado público y que son de
conocimiento del proveedor. Además, estos documentos son validados y
autorizados por los responsables del proceso, ya sea en el documento físico o
en forma electrónica según lo establezcan los procedimientos |