Orden de Compra. Nº3996-284-SE17 "ORDEN DE COMPRA DESDE 3996-38-L117"
Recuerde que el responsable del pago es I MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO
 
1 .- Información de la Orden de Compra
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
4 .- Otras Especificaciones
5 .- Datos del Proveedor
6 .- Productos/Servicios
7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
 
1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra 3996-284-SE17
Estado de la Orden de Compra Aceptada
Fecha de Envío 08-08-2017
Nombre de la Orden de Compra ORDEN DE COMPRA DESDE 3996-38-L117
Anexos y Resoluciones Ver Anexos
Notas
Orden de Compra Proveniente de licitación pública
Proveniente de Licitación 3996-38-L117
2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra Departamento De Salud
Razón Social I MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO
R.U.T. 69.080.700-9
Dirección de Unidad de Compra Avda. República de Chile Nº451 Coltauco
3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto
Disponibilidad Presupuestaria check
Usuario SIGFE
Plazo de Pago 30 días contra la recepción conforme de la factura
Moneda Peso Chileno
Razón Social I MUNICIPALIDAD DE COLTAUCO
R.U.T. 69.080.700-9
Dirección de Facturación Avda. Arturo Prat Nº134
Comuna Coltauco
Impuesto 157320
Dirección de Envío de la Factura Avda. Arturo Prat Nº134
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega
TítuloDescripción
DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRONICA

Al momento de la Facturación, la Orden de Compra Electrónica se debe encontrar en estado ACEPTADA.

NO SE CONTEMPLA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. Conforme al Artículo N°63 del Reglamento de Compras, se formalizará a través de la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor. En caso que, una orden de compra no haya sido aceptada, la municipalidad de Coltauco podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. Si el adjudicatario se niega a cumplir con su oferta, y a suscribir el correspondiente contrato definitvo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y en el Reglamento.

MULTAS

El Adjudicatario podrá ser sancionado por la Municipalidad de Coltauco, con el pago de multas por atrasos en la entrega de los productos.

Los plazos para las entregas comenzarán a correr desde la aceptación de la respectiva OC, de acuerdo al Art. 63 del reglamento de la ley N° 19.886.

Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, en relación al plazo ofertado y/o acordado, según corresponda, y se calcularán como un 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido en la oferta del proveedor, con un tope de 10 días hábiles. Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.

Las multas se aplicarán sin necesidad de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

Procedimiento para aplicación de multas:

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Municipalidad o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Municipalidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Municipalidad tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.

Cobro de la multa:

Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.

El monto de las multas será rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

5 .- Datos del Proveedor
Proveedor EQOF Ltda
Razón Social COMERCIAL EQOF LIMITADA
R.U.T. 76.003.289-1
Sucursal EQOF Ltda
Socios y accionistas principales Ver listado
6 .- Productos/Servicios
Código ONUProducto / ServicioCant.MedidaEsp. CompradorEsp. ProveedorPrecio Unit.Desc.CargosTotal Unit.Valor Total
56101705
Vitrinas12UnidadVitrina Metálica, cuatro repisas, estructura de acero esmaltado, recubierta con pintura electroestática, puerta de vidrio con llave, medidas Alto170cm y Ancho 40cm. Vitrina Metalica 4 repisas, puerta con llave. $ 69.000,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 828.000 $ 828.000
Total Neto $ 828.000
Descuento $ 0
Cargos $ 0
IVA  19  % $ 157.320
TOTAL OC $ 985.320


7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública

No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.