Dpto. Salud Zapallar
Informo a ud. que, de acuerdo a lo estipulado en el contrato suscrito con su empresa, con fecha 25 de Julio de 2012, refrendado por Decreto Alcaldicio N° 3.033, la Ilustre Municipalidad de Zapallar está facultada para cobrar las multas señaladas en la clausula décimo quinta del mismo, ante incumplimientos contractuales, tales como alteraciones en los precios convenidos o atrasos en los plazos de entregas, infracciones contempladas en las letras a) y e) de la cláusula individualizada.-
Por lo anterior, solicito a ud., dar estricto cumplimiento a las condiciones establecidas en el contrato individualizado y Bases Administrativas de la licitación llamada al efecto, a fin de evitar la aplicación de las multas antes señaladas.-
Sin otro particular, saluda atentamente