1.-ESPECIFICACIONES DE LA ADQUISICIÓN
- Se requiere la adquisición de 1 amplificador de música más sus accesorios en la necesidad de mejorar el audio de actividades de los alumnos.En el marco de recursos SEP. Imputación presupuestaria 2152905 maquinas y equipos
2-PRESENTACION DE LA OFERTA
La propuesta debe ser ingresada directamente, al sitio www.chilecompra.cl , indicando,
en los campos especialmente habilitados para ello, valor unitario neto por producto
expresado en pesos Chilenos, puesto en Nacimiento.
3.-CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS
Ø El Depto.de Educación de Nacimiento, se reserva el derecho de declarar nula o desierta la cotización, adjudicar sin someterse a limitaciones de precio y atendiendo solo los intereses del licitante, sin expresión de causa y sin que ello de derecho a indemnización o resarcimiento alguno.
Ø La adjudicación de la propuesta se comunicará al proveedor favorecido correspondiendo al Depto.de Educación formalizarla mediante orden de Compra, emitida directamente a través del sitio www.chilecompra.cl .
Ø La presentación de la cotización por parte de las Empresas, significa la aceptación de todas y cada una de las cláusulas indicadas en los presentes términos de referencia
Ø Cualquier error en la cotización será exclusiva responsabilidad de los cotizantes. Toda oferta deberá tener una validez mínima de 10 días corridos.
Ø El incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes, significará una multa del 2% aplicado sobre el monto total de la oferta, por cada día de atraso, el que será descontado mediante nota de crédito de la facturación total.
5.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Ø Oferta económica 80%
Ø Plazo de Entrega 20%
6.-PRESENTACION Y PAGO DE LA FACTURA
Ø La Empresa adjudicataria cobrará el valor del servicio mediante factura , que se remitirá al Depto. de Educación, Santa Margarita 695, Nacimiento.
Ø La Factura deberá venir acompañada, de una copia de la orden de compra y los precios facturados que pagará este Departamento, serán los estipulados en la respectiva orden de compra.
Ø El pago se efectuará al contado en un plazo no superior a treinta días.