Ni el proveedor ni la Seremi serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.
El proveedor que se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Seremi, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.
La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Seremi de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el proveedor y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.
En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes especificaciones.
Una vez recibido conforme el producto por parte de la Secretaría Regional Ministerial, el proveedor debe emitir la factura, de acuerdo con el detalle de la orden de compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La factura debe ser emitida de la siguiente forma:
· Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
· RUT : 61.301.000-9
· Dirección : Avenida Bulnes #0309, 5to piso.
· Giro : Servicio Público.
· Detalle : 4552-14-COT22
La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.
El archivo XML de la factura debe ser enviado a la casilla subagriculturarecepcion@custodium.com y debe llenarse el campo 801 con el ID de la orden de compra bajo la misma nomenclatura definida en www.mercadopublico.cl (sin espacios y con los guiones que corresponden), a fin de que el sistema permita de forma automática relacionar su factura a la orden de compra y a la recepción conforme. Del mismo modo deben también indicar la opción de pago: “Crédito”.
La Seremi en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la Ley 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada.
Será responsabilidad del proveedor incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Seremi para materializar el pago.
Por lo anterior y a fin de mitigar errores o descoordinaciones al momento del pago, será obligación del proveedor contratado informar, mediante correo electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario los siguientes datos:
· Razón Social:
· RUT:
· Banco:
· N° Cuenta Corriente:
En caso de incumplimientos la Seremi notificará al proveedor formalmente mediante carta dirigida a su representante legal y aplicará las siguientes sanciones:
a) Multas:
Incumplimientos
Multa (en UF)
Incumplimiento en la fecha de entrega
UF 0,25 por día hábil de atraso, con un tope de 3 días hábiles.
Las multas serán pagadas por el proveedor en los términos y condiciones que establezca el acto administrativo que las aplique.
Las multas y el comportamiento general del proveedor serán informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96 bis.- Comportamiento contractual anterior de los proveedores, del reglamento de la ley N° 19.886.
b) Procedimiento de cobro de multas:
Una vez producido el incumplimiento la Seremi notificará formalmente el mismo, otorgando un plazo de tres días hábiles a partir de la recepción de la notificación para que el proveedor formule sus descargos. La Seremi contará con un plazo máximo de 10 días hábiles para otorgar respuesta al proveedor y formalizar el cobro de la multa respectiva, si así procediese.
En resumen, los plazos del proceso de cobro de multas son los siguientes:
Notificación al proveedor
Respuesta - Descargos
Respuesta formal – Notificación de Multa.
3 días hábiles – Correo Certificado.
5 días hábiles para responder a la Seremi.
10 días hábiles a partir de los descargos del proveedor o cumplido el plazo para responder.