La recepción administrativa o provisoria de los productos por parte del funcionario municipal o beneficiario, según corresponda, no obsta su derecho de rechazar el todo o parte de lo recibido, por una deficiencia de la calidad que inhabilite el producto respecto de su objeto o función, o por incongruencia de cantidades, presentaciones, calidad por no corresponder al producto materia del Contrato de Suministro.
Los productos deben ser entregados en cajas u otro tipo de contenedor, de las dimensiones y resistencia suficientes para los fines requeridos y deben ser clasificados adecuadamente, esto es distribuir separadamente, aquellos que por su naturaleza puedan provocar deterioro a otro producto.