| 11 Acuerdo de confidencialidad y No Divulgación | El proveedor y su personal, contratado y
subcontratado, deberán guardar estricta reserva sobre la información a la que
tengan acceso durante la ejecución del presente contrato, debiendo tomar los
resguardos necesarios para mantener la confidencialidad, integridad y
disponibilidad de los datos y documentos que sean objeto de intercambio,
generación o tratamiento.
Con lo anterior, respecto de la información obtenida
en virtud del presente contrato, el proveedor y el SAG estarán obligados a dar
estricto cumplimiento a lo señalado en la Ley N° 17.336 sobre propiedad
intelectual, en la Ley N° 19.039, sobre propiedad industrial y en la Ley N°
19.628 sobre protección de datos de carácter personal.
Para los efectos del presente contrato, no será
considerada como información confidencial y, por lo tanto, no estará sujeta a
las restricciones precedentemente expuestas, aquella que de acuerdo a la
normativa vigente sea de dominio público.
La transgresión, por cualquier medio y en cualquier
forma, de la prohibición señalada en esta cláusula, se entenderá como
incumplimiento grave por parte del proveedor de las obligaciones que le impone
el contrato, reservándose el SAG la facultad de adoptar las medidas que
correspondan.
Las restricciones y obligaciones impuestas al
proveedor y a su personal, en relación a la confidencialidad, expirarán cuando
la información sea de conocimiento público. |