CONVENIO DE SUMINISTRO POR SERVICIO DE MANTENCIÓN Y REPARACIÓN DE VEHICULOS FISCALES
En Valdivia, a 20 de Enero del 2012 entre la DIRECCION GENERAL DE AGUAS DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, domiciliada en Calle San Carlos Nº50 oficina 46 cuarto piso Valdivia, representada por don PATRICIO ANTONIO GUTIERREZ LUARTE, RUT. : 12.359.627-7, Director Regional de la General de Aguas, en adelante el “CLIENTE”, y la “EMPRESA” AUTOMOTRIZ CALLE CALLE o el Sr. PABLO CESAR GUZMAN SILVA, R.U.T. N° 13.133.218-1; con domicilio Avda. Pedro Aguirre Cerda N°07,Las Animas Valdivia, se suscribe el presente Convenio, mediante el cual las partes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: OBJETO DEL CONVENIO
Mantención y Reparación de los siguientes Vehículos:
1 Camioneta Nissan Terrano 2.5 4x4 año 2008. Patente BHXS-48. Petrolera (En convenio de inmediato.)
1 Camioneta Nissan Terrano DX MT 4x4 año 2010. Patente CRJT-52. Bencinera (En convenio a partir del 01-07-2012)
El número de camionetas durante el transcurso del Convenio puede ser modificado, pudiendo aumentarse o disminuirse. Sin embargo, manteniendo la marca, el proveedor adjudicado deberá aplicar el mismo Convenio, previa notificación de la Dirección General de Aguas.
SEGUNDO: LUGAR DE REPARACIÓN
La reparación de las camionetas se ejecutará solamente en los talleres de la Empresa del Sr. PABLO CESAR GUZMAN SILVA, o en terreno si la ocasión y el tipo de reparación así lo ameritan.
TERCERO: COBERTURAS DEL SERVICIO Y REPUESTOS
Estarán considerados en el Convenio todo tipo de Servicios de Mantención y Reparación que entregue la Empresa, aunque estos no hayan sido considerados en los Servicios mas requeridos por la Dirección, los cuales se pagarán de acuerdo con el valor ofertado.
Los repuestos que se utilizaran deberán ser originales y aportados por el proponente adjudicado. Si no hubiese en el mercado, se utilizarán repuestos alternativos, la Dirección Regional tomara la decisión de adquirir y aportar los repuestos, previa autorización del Director Regional de la Dirección General de Aguas Región de Los Ríos.
Tanto los repuestos, materiales y otros insumos o análisis que se generen de las reparaciones solicitadas serán cobrados por la Empresa a precios vigentes de Mercado y analizados previamente por el Director Regional de la Dirección General de Aguas Región de Los Ríos.
La Dirección General de Aguas podrá exigir la presentación de Facturas por los servicios de terceros o repuestos comprados por el contratista si lo estimare necesario.
CUARTO: MODUS OPERANDI
4.1
a) La Dirección General de Aguas emitirá una Orden de Ingreso a Taller firmada por la Jefa Administrativa.
b) La Empresa envía a la Jefa Administrativa de la Dirección General de Aguas Región de Los Ríos. Orden valorizada del trabajo a ejecutar para su análisis y aprobación.
c) La Jefa Administrativa analiza, aprueba y envía para Vº Bº del Director Regional de La Dirección General de Aguas Región de Los Ríos la Orden valorizada timbrada y firmada, quien la devuelve a la Jefa Administrativa para la emisión de la Orden de Compra correspondiente, por el Portal MercadoPublico.
4.2 Todas las Ordenes de Compra las enviará el “CLIENTE” por el Portal MercadoPublico, las que se entenderán aceptadas a menos que la Empresa del Sr. PABLO CESAR GUZMAN SILVA, comunique la existencia de un desperfecto de la vía Internet – Chilecompra.
4.3 Si la Empresa tuviese algún impedimento para llevar a cabo el servicio solicitado, deberá dar aviso de inmediato al “CLIENTE” a fin de adoptar las medidas de Urgencia mencionadas en la cobertura de Servicios de las Bases Técnicas.
QUINTO: CONTACTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS CON LA EMPRESA ADJUDICADA
La Dirección General de Aguas designa a la señorita Jimena Vera Triviños, Jefa Administrativa, para efectos de aplicación del Convenio. Será responsable de supervisar los repuestos instalados y la calidad de la reparación, para lo cual deberán coordinarse con la empresa para llevar al día el trámite Administrativo de las reparaciones.
SEXTO: PRECIO DE LOS SERVICIOS DE REPARACIÓN
6.1 Como contraprestación de los Servicios de Reparación que se obliga a entregar la Empresa del Sr. PABLO CESAR GUZMAN SILVA, en virtud del presente Convenio, el “CLIENTE” pagará los valores estipulados oferta.
6.2 Los precios establecidos en el presente Convenio se mantendrán a firme hasta su término.
SÉPTIMO: DISPONIBILIDAD DE LA EMPRESA.
La prestación de Servicios de Reparación y mantención que otorgue la Empresa deberá ser dentro del plazo máximo de 24 horas, contabilizado desde que se emita la Orden de Ingreso a Taller, salvo en caso de emergencia en que debe ser a la brevedad.
OCTAVO: RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA.
La Empresa será responsable de los daños que pudieran producirse como consecuencias de un trabajo mal ejecutado, debiendo rehacerlos sin costo alguno. También será responsable por daños o pérdidas de cualquier elemento del vehículo entregado a su cargo.
Deberá mantener a disposición de la Dirección General de Aguas a través de la Jefa Administrativa toda la información actualizada de los trabajos que se ejecutan en los vehículos.
NOVENO: INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Existirá incumplimiento del contrato sí la Empresa no da cumplimiento a lo estipulado en las bases, salvo razones de fuerza mayor.
La falta de prestación de los servicios o fallas reiterativas en los vehículos a causa de reparaciones mal efectuadas o daños severos e irreparables a la propiedad fiscal, facultará a la Dirección General de Aguas a poner término al Convenio.
DECIMO: DURACIÓN DEL CONVENIO
El presente Convenio tendrá duración hasta el 31 de Diciembre del 2012, el que comenzará a regir una vez que sea aprobado por Resolución del Sr. Director Regional de la Dirección General de Aguas Región de Los Ríos. La Dirección podrá poner término anticipado por incumplimiento de cualquiera de las partes del servicio contratado y además, por necesidades del servicio, previo aviso de 15 días corridos, sin derecho a indemnización para la empresa.
DECIMO PRIMERO: FORMA DE COBRO Y PAGO
11.1 La Empresa del Sr. PABLO CESAR GUZMAN SILVA, facturará los Servicios a que se refiere este Convenio a medida que se vayan ejecutando las atenciones.
11.2 El “CLIENTE” pagará los Servicios de Reparación y Mantención a que se refiere este Convenio en un plazo de 30 días corridos, luego de ser recepcionada conforme la Factura por el “CLIENTE”.
11.3 El “CLIENTE” delegará en la Jefa Administrativa la responsabilidad de inspeccionar los trabajos, revisar los repuestos utilizados, retirar los repuestos usados, solicitar las garantías de trabajo, visar facturas y en general aplicar el presente Convenio con la Empresa del Sr. PABLO CESAR GUZMAN SILVA.
DECIMO SEGUNDO:
El presente Convenio se firma en cuatro ejemplares del mismo tenor y fecha quedando tres en poder del “CLIENTE” y uno en poder de la Empresa del Sr. PABLO CESAR GUZMAN SILVA.
PATRICIO GUTIERREZ LUARTE
R.U.T. Nº 12.359.627-7
DIRECTOR REGIONAL
DIRECCION GENERAL DE AGUAS
REGION DE LOS RIOS
PABLO CESAR GUZMAN SILVA
R.U.T. Nº 13.133.218-1
AUTOMOTRIZ CALLE CALLE
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