En Valdivia, 01 de Febrero de 2012, entre la Sra. HILDA DORIS MARTIN LIENLAF, RUT Nº 8.939.505-4, domiciliada en Calle Los Charcanes N°1772 Villa La Estancia, Valdivia, en adelante la EMPRESA y por otra MOP, Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, RUT Nº 61.202.000-0, representada por el Sr. PATRICIO ANTONIO GUTIERREZ LUARTE, RUT. Nº 12.359.627-7, en representación del Servicio, domiciliado en Calle San Carlos Nº50 oficina 46 cuarto piso, Valdivia, en adelante el CLIENTE, se suscribe el presente convenio por la prestación del servicio aseo a dependencias del Ministerio de Obras Públicas, Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, Oficina Regional Año 2012, conforme a las condiciones que a continuación se señalan:
1. PRESTACIÓN DEL SERVICIO
1.1.- Por el presente acto la Dirección General de Aguas Región de Los Ríos, encomienda a la Empresa el aseo en las dependencias de la Oficina Regional, ubicada en Calle San Carlos N°50 oficina 46 cuarto piso, Valdivia, en áreas que se indican:
- Limpieza general de pisos, aspirado.
- Limpieza y aspirado de sillas y sillones.
- Limpieza y desempolvado de muebles.
- Limpieza y desempolvado de artículos de escritorio.
- Limpieza de equipos computacionales.
- Limpieza de persianas.
- Limpieza de artículos decorativos.
- Mantención de plantas de interior.
- Aromatización de oficinas.
- Limpieza de escalas y pasamanos.
- Limpieza y desinfección de baños y artefactos sanitarios.
- Limpieza de papeleros y recolección de basura en bolsas.
- Limpieza y desmanchado de paredes, espejos y vidrios.
- Lavado de vajilla.
- Aspirado de alfombras.
- Labores de estafeta.
1.2.- Los servicios que se contratan se ejecutarán con personal especializado, directamente supervisado por la Empresa, bajo su exclusiva responsabilidad.
1.3.- Los trabajos que se convienen, comprenden todos los necesarios para mantener en forma óptima la limpieza de las dependencias estipuladas en el punto 1.1.
1.4.- Todas las herramientas, equipos, materias primas, útiles, materiales y en general todos los insumos necesarios para llevar a cabo los trabajos a que se refiere el presente Convenio, serán de cargo del Cliente.
1.5.- Los días de trabajo será de Lunes a Viernes, en horario de 09:00 horas a 10:00 horas, para realizar labores de estafeta y de 13:00 horas a 15:00 horas para realizar labores de aseo.
Notas:
- Si en los días establecidos para el servicio de aseo, éste no se realiza, la Empresa deberá reestablecerlo a las 24 horas siguientes.
- En caso de ausencia deberá designar un suplente, previo aviso y presentación del (la) designado (a).
Se prohibe a la Empresa programar trabajos para los días sábado o festivos.
1.6.- El personal de la Empresa deberá usar uniforme, con logo y nombre del trabajador, mientras permanezcan en las dependencias de la oficina. La Empresa deberá proporcionar un sistema de control de asistencia de su personal de aseo.
1.7.- El Nº de personal es de 1 persona, siendo Hilda Doris Martin Lienlaf, Rut : 8.939.505-3, titular.
1.8.- Cualquier daño, desperfecto o menoscabo que puedan sufrir los bienes del Cliente que se encuentren en el inmueble donde se presten los servicios realizados por la Empresa y que se hayan ocasionado con motivo de los trabajos de aseo y mantención serán de responsabilidad de la Empresa y estará obligada a su reparación, salvo que se compruebe mediante investigación sumaria, lo contrario.
1.9.- El servicio prestado por la Empresa será permanente e ininterrumpido. En la eventualidad que los trabajadores asignados al inmueble, materia de este Convenio, se declaren en huelga y/o paro total o parcial de actividades la Empresa deberá tomar las medidas necesarias y pertinentes, a fin de dar cumplimiento a todas las obligaciones que emanen de este Convenio, caso contrario, se resolverá el contrato y en ambos casos deberán indemnizar al Cliente por los perjuicios sufridos, en especial por los de servicio.
1.10.- La Empresa responderá por robos, hurtos, pérdidas o extravío de bienes, en el evento que se demuestre fehacientemente mediante investigación, la culpabilidad de los involucrados.
Asimismo se obliga a respetar y cumplir las normas legales de seguridad y de prevención de riesgos vigentes.
1.11.- El Cliente no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los trabajadores de la Empresa y en consecuencia, no será responsable de sus remuneraciones, impuestos, imposiciones previsionales, seguros contra accidentes del trabajo o daño a terceros, todo lo cual será de exclusivo cargo y responsabilidad de la Empresa.
2. PLAZO DE VIGENCIA DEL CONVENIO
El presente Convenio tendrá una vigencia a contar del 02 de Febrero de 2012 al 31 de Diciembre de 2012, pudiendo ser prorrogado previo acuerdo entre las partes.
3.- VIGENCIA DE LOS PRECIOS
Los precios serán a firme y sin reajuste durante la vigencia del presente Convenio.
4.- VALORES DEL CONVENIO
El monto total del presente convenio corresponde a un valor de $ 1.405.558.- (un millón cuatrocientos cinco mil quinientos cincuenta y ocho pesos), incluido impuestos, el cual se cancelará en 11 (diez) mensualidades de $ 127.778.- (ciento veinte y siete mil setecientos setenta y ocho pesos) para los meses de Febrero a Diciembre.
5.- FORMA DE PAGO
La facturación por parte de la Empresa se efectuará una vez al mes, presentando la Boleta de Honorarios a mas tardar los primeros 05 días del mes siguiente de efectuado el servicio correspondiente.
El pago por parte del Cliente se efectuará mensualmente, dentro de los 05 días hábiles siguiente a la fecha de presentación de la Boleta de Honorarios.
6.- TERMINO DEL CONVENIO
El Cliente podrá poner término unilateralmente al Convenio sin pago de indemnizaciones, en el momento que lo estime oportuno, lo que deberá comunicar por escrito a la Empresa con un plazo de 15 días de antelación a la fecha en que se dará término.
7.- CONTRAPARTE
La Unidad Administrativa de Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, será la contraparte operativa del Convenio encargada de supervisar su ejecución y fiel cumplimiento.
8.- ARBITRAJE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia entre el Cliente y la Empresa, durante el desarrollo del Convenio, será sometida a la consideración del Sr. Fiscal Nacional de Obras Públicas, sin perjuicio de las atribuciones que el DFL Nº 850/97 le otorga al Sr. Ministro de Obras Públicas y la Ley 10.336 al Sr. Contralor Regional de la República.
9.- TRASPASO DEL CONVENIO
La Empresa no podrá traspasar a terceros el Convenio que suscriba con el Cliente.
10.- VALIDEZ
El presente Convenio tendrá plena validez una vez tramitada totalmente la Resolución que lo apruebe.
11.- DOMICILIO DE LAS PARTES
Para todos los efectos legales las partes comparecientes fijan su domicilio en la ciudad de Valdivia.
12.- REFRENDACIÓN DEL CONVENIO
El presente Convenio se firma en tres ejemplares, quedando uno (1) en poder de la Empresa, uno (1) en poder de la Dirección General de Aguas Regional, Región de Los Ríos y uno (1) en poder de la Dirección de Contabilidad y Finanzas, Región de Los Ríos.
PATRICIO A. GUTIERREZ LUARTE
RUT. 12.359.627-7
DIRECTOR REGIONAL DE AGUAS
REGION DE LOS RIOS
HILDA DORIS MARTIN LIENLAF
RUT. 8.939.505-4
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