Orden de Compra. Nº624891-18-SE25 "ORDEN DE COMPRA DESDE 624891-2-LE25"
Recuerde que el responsable del pago es DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
 
1 .- Información de la Orden de Compra
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
4 .- Otras Especificaciones
5 .- Datos del Proveedor
6 .- Productos/Servicios
7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
 
1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra 624891-18-SE25
Estado de la Orden de Compra Recepción Conforme
Fecha de Envío 04-09-2025
Nombre de la Orden de Compra ORDEN DE COMPRA DESDE 624891-2-LE25
Anexos y Resoluciones Ver Anexos
Notas
Orden de Compra Proveniente de licitación pública
Proveniente de Licitación 624891-2-LE25
2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra AERODROMO MOCOPULLI
Razón Social DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
R.U.T. 61.104.000-8
Dirección de Unidad de Compra Aeródromo Mocopulli
3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto Anual
Disponibilidad Presupuestaria check Esta orden de compra cuenta con disponibilidad presupuestaria. Folio ingresado 3045 del sistema SIGFIN-Browse.
Usuario SIGFE
Plazo de Pago 30 días contra la recepción conforme de la factura
Moneda Peso Chileno
Razón Social DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
R.U.T. 61.104.000-8
Dirección de Facturación Aeródromo Mocopulli
Comuna Dalcahue
Impuesto 285933,66
Dirección de Envío de la Factura Aeródromo Mocopulli
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega
TítuloDescripción
facturación

XXII.1       Del pago

La DGAC, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley de Presupuesto del año 2025, pagará los compromisos a los proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, mediante transferencia electrónica de fondos.

El precio total del contrato deberá ser facturado por el vendedor, en moneda nacional y será pagado por la DGAC mediante transferencia electrónica al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica o del respectivo instrumento tributario de cobro.

Para proceder al referido pago, se requerirá que previamente la DGAC registre en el Sistema de Información lo siguiente:

a)         La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios asociados, por parte del proveedor, en el momento en que esto ocurra.

b)         La recepción conforme de los bienes y/o servicios asociados adquiridos, por parte de la inspección fiscal o por quien haya sido designado para tal efecto.

Una vez verificado lo anterior, el vendedor podrá emitir la factura electrónica. La DGAC dentro de los ocho (08) días de recibida la factura, deberá proceder con su aceptación o rechazo, conforme a la legislación vigente.

La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos, que se encuentra afecta al impuesto del dos por ciento (2%) establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 16.752, y el número de la orden de compra.

La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl., previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII).

La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3°, de la Ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos:

1.    Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases.

2.    En el evento de la falta total o parcial del bien o servicio prestado.

3.    El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases.

Será requisito indispensable para cursar los pagos a que se refiere el contrato, que el contratista acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y previsionales (mes anterior que se presentó la factura), al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, lo que deberá ser demostrado mediante la presentación del formulario F30-1 y la nómina de pago o copias de liquidación de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social.

multas

XXIII.1             Se contemplará el pago de multas por incumplimiento del contrato, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, en conformidad a lo siguiente:

MULTAS GRAVES

MULTAS GRAVES

Se multará al Contratista, de sorprender a su personal realizando o autorizando cualquier tipo de filmaciones o tomas de fotografías, sean estas para uso personal o de terceros, sin autorización expresa a través del Inspector Fiscal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1,5 UTM

El personal del prestador que retire o permita retirar artículos, documentos, planos u otro tipo de información, de cualquier especie, desde las dependencias, sin autorización expresa a través del Inspector Fiscal, se hará acreedora de la multa respectiva.

Se multará al contratista, si alguien de su personal entregara información de cualquier tipo a personas ajenas a la respectiva unidad o instalación, salvo expresa autorización del Inspector Fiscal del Servicio.

Se multará al contratista si no proporcionare el equipamiento de protección personal correspondiente, conforme a la legislación vigente.

Se multará al contratista si no da cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales vigentes, respecto de su personal.

No observar el contratista o sus dependientes las disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables.

Se multará al contratista si el personal presenta evidente estado de ebriedad o hálito alcohólico, precaria condición de salud

Se multará al contratista por utilizar maquinarias diferentes a los ofertados o no utilizar la maquinaria ofertada.

Se multará al contratista por informar como terminada una actividad sin estar ésta terminada en los plazos ofertados.

 

Se multará al contratista por no respetar las normas de seguridad que la DGAC le haya impuestos

 

 

Se multará a la empresa Contratista si su personal acepta el ingreso o invita a personas ajena al servicio, al puesto o lugar de trabajo y permanecer con en éstos.

 

Se multará al contratista no respeta los plazos ofertados entre que se envía la solicitud de los servicios, y su presentación para el comienzo de la prestación de los servicios.

 

 

CAUSALES MULTAS MENOS GRAVES

MULTA MENOS GRAVE:

Manipular y usar equipos de cualquier clase o naturaleza, respecto de los cuales no hayan sido autorizados o estén mencionados en el contrato respectivo o sean ajenos a la función, por parte del personal del contratista.

 

 

 

0,5 UTM POR CADA INCUMPLIMIENTO

Se multará a la empresa contratista, si su personal realizara, durante el desempeño de sus labores cualquier actividad ajena a aquella establecida en el contrato.

Portar o usar implementos de seguridad no autorizados por la DGAC.

La Unidad Tributaria Mensual (UTM) aplicable será la del mes en que se verificó la falta.

Las multas se aplicarán por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente; lo anterior, es sin perjuicio de la facultad de la DGAC de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.

XIV.2 Descuentos por Servicios No Prestados

Ausencia:

a)    Descuento por cada hora de ausencia o fracción de ella, de cada trabajador de acuerdo a lo establecido en las Bases Técnicas.

b)    Descuento por cada hora de ausencia o fracción de ella, del Supervisor definido en las Bases Técnicas.

Establecida la ausencia del operario de mantenimiento de jardines y áreas verdes y/o supervisor cuando corresponda, durante el horario contratado, se aplicará por cada hora de ausencia, considerando hasta 2 decimales, el descuento que resulte de la siguiente operación:

Precio mensual neto del servicio

=

Valor hora de descuento

Cantidad de hora mensual de servicio

Entendiéndose por:

Precio mensual neto del Servicio

Corresponde al precio mensual ofertado por el adjudicatario

Cantidad de horas mensuales del Servicio

Cantidad que variará según la cantidad de días que tenga el mes de lunes a domingo y festivos

Valor hora de descuento

Valor de la hora de servicio prestado por 02 operarios

Por lo tanto, para obtener el valor hora de cada operario, el valor hora de descuento debe ser dividido por el N° de operarios que prestan servicios.

Los descuentos por servicios no prestados se deducirán de la factura correspondiente para lo cual el contratista deberá adjuntar a ésta la nota de crédito.

Para el cálculo de las multas y descuentos, se utilizará el libro de registro de la DGAC que se encontrará disponible en las dependencias del Aeródromo Mocopulli para el control de asistencia.

XXIII.2 La aplicación de la multa se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento:

a)  La DGAC notificará al contratista sobre el incumplimiento contractual detectado mediante correo electrónico enviado a la dirección única registrada por el contratista en el Sistema de Información. En dicha notificación se especificará el detalle del incumplimiento, la posible multa o medida aplicable según lo indicado en el contrato, y se otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, para que el contratista pueda presentar sus descargos o alegaciones a los correos electrónicos alexandra.calfiman@dgac.gob.cl; mario.riverao@dgac.gob.cl y fanny.bovet@dgac.gob.cl

b)  Una vez realizados los descargos por parte del contratista o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos sin que este haya formulado descargo alguno, la DGAC se pronunciará sobre la aplicación de la multa y los descargos presentados, si los hubiere, mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista mediante correo electrónico. 

c)   En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley Nº 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas al efecto.

d)  Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, esta deberá enterarse, a elección del contratista, conforme a una de las siguientes modalidades:

·            Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (05) días hábiles administrativos contados desde la notificación que la cursa.

·            Aplicándolas la DGAC directamente sobre la garantía que se entregue para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro de un plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nueva garantía por el mismo periodo de vigencia y monto estipulados en las presentes bases administrativas, manteniéndose así íntegramente el documento originalmente pactado. 

Con posterioridad a la entrega de la caución, la DGAC procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento y acto seguido, hará entrega al contratista del remanente no destinado al pago de la multa.

XXIII.3 No se aplicará la multa cuando el incumplimiento en que este hubiere incurrido sea resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancia que el contratista deberá acreditar.

XXIII.4 El cobro de la multa contemplada en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dicha multa no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal.

5 .- Datos del Proveedor
Proveedor Fullservice Sur Ltda
Razón Social SERVICIOS INDUSTRIALES FULLSERVICE SUR LIMITADA.
R.U.T. 76.242.161-5
Estado de habilidad check_circle HÁBIL (Cumple con los requisitos para contratar con el estado)*
*Este es el estado de habilidad del proveedor apoderado de la UTP al momento del envío de la orden de compra.
Sucursal Fullservice Sur Ltda
Socios y accionistas principales Ver listado
6 .- Productos/Servicios
Código ONUProducto / ServicioCant.MedidaEsp. CompradorEsp. ProveedorPrecio Unit.Desc.CargosTotal Unit.Valor Total
70111706
Servicios de cuidado de céspedes1Globaltrabajos según planificación trabajos según planificación $ 1.504.914,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 1.504.914 $ 1.504.914
Total Neto $ 1.504.914
Descuento $ 0
Cargos $ 0
IVA  19  % $ 285.934
TOTAL OC $ 1.790.848


7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública

No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.