Orden de Compra. Nº624891-28-SE26 "ORDEN DE COMPRA DESDE 624891-3-LE26"
Recuerde que el responsable del pago es DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
 
1 .- Información de la Orden de Compra
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
4 .- Otras Especificaciones
5 .- Datos del Proveedor
6 .- Productos/Servicios
7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
 
1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra 624891-28-SE26
Estado de la Orden de Compra Recepción Conforme
Fecha de Envío 11-05-2026
Nombre de la Orden de Compra ORDEN DE COMPRA DESDE 624891-3-LE26
Anexos y Resoluciones Ver Anexos
Notas
Orden de Compra Proveniente de licitación pública
Proveniente de Licitación 624891-3-LE26
2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra AERODROMO MOCOPULLI
Razón Social DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
R.U.T. 61.104.000-8
Dirección de Unidad de Compra Aeródromo Mocopulli
3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto Anual
Disponibilidad Presupuestaria check Esta orden de compra cuenta con disponibilidad presupuestaria. Folio ingresado 3241 del sistema SIGFIN-Browse.
Usuario SIGFE
Plazo de Pago 30 días contra la recepción conforme de la factura
Moneda Peso Chileno
Razón Social DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL
R.U.T. 61.104.000-8
Dirección de Facturación Aeródromo Mocopulli
Comuna Dalcahue
Impuesto 2355042,02
Dirección de Envío de la Factura Aeródromo Mocopulli
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega
TítuloDescripción
del pagoDEL PAGO XXII.1 El pago, correspondiente al precio total del contrato, se efectuará mediante transferencia electrónica y conforme al siguiente detalle: XXII.1.2 La suma correspondiente al 100% del precio total de los trabajos, será pagada contra presentación por el contratista a DGAC, de los siguientes documentos: a) Factura Comercial electrónica por igual monto. 18 b) Certificado de Conformidad por la Recepción Definitiva de los trabajos. c) Certificado F30-1 XXII.2 El pago de las sumas antes mencionadas, se efectuará mediante transferencia bancaria al banco y cuenta corriente que indique el adjudicatario en los documentos requeridos para la contratación, y dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura electrónica y certificados de conformidad por cada evento del contrato XXII.3 El contratista, solo podrá emitir la factura electrónica una vez que se haya verificado su cumplimiento contractual, hecho que será confirmado mediante el Certificado de conformidad correspondiente, emitido por el Inspector Fiscal designado para tal efecto. XXII.4 La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a su recepción conforme, que se encuentra afecta a eventuales retenciones y/o descuentos y al impuesto del 2%, establecido en el artículo 37 de la Ley N° 16.752. XXII.5 La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC, correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl., previa validación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII). XXII.6 La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, de la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, en los siguientes casos: 1. Cuando se reclame en contra del contenido de la factura electrónica por no ajustarse a los requerimientos de las bases. 2. En el evento de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación de servicio. 3. El plazo del pago no coincida con lo dispuesto en las bases o lo ofertado según sea el caso. XXII.7 Será requisito indispensable para cursar los pagos, que el prestador del servicio acredite encontrarse al día en sus obligaciones laborales y sociales (mes anterior que se presentó la factura), respecto al personal que ha intervenido en la prestación del servicio contratado, al tenor de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, modificado por la Ley Nº 20.123, lo que deberá acreditarse mediante la presentación del “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” y la nómina de pago o por cualquier medio que la legislación y reglamentación laboral establecen al efecto.  
multasDE LAS MULTAS Y DESCUENTOS XXIII.1 De las multas Se contemplará el pago de multas por incumplimiento del contrato, cuya responsabilidad recaiga en el contratista, en conformidad a lo siguiente:. − Multa por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo de ejecución de los trabajos. Las multas antes referidas, serán equivalentes a un dos por ciento(2%) por del precio total de contrato, por cada día corrido de retraso. Con todo, la multa no podrá exceder del 10% 19 del precio total del contrato. En caso que las multas excedan el porcentaje señalado, la D.G.A.C. podrá poner término anticipado al contrato. XXIII.2 La aplicación de multas se hará efectiva conforme al siguiente procedimiento: 1 La D.G.A.C. notificará, mediante correo electrónico enviado a la dirección de contacto que el contratista haya indicado en su oferta, el incumplimiento en el cual se haya incurrido, para que dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, éste pueda presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la la oficina logística, ubicada en Aeródromo Mocopulli, ubicada en Ruta 5 Sur, Kilómetro 1167, Comuna de Dalcahue ), de lunes a jueves de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 17:00 horas y los días viernes de 08:30 a 12:00 horas y de 14:30 a 16:00 horas. Se hace presente que, en los descargos presentados el contratista no podrá alegar caso fortuito o fuerza mayor como atenuante o eximente de su incumplimiento, si los hechos en que los funda no hubiesen sido alegados en la oportunidad correspondiente, según lo establecido en el Capítulo XV. de las presentes bases. 2 Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de (05) días hábiles sin que éste haya formulado descargo alguno, la D.G.A.C. se pronunciará sobre la aplicación de la multa mediante resolución fundada, la que será notificada al contratista por carta certificada enviada al domicilio consignado en el contrato y debidamente publicada en el Portal. 3 En caso de que el contratista resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas. 4 Una vez ejecutoriada la resolución que dispuso la aplicación de la multa, ésta deberá enterarse, a elección del contratista, conforme a una de las siguientes modalidades: a. Pago directo del contratista, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (05) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa. b. Aplicándola la D.G.A.C. directamente sobre la facturación del servicio, generando un descuento en el pago. Previo a hacer efectiva la caución a objeto de deducir de su monto una parcialidad por concepto de multa, el contratista deberá proporcionar dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la notificación que cursa la multa, una nota de credito descontando el monto señalado en la multa. XXIII.3 No se aplicarán multas al contratista cuando los retrasos en que éste hubiere incurrido sean resultados directo de caso fortuito o fuerza mayor, definidos en el Capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas, circunstancia que el contratista deberá acreditar suficientemente. XXIII.4 El cobro de las multas contempladas en este capítulo, no impide ni limita a la Institución para ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, ni el ejercicio de otras acciones legales con indemnización de perjuicios. De igual forma, el pago de dichas multas no extingue la obligación del contratista del cumplimiento de su obligación principal. 
5 .- Datos del Proveedor
Proveedor MARSUR SPA
Razón Social SOCIEDAD DE INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN MARSUR SPA
R.U.T. 76.357.377-k
Estado de habilidad check_circle HÁBIL (Cumple con los requisitos para contratar con el estado)*
*Este es el estado de habilidad del proveedor adjudicado al momento del envío de la orden de compra.
Sucursal MARSUR SPA
Socios y accionistas principales Ver listado
6 .- Productos/Servicios
Código ONUProducto / ServicioCant.MedidaEsp. CompradorEsp. ProveedorPrecio Unit.Desc.CargosTotal Unit.Valor Total
30171505
Puertas de metal2Unidadsegun bases tecnicas adjuntasSERVICIO DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA $ 1.197.479,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 2.394.958 $ 2.394.958
72101601
Instalación o reparación de techos1Unidadsegun bases tecnicas adjuntasSERVICIO DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA $ 10.000.000,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 10.000.000 $ 10.000.000
Total Neto $ 12.394.958
Descuento $ 0
Cargos $ 0
IVA  19  % $ 2.355.042
TOTAL OC $ 14.750.000


7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública

No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.