Cada vez que el contratista no cumpla con los niveles de servicio definidos en el presente requerimiento, el INACH podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el contratista ante INACH.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en el presente requerimiento, sean constitutivos de multa, el INACH notificará por escrito esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, los cuales deberá remitirlas al correo electrónico inach@inach.cl, con copia a los siguientes correos electrónicos: cpolo@inach.cl, pcarcamo@inach.cl, personas@inach.cl.
Los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas, horario de la región de Magallanes y de la Antártica Chilena. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles, sin que el proveedor haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el Registro de Proveedores de Mercado Público, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación por escrito remitirlas al correo electrónico inach@inach.cl, con copia a los siguientes correos electrónicos: cpolo@inach.cl, pcarcamo@inach.cl, personas@inach.cl. El INACH resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.980, que sean aplicables.
Para los efectos de la aplicación de la multa, la causal será la siguiente y por los montos que se señalan:
SITUACIÓN MULTA Multa por incumplimiento en la prestación en servicio. 2 U.F. por día corrido de atraso, con un tope de 5 días contados desde la notificación de la ocurrencia de la falta o de la situación que da lugar a la multa. El valor de la multa se descontará de la factura del mes respectivo.
La multa se pagará en pesos chilenos de acuerdo al valor de la UF del día en que se incurre en la falta que amerita la multa.
El contratista podrá pagar las multas directamente en la oficina de Tesorería de INACH, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado de del pago que corresponda.
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