El pago será contra la recepción conforme
del Jefe Departamento Administración y Presupuesto de los productos y servicios
contratados.
Para iniciar el procedimiento de pago, el
proveedor deberá entregar e instalar las calderas, según especificaciones y
requisitos solicitados, tanto en el Edificio de la Dirección Nacional, ubicado
en Plaza Benjamín Muñoz Gamero N° 1055 y Edificio de Laboratorios Jorge Berguño
Barnes ubicado en Lautaro Navarro N°1245, ambos en la ciudad de Punta Arenas.
También se exigirá que se entregue la certificación SEC (código QR) y las
garantías propias de los productos.
El Jefe Departamento Administración y
Presupuesto dispondrá de 5 días
corridos para la aprobación o rechazo de las calderas y servicios entregados,
mediante el levantamiento de un Acta de Recepción.
En
caso de que la recepción sea rechazada total o parcialmente, se informará
mediante correo electrónico al proveedor, quién dispondrá de 5 días corridos
para solucionar las observaciones efectuadas.
El pago sólo podrá hacerse efectivo una
vez cumplidos los siguientes requisitos copulativos:
¨ Acta de Recepción indicando la aprobación
de las calderas recibidas y su instalación por parte del Jefe Departamento Administración
y Presupuesto.
¨ Aceptación electrónica de la Orden de
Compra y
¨ Emisión del documento tributario
electrónico (DTE) de cobro, por parte del proveedor.
Una vez que se
cuente con la recepción conforme de las calderas y su instalación , el
proveedor deberá ingresar la factura/DTE a nombre del Instituto Antártico
Chileno, RUT Nº 60.605.000-3, giro Fiscal, en el nuevo sistema DTE DIPRES, por
lo que el único correo de recepción de documentos tributarios electrónicos es inachrecepcion@custodium.com.
El INACH podrá objetar o reclamar
respecto del contenido de la factura/DTE dentro de los 8 días corridos después
de su recepción, entendiéndose que después de ese plazo la factura/DTE se
encuentra irrevocablemente aceptada.
El INACH
procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días
corridos, en pesos chilenos, una vez recibidos
los documentos previamente indicados. El pago se realizará únicamente mediante transferencia electrónica de fondos
conforme lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Presupuesto del Sector
Público correspondiente al año 2020, por lo que el Instituto Antártico Chileno
requerirá del proveedor que resulte adjudicado, la información indicada en el Anexo N°5 de las presentes Bases.
Se deja expresa constancia que no
existirán anticipos e indemnizaciones de ningún tipo, cualquiera sea la(s)
circunstancia(s) o imprevisto(s) que se presente(n) durante el desarrollo de
los servicios y durante el período de vigencia del contrato.
9.3.- OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan
de la propia naturaleza de la contratación, el proveedor deberá cumplir con las
siguientes:
·
Ejecutar
la contratación de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su
debido cumplimiento;
·
Cumplir
con lo exigido en la contratación con estricta sujeción a lo establecido en las
Bases y demás documentos que rigen la licitación;
·
Abstenerse
de realizar o intentar cambiar las características de los productos, sin
autorización previa por escrito del Jefe Departamento Administración y
Presupuesto;
·
Dar
fiel y oportuno cumplimiento a las instrucciones del Jefe Departamento
Administración y Presupuesto. |