Orden de Compra. Nº697-445-SE20 "Suministro e Instalación 2 Calderas:697-20-LE20"
Recuerde que el responsable del pago es Instituto Antártico Chileno
 
1 .- Información de la Orden de Compra
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
4 .- Otras Especificaciones
5 .- Datos del Proveedor
6 .- Productos/Servicios
7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
 
1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra 697-445-SE20
Estado de la Orden de Compra Recepción Conforme
Fecha de Envío 23-11-2020
Nombre de la Orden de Compra Suministro e Instalación 2 Calderas:697-20-LE20
Anexos y Resoluciones Ver Anexos
Notas
Orden de Compra Proveniente de licitación pública
Proveniente de Licitación 697-20-LE20
2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra INSTITUTO ANTARTICO CHILENO
Razón Social Instituto Antártico Chileno
R.U.T. 60.605.000-3
Dirección de Unidad de Compra Plaza Muñoz Gamero 1055
3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto Anual
Disponibilidad Presupuestaria check Esta orden de compra cuenta con disponibilidad presupuestaria. Folio ingresado 985 proporcionado por SIGFE.
Usuario SIGFE
Plazo de Pago 30 días contra la recepción conforme de la factura
Moneda Peso Chileno
Razón Social Instituto Antártico Chileno
R.U.T. 60.605.000-3
Dirección de Facturación Plaza Muñoz Gamero 1055
Comuna Punta Arenas
Impuesto 798000
Dirección de Envío de la Factura Plaza Muñoz Gamero 1055
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega
TítuloDescripción
MULTAS

Cada vez que el proveedor no cumpla con los niveles de servicio definidos en las presentes Bases el INACH podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el proveedor ante INACH.

 

Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas Bases, sean constitutivos de multa, el INACH notificará por escrito esta circunstancia al proveedor, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito, los cuales deberá remitir a los siguientes correos mpereira@inach.cl,  rgomez@inach.cl, e inach@inach.cl.

 

Los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.

 

Una vez realizados los descargos por parte del proveedor, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles, sin que el proveedor haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que ello sea procedente.

 

La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el Registro Chileproveedores, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.

 

El proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación. El INACH resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada.

 

Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.

 

Para los efectos de la aplicación de la multa, las causales son las siguientes:

 

SITUACIÓN

MULTA

Atraso en el plazo de entrega ofertado

5 U.F. por día corrido de atraso con un máximo de 6 días.

Posterior a ello INACH podrá resolver la contratación de manera unilateral y administrativamente, en forma anticipada conforme a lo dispuesto en el numeral 9.4. de estas Bases.

Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos en la oferta (considerando características técnicas)

10 U.F. por incumplimiento, con un máximo de 3 incumplimientos.

Posterior a ello INACH podrá resolver la contratación unilateral y administrativamente, en forma anticipada conforme a lo dispuesto en el numeral 9.4. de estas Bases.

 

El valor de la Unidad de Fomento (UF) a utilizar será el del día en que se incurre en la falta que amerita la multa.

 

El proveedor podrá pagar las multas directamente en la oficina de Tesorería de INACH, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado de la factura a pagar.

   

La acumulación de multas por un monto superior al 2% del valor total del contrato, facultará al INACH poner término anticipado a la contratación.

FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

Considerando que los productos y servicios a adquirir son de simple y objetiva especificación, la contratación que deba tener lugar entre el INACH y el oferente adjudicado se formalizará a través de la emisión y posterior aceptación de la correspondiente orden de compra por parte del proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl. Si pasadas 48 horas desde su envío, el oferente adjudicado NO ha aceptado la orden de compra, el INACH, de conformidad con el artículo 63 del Reglamento de la ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, solicitará el rechazo de la orden de compra entendiéndose definitivamente rechazada, luego de 24 horas desde el requerimiento, pudiendo el INACH readjudicar de conformidad con el artículo 41 del citado Reglamento.

FORMA DE PAGO.

El pago será contra la recepción conforme del Jefe Departamento Administración y Presupuesto de los productos y servicios contratados.

 

Para iniciar el procedimiento de pago, el proveedor deberá entregar e instalar las calderas, según especificaciones y requisitos solicitados, tanto en el Edificio de la Dirección Nacional, ubicado en Plaza Benjamín Muñoz Gamero N° 1055 y Edificio de Laboratorios Jorge Berguño Barnes ubicado en Lautaro Navarro N°1245, ambos en la ciudad de Punta Arenas.

 

También se exigirá que se entregue la certificación SEC (código QR) y las garantías propias de los productos.

 

El Jefe Departamento Administración y Presupuesto dispondrá de 5 días corridos para la aprobación o rechazo de las calderas y servicios entregados, mediante el levantamiento de un Acta de Recepción.

 

En caso de que la recepción sea rechazada total o parcialmente, se informará mediante correo electrónico al proveedor, quién dispondrá de 5 días corridos para solucionar las observaciones efectuadas.

 

El pago sólo podrá hacerse efectivo una vez cumplidos los siguientes requisitos copulativos:

 

¨     Acta de Recepción indicando la aprobación de las calderas recibidas y su instalación por parte del Jefe Departamento Administración y Presupuesto.

¨     Aceptación electrónica de la Orden de Compra y

¨     Emisión del documento tributario electrónico (DTE) de cobro, por parte del proveedor.

 

Una vez que se cuente con la recepción conforme de las calderas y su instalación , el proveedor deberá ingresar la factura/DTE a nombre del Instituto Antártico Chileno, RUT Nº 60.605.000-3, giro Fiscal, en el nuevo sistema DTE DIPRES, por lo que el único correo de recepción de documentos tributarios electrónicos es inachrecepcion@custodium.com.

 

El INACH podrá objetar o reclamar respecto del contenido de la factura/DTE dentro de los 8 días corridos después de su recepción, entendiéndose que después de ese plazo la factura/DTE se encuentra irrevocablemente aceptada.

 

El INACH procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos, en pesos chilenos, una vez recibidos los documentos previamente indicados. El pago se realizará únicamente mediante transferencia electrónica de fondos conforme lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2020, por lo que el Instituto Antártico Chileno requerirá del proveedor que resulte adjudicado, la información indicada en el Anexo N°5 de las presentes Bases.

 

Se deja expresa constancia que no existirán anticipos e indemnizaciones de ningún tipo, cualquiera sea la(s) circunstancia(s) o imprevisto(s) que se presente(n) durante el desarrollo de los servicios y durante el período de vigencia del contrato.

 

9.3.- OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.

 

Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el proveedor deberá cumplir con las siguientes:

 

·         Ejecutar la contratación de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento;

·         Cumplir con lo exigido en la contratación con estricta sujeción a lo establecido en las Bases y demás documentos que rigen la licitación;

·         Abstenerse de realizar o intentar cambiar las características de los productos, sin autorización previa por escrito del Jefe Departamento Administración y Presupuesto;

·         Dar fiel y oportuno cumplimiento a las instrucciones del Jefe Departamento Administración y Presupuesto.

5 .- Datos del Proveedor
Proveedor SOLTEC PATAGONIA LTDA
Razón Social SOLUCIONES TECNICAS PATAGONIA LIMITADA
R.U.T. 76.278.842-k
Sucursal SOLTEC PATAGONIA LTDA
Socios y accionistas principales Ver listado
6 .- Productos/Servicios
Código ONUProducto / ServicioCant.MedidaEsp. CompradorEsp. ProveedorPrecio Unit.Desc.CargosTotal Unit.Valor Total
40102004
Calderas de gas natural2UnidadLas especificaciones de las 02 calderas y su instalación, debe comprender el siguiente detalle: 1. 02 Calderas Marca Sime o equivalente, de una potencia de 52.000 KCAL/HR., como mínimo. (calderas de pie nuevas, a gas natural, de fierro fundido con quemador atmosférico, encendido electrónico). 2. Instalación debe incluir: mantención del sistema, mano de obra, materiales, equipos y todas las conexiones que requiere esta instalación, la puesta en marcha de las calderas y revisión completa del sistema, el retiro de las calderas existentes y todo el material excedente de la obra. Suministro e instalación de dos calderas de una potencia de 52.000 KCALHR., como mínimo, una destinada al Edificio de la Dirección Nacional, y la segunda para ser instalada en el Edificio de Laboratorios Jorge Berguño Barnes. $ 2.100.000,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 4.200.000 $ 4.200.000
Total Neto $ 4.200.000
Descuento $ 0
Cargos $ 0
IVA  19  % $ 798.000
TOTAL OC $ 4.998.000


7 .- Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública

No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.