Si el proveedor no cumple con el plazo de entrega estipulado en los requerimientos, el INACH podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el contratista ante INACH.
Cuando se verifiquen el atraso que, de acuerdo a lo establecido en estos requerimientos, sea constitutivo de multa, el INACH notificará por escrito esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa el atraso que se imputa. El contratista dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, los cuales deberá remitirlas al correo electrónico josorio@inach.cl, con copia a los siguientes correos electrónicos: josorio@inach.cl, nneracher@inach.cl, e inach@inach.cl.
Los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente, según horario de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles, sin que el contratista haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratista por carta certificada dirigida al domicilio señalado en el Registro de Proveedores de Mercado Público, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación. El INACH resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada.
Para los efectos de la aplicación de la multa, la causal es la siguiente:
SITUACIÓN MULTA Atraso en el plazo de entrega ofertado 1 U.F. por día corrido de atraso con un máximo de 10 días. Posterior a ello INACH podrá poner término a la contratación de manera unilateral y administrativamente.
El valor de la Unidad de Fomento (UF) a utilizar será del día en que se incurre en la falta que amerita la multa.
El contratista podrá pagar la multa directamente en la oficina de Tesorería de INACH, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será descontado de la factura pendiente de pago.
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