7.1 FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
La contratación que deba tener lugar entre el INACH y el contratista se formalizará mediante la suscripción de un contrato, firmado por ambas partes en señal de aceptación y aprobado a través del correspondiente acto administrativo.
7.2 REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN.
El contratista deberá justificar la personería de quien comparecerá en su representación, lo que se acreditará a través de la información que conste en ChileProveedores, de los documentos que solicite el INACH y de la presentación del formulario para la contratación consistente en el Anexo N° 7 de la presente Resolución.
7.3 DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA CONTRATACIÓN.
Dentro de los 10 días corridos siguientes, contados a partir de la notificación de la resolución exenta que aprueba el Requerimiento, Autoriza la procedencia del Trato Directo y contratación, el contratista deberá acompañar la documentación que se detalla más adelante, con excepción de los antecedentes vigentes que se encuentren digitalizados en www.chileproveedores.cl (respetando la antigüedad no superior de 60 días corridos respecto de la fecha de entrega).
El archivo ingresado no deberá tener un peso mayor a 15 megabytes y deberá ser ingresado desde una casilla válida a los correos electrónicos inach@inach.cl, ctoledo@inach.cl, wrubio@inach.cl. Se sugiere, en el asunto del correo electrónico, indicar el número de registro del documento y la entidad emisora.
Todos los correos electrónicos y/o archivos que se reciban serán ingresados durante el horario de funcionamiento regular de la Oficina de Partes, esto es, de lunes a jueves de las 8:00 a 17:00 horas y viernes de 8:00 a 16:00 horas. Cualquier documento ingresado fuera del horario indicado será tramitado con fecha del día hábil siguiente.
En caso que se formularen reparos a alguno de los documentos entregados, dentro del plazo indicado, el INACH otorgará por escrito un plazo adicional de 5 días hábiles para completar la documentación y/o subsanar las observaciones, vía carta certificada, o correo electrónico.
Si transcurridos estos plazos, el contratista no hiciere entrega de la documentación solicitada o no subsanare los reparos realizados, el INACH dejará sin efecto la contratación.
Todos los antecedentes requeridos deberán tener una antigüedad de no más de 60 días respecto de la fecha de entrega de los mismos y se presentarán en original.
Debido a su condición legal, el contratista deberá presentar la documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato respectivo:
Documentos para persona jurídica:
a) Documento en donde conste la existencia de la persona jurídica, extendida por el órgano competente, con no más de 60 días de anterioridad a la fecha de su presentación; a menos que se encuentren digitalizados en Registro de proveedores de Mercado Público.
b) Datos del representante legal (fotocopia de la cédula de identidad, nacionalidad, profesión y domicilio), a menos que se encuentren digitalizados en Registro de proveedores de Mercado Público.
c) Documento en donde consten los poderes vigentes del representante legal de la entidad, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente licitación, con no más de 60 días de anterioridad a la fecha de su presentación; a menos que se encuentren digitalizados en Registro de proveedores de Mercado Público.
d) Declaración jurada en la que el representante legal de la entidad indique si ésta registra o no, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, según el formato contenido en el Anexo Nº 2-B.
e) Declaración jurada en la que el representante legal identifique los socios y accionistas principales de la entidad, según el formato contenido en el Anexo Nº 3-A.
f) Declaración jurada en la que el representante legal de la entidad indique si ésta, al momento de la presentación de la oferta, se encuentra inhabilitada o no para celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica, según formato contenido en el Anexo N° 3-B.
g) Anexo N° 4, Formulario para la contratación – Declaración Jurada Simple.
h) Declaración jurada en la que el representante legal de la entidad indique si ésta ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a partir de lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973, según el formato contenido en el Anexo Nº 5.
i) Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1)
j) Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).
k) Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
7.4 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
7.4.1 Presentación de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
a) Presentación de las garantías y sus características Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del presente contrato, el contratista deberá acompañar una garantía que cumpla con las siguientes características:
• Pagadera a la vista. • Irrevocable. • Podrá ser otorgada mediante cualquier instrumento (que cumpla con todas las características descritas en el presente numeral). • Tomada por el contratista o por un tercero a su nombre. • Podrá constituirse por uno o varios instrumentos. • Podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. • Extendido a la orden del Instituto Antártico Chileno, RUT 60.605.000-3. • Que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. • Por un monto igual al 5% del monto del contrato • Con una vigencia de al menos 90 (noventa) días corridos después de terminada la vigencia del contrato. • Debe individualizar al contratista. • Debe contener la siguiente glosa “Arriendo del Buque Betanzos”, si el documento de garantía lo permitiera.
Si el documento de garantía es otorgado físicamente, deberá presentarse únicamente en la Oficina de Partes del INACH, ubicada en calle Plaza Muñoz Gamero N°1055, comuna de Punta Arenas.
Si el contratista no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, el INACH dejará sin efecto la contratación.
b) Cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento:
Sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan, el INACH hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en los siguientes casos:
• No pago de multas dentro del plazo de diez días hábiles desde la notificación respectiva. • Término anticipado del contrato cuando la causal invocada sea imputable al contratista.
En caso que el INACH haga efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato por aplicación de multas, el contratista tendrá la obligación de sustituirla dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera. Dicha garantía deberá tener igual valor y características que las indicadas en el presente numeral. El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista, facultará al INACH a poner término anticipado al contrato.
c) Custodia y devolución de la garantía de fiel y oportuno del contrato.
El INACH, a través de la Sección Finanzas, mantendrá en custodia la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato desde su entrega por el contratista hasta su devolución.
El INACH procederá a su devolución directamente al contratista o a su representante legal, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento quien deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. Lo anterior, una vez que se hayan recibido conforme las prestaciones asociadas al servicio contratado y luego que se haya extinguido la vigencia del documento de garantía.
7.5 PLAZO PARA FIRMAR EL CONTRATO.
El contratista deberá suscribir el contrato dentro del plazo máximo de 30 días corridos contados desde la fecha de Total Tramitación de la Resolución Exenta del INACH, que autoriza el Requerimiento, la procedencia del Trato Directo y la Contratación que indica, por la causal contemplada en el Artículo 8, letra d) de la Ley Nº 19.886 y Artículo 10, N° 4, del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, al contratista “SOC. NAVIERA DAP MARES LTDA., RUT 76.238.720-4, por el arriendo del Buque Betanzos, la cual será informada al contratista vía correo electrónico por parte de la Unidad Supervisora del Contrato.
En caso de ser necesario el plazo podrá ampliarse de común acuerdo entre las partes. A partir de esta suscripción el proveedor pasará a denominarse contratista.
Si el contratista no suscribe el contrato dentro del plazo antes indicado, el INACH, podrá dejar sin efecto la contratación.
7.6 CLÁUSULAS DEL CONTRATO.
7.6.1 Vigencia del contrato.
La vigencia será desde la fecha de total tramitación de la resolución que aprueba el contrato. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio se podrá comenzar a prestar los servicios correspondientes, sin esperar la suscripción del contrato, de lo que deberá dejarse constancia en el contrato.
Sin embargo, se dejará establecido que cualquier pago queda supeditado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
7.6.2 Duración del contrato
La duración del contrato será de 04 meses contados desde la fecha en que se comiencen a prestar los servicios de lo se dejará constancia en el contrato.
7.6.3 Socios o accionistas principales.
Se dejará constancia en una cláusula del contrato acerca del nombre completo o razón social y el Rol Único Tributario de los socios o accionistas principales de la entidad, según declaración que hubiere realizado el representante legal de la entidad en el formato contenido en el Anexo Nº 3-A.
|