Cada vez que el proveedor no cumpla con los niveles
de servicio definidos en los presentes términos de referencia, el INACH podrá
aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza
mayor o caso fortuito, los que deberán ser debidamente justificados por el
adjudicatario ante INACH.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo
establecido en estos términos de referencia, sean constitutivos de multa, el
INACH notificará por escrito esta circunstancia al proveedor, indicando en
forma precisa los hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de
cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes,
adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito, en
Plaza Benjamín Muñoz Gamero 1055, Punta Arenas.
Una vez realizados los descargos por parte del proveedor,
o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles, sin que
el proveedor haya formulado descargos, el INACH aplicará la multa, en caso que
ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que
será notificada al proveedor mediante carta certificada dirigida al domicilio
señalado en el Registro Chileproveedores, la que se entenderá practicada a
contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos
correspondiente.
El proveedor podrá interponer recurso de reposición
en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco
días hábiles, contados desde la fecha de su notificación. El INACH resolverá la
reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por
el proveedor, o bien, lo rechazará confirmando la multa aplicada.
Las multas se podrán aplicar por cada vez que se
verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.
Para los efectos de la
aplicación de la multa, la causal es la siguiente:
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SITUACIÓN
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MULTA
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Multa por
incumplimiento del plazo de entrega ofertado.
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2% del valor total contratado por día de atraso
corrido con un máximo de 10 días corridos.
Posterior a ello INACH podrá poner término al
contrato
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El proveedor podrá pagar las multas directamente en
la Oficina de Tesorería de INACH, debiendo otorgársele recibo para tal efecto.
En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren
con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ellas, será
descontado de factura más próxima a pagar.
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