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1 .- Información de la Orden de Compra
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Número de la Orden de Compra |
765-285-SE24 |
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Estado de la Orden de Compra |
Recepción Conforme |
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Fecha de Envío |
11-07-2024 |
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Nombre de la Orden de Compra |
ORDEN DE COMPRA DESDE 765-12-LP24 |
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Anexos y Resoluciones |
Ver Anexos |
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Notas |
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Orden de Compra Proveniente de licitación pública
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Proveniente de Licitación
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765-12-LP24 |
2 .- Datos del Comprador
3 .- Datos de Pago y Facturación
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Tipo Presupuesto |
Anual |
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Usuario SIGFE |
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Plazo de Pago |
30 días contra la recepción conforme de la factura |
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Moneda |
Peso Chileno |
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Razón Social |
CORP NACIONAL DE DESARROLLO INDIGENA
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R.U.T. |
72.396.000-2 |
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Dirección de Facturación |
Vicuña Mackenna N° 399 |
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Comuna |
Temuco
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Impuesto |
0 |
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Dirección de Envío de la Factura |
Vicuña Mackenna N° 399 |
4 .- Otras Especificaciones
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Fecha de Entrega |
31-12-2024 |
| Cláusula de Readjudicación | 1.Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta.
2. No entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía
de fiel cumplimiento, 3. No firma el contrato o no se inscribe en
Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases.
4. No cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las
presentes bases, o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la
Ley 19.886 y su Reglamento, CONADI podrá dejar sin efecto la adjudicación y
seleccionar al oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación le
siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses
del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante
la correspondiente Resolución.
En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus
integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso
6°, de la Ley 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5
días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado,
con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles.
En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de
desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor
evaluado, a menos que, de acuerdo con los intereses del servicio, se estime
conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente
Resolución.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar
funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el
mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de
los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la
oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada
al siguiente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del
servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la
correspondiente Resolución. |
| INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO | Se
entenderán como causales de incumplimiento grave de las obligaciones del
ejecutor o consultor, entre otras:
1.- Si el
Consultor (a) no destina el número de personas profesionales y de apoyo
indicado en la Oferta Técnica para que trabajen durante la ejecución del mismo
o los recursos suficientes para el normal desarrollo de éste, o se atrase en
las entregas programadas de informes y productos.
2.- Si la
calidad del trabajo ejecutado no satisface las exigencias mínimas para los
objetivos tenidos en consideración al pactar el Contrato. Se entenderá por
calidad mínima, la relación del contenido de las actividades, los informes y productos
con lo establecido en la Oferta Técnica.
3.- Si el
Consultor(a) no inicia los trabajos oportunamente, según lo establecido en
estas bases (a más tardar el día quinto contado desde la Resolución que aprueba
contrato). También, habrá incumplimiento en caso que se paralice, sin causa
justificada, la ejecución del proyecto o se evidencie un atraso en cada estado
de pago superior al 20%.
4.- Si el
Ejecutor/a retarda, incumple parcial o totalmente su obligación de entregar a
CONADI los productos exigidos en esta Licitación pública y si no se observan
los requerimientos técnicos o el cumplimiento es imperfecto u observado el
informe de avance y/o final, son observados por más de tres veces, sin que se
subsanen las observaciones y/o reparos.
5.- Otras
que se establezcan en las bases.
El
incumplimiento será calificado por el Director Nacional, previo Informe de la
Unidad de Técnica, a sugerencia de la contraparte técnica del contrato. |
| DEL PAGO | Los servicios contratados tienen un valor total de $70.000.000 (setenta millones de pesos), impuestos incluidos. Para el pago
de cada cuota, se requerirá que previamente la contraparte técnica de la CONADI
emita el Informe Técnico, apruebe el Informe de Avance y el cumplimiento de
todos los requisitos legales para proceder al pago, y una vez aprobado el pago
mediante resolución, el ejecutor deberá emitir la respectiva factura la que
deberá ser aceptada por la contraparte técnica de la CONADI cuando corresponda,
y el pago se concretará en un plazo máximo de 30 días corridos siguientes a la
recepción conforme de la factura o del respectivo instrumento tributario de
cobro.
La factura debe ser
emitidas a:
Razón Social: Corporación Nacional de Desarrollo
Indígena
Rut:
72.396.000-2
Giro
Comercial: Servicio Público
Dirección:
Vicuña Mackenna N° 399, ciudad y comuna de Temuco.
Las
facturas deben emitirse al crédito a 30 días plazo.
PARA
AUTORIZAR CADA PAGO EN LAS LICITACIONES DE COMPRAS DE SERVICIOS y en todas
aquellas en que sea procedente, será obligatorio que el proveedor en cada pago
mensual presente, junto con la entrega de la factura o documento tributario
posterior a la recepción conforme de los servicios desde la CONADI, adjunte el
Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales emitido
por la Inspección del Trabajo en que conste que ha cumplido con todas las
exigencias legales laborales y previsionales con el personal que ha prestado
servicios en el mes anterior al que está facturando (Ley de subcontratación) y
un listado con todos los trabajadores que trabajaron el mes respectivo. En el
caso de los prestadores de servicios a honorarios, una Declaración Jurada ante
Notario del miembro del equipo que señale haber recibido el pago de sus
honorarios y el formulario N°29, según corresponda.
La
no presentación de los documentos señalados, autoriza al Servicio para retener
de los estados de pagos las cantidades adeudadas o el valor que estime
necesario para cubrir dichas deudas, o hacer efectiva la garantía.
El
proveedor debe informar los datos necesarios para realizar la transferencia
bancaria a la contraparte técnica del contrato y a su jefatura a través de
correo electrónico, estos deben corresponder a la persona a quien se emitió la
Orden de Compra.
Déjese
expresamente establecido que el Servicio no dará curso al pago de ninguna
factura o documento tributario, si no se ha recibido la GARANTÍA POR BUEN
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OBLIGACIONES LABORALES y si hubiere multa pendiente
de pago. Tampoco si no existe recepción conforme.
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| Clausula PRODUCTOS ESPERADOS | ·
Elaborar un plan
de trabajo en el cual se encuentre planificada el desarrollo de la presente
licitación, según lo detallado en el punto 5.2 de las bases técnicas. ·
Levantamiento
audiovisual pueblo Mapuche, según lo detallado en el punto 5.2 de las bases
técnicas. ·
Levantamiento
audiovisual pueblo Aimara, según lo detallado en el punto 5.2 de las bases
técnicas.
·
Producción Serie
Audiovisual “Huellas y Memorias temporadas 01 y 02 con su respectivo Hito de
lanzamiento, según lo detallado en el punto 5.2 de las bases técnicas.
·
Disponer del
recinto para el lanzamiento de la Serie Documental.
Toda solicitud de
cambio o modificación en los productos requeridos se deberá presentar fundadamente
por escrito a CONADI por el proveedor, con un máximo de 15 días corridos desde
el hecho que la motiva. La CONADI resolverá la solicitud de cambio o
modificación de producto teniendo a la vista un informe emitido por la Unidad
de Cultura y Educación que se pronuncie sobre la conveniencia o no de la
modificación solicitada, la cual, en caso de estimarse procedente, siempre debe
ser fundada en razones de caso fortuito o fuerza mayor. Solo se podrá modificar
o cambiar un producto en circunstancias en que no se ponga en peligro el
objetivo de la licitación, ni se altere el resultado de la evaluación realizada
a la propuesta adjudicada. Todo siempre y cuando no se vulneren los principios
de igualdad de los oferentes y libre concurrencia.
Finalmente, es
importante recordar que todas las actividades son requerimientos de CONADI, por
tanto, todo el material difundido en los medios de difusión y convocatoria a
CONADI (invitaciones u otros) deberán ser revisados y aprobados por CONADI previamente.
Así también, cualquier
material de difusión deberá contar con todas las normas gráficas por lo cual
debe ser revisado y aprobado por la Unidad de Comunicaciones de CONADI |
| Informes y plazos | Se deberá
elaborar y entregar informes técnicos cualitativos que den cuenta del grado
cumplimiento de los productos, esto es:
Informe N° 1 (Avance): Debe dar cuenta del cumplimiento del 15% de los
productos requeridos a los 15 días de iniciado el contrato, para ello, deberá
adjuntar los medios de verificación de las actividades realizadas en este
periodo.
Informe N° 2 (Avance): Debe dar cuenta del cumplimiento del 50% de los
productos requeridos al segundo mes de ejecución, para ello, deberá adjuntar
los medios de verificación de las actividades realizadas en este periodo.
Informe N° 3 (Avance): Debe dar cuenta del cumplimiento del 85% de los
productos requeridos al cuarto mes de ejecución, para ello, deberá adjuntar los
medios de verificación de las actividades realizadas en este periodo.
Informe N° 4 y final: Debe dar cuenta del cumplimiento del 100% de los
productos exigidos en la presente Licitación Pública ID 765-12-LP24 al
sexto mes de ejecución, este deberá dar cuenta de cómo fueron materializadas
las actividades comprometidas, la metodología empleada, la participación del
grupo objetivo involucrado, los recursos técnicos usados para el cumplimiento
de los objetivos y que permitieron llegar al producto final, dicho informe
deberá ser aprobado por la Unidad de Cultura y Educación de CONADI, además
deberá ser entregado en formato digital, todo en original.
La entidad
adjudicataria deberá mantener toda la documentación señalada en las Bases de Licitación,
para las eventuales revisiones que efectúe Contraloría General de la República.
Los informes
deberán ser dirigidos al Director Nacional e ingresado a través de la oficina
de partes de la Dirección Nacional de CONADI.
Toda solicitud de cambio o modificación
en los productos requeridos se deberá presentar fundadamente por escrito a
CONADI por el proveedor, con un máximo de 15 días corridos desde el hecho que
la motiva. La CONADI resolverá la solicitud de cambio o modificación de
producto teniendo a la vista un informe emitido por la Unidad de Cultura y
Educación que se pronuncie sobre la conveniencia o no de la modificación
solicitada, la cual, en caso de estimarse procedente, siempre debe ser fundada
en razones de caso fortuito o fuerza mayor. Solo se podrá modificar o cambiar
un producto en circunstancias en que no se ponga en peligro el objetivo de la
licitación, ni se altere el resultado de la evaluación realizada a la propuesta
adjudicada. Todo siempre y cuando no se vulneren los principios de igualdad de
los oferentes y libre concurrencia.
Finalmente, es importante recordar, que todas las
actividades son requerimientos de CONADI, por tanto, el Oferente deberá
atribuir en todos los medios de difusión y de convocatoria a CONADI
(invitaciones u otros). Material que
deberá ser revisado |
| Pacto de Integridad | Se entiende
que forman parte del presente contrato las respectivas bases de licitación y la
propuesta presentada por el ejecutor ya individualizado. Por consiguiente, la
relación contractual entre las partes se regirá íntegramente por este
instrumento y los referidos documentos especialmente en aquellas materias no
abordadas específicamente en el texto de este contrato. El oferente se obliga a
ejecutar el proyecto hasta su total terminación con estricta sujeción a los
referidos instrumentos y a lo estipulado en el presente contrato, que declara
conocer y aceptar en todas sus partes. |
| DERECHOS DE PATENTE Y PROPIEDAD INTELECTUAL LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD AL SERVICIO | La información, documentos e informes que se generen como resultado de
los servicios y/o productos objeto del contrato, serán de exclusiva propiedad
de la CONADI, no pudiendo hacer uso de ellos el adjudicatario y/o los
encargados del proyecto, consultores, profesionales o personal ligado al mismo
sin autorización previa por escrito del Representante Autorizado de la CONADI.
El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la CONADI en caso de
acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad
intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como
consecuencia de la utilización de los productos adquiridos como resultado de
esta licitación. |
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Proveedor |
Ilumina Media |
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Razón Social |
PRODUCCION AUDIOVISUAL ILUMINA MEDIA LIMITADA
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R.U.T. |
76.886.327-K |
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Estado de habilidad
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HÁBIL (Cumple con los requisitos para contratar con el estado)*
*Este es el estado de habilidad del proveedor adjudicado al momento del envío de la orden de compra.
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Sucursal |
Ilumina Media |
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Socios y accionistas principales
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Ver listado
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